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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2002 (20/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 60

Pág. 219610 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 20 de marzo de 2002 Que, estando a lo expuesto en los párrafos ut supra, la Oficina de Asesoría Legal opina que la exoneración del proceso de selección por causal de situación de urgencia planteada por la Oficina de Administración de conformidad al inciso c) del Artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 012-2001-PCM, es pro- cedente; Que, teniendo en cuenta los plazos establecidos de una segunda convocatoria, según lo dispone el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 012- 2001 y D.S. Nº 013-2001, se prevé la adquisición directa para el plazo de seis semanas por los siguientes montos referenciales: Leche Entera en polvo S/.32,500.00 Hojuela de Cebada con Quinua S/.28,500.00 Leche de Soya S/.2,700.00 En uso de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853 y demás Normas perti- nentes, luego del debate correspondiente, con Dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación de Acta, adoptó por Unanimidad el siguiente: ACUERDO Artículo Primero.- Declarar en situación de Urgencia la adquisición de insumos para atender a los beneficiarios del Programa Distrital del Vaso de Leche para la cobertura hasta el otorgamiento de la buena pro del referido servicio, previsto en seis semanas del 11 de marzo al 18 de abril. Artículo Segundo.- Encargar al Jefe de la Unidad de Logística y Servicios Auxiliares disponer las acciones co- rrespondientes para la adquisición directa de insumos del Programa Distrital del Vaso de Leche durante el tiempo pre- visto de seis semanas, teniendo en cuenta los precios re- ferenciales siguientes: Leche Entera en polvo S/.32,500.00 Hojuela de Cebada con Quinua S/.28,500.00 Leche de Soya S/.2,700.00 Artículo Tercero.- Remitir el presente Acuerdo de Con- cejo a la Contraloría General de la República. Artículo Cuarto.- Publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARÍA DELIA VERGARA PÉREZ Alcaldesa 5234 MUNICIPALIDAD DE LINCE Disponen exoneración de diversos pa- gos a contrayentes de Matrimonio Comunitario ORDENANZA Nº 051-MDL Lince, 14 de febrero de 2002 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de la fecha contando con el dicta- men favorable de Comisión de Economía y Administración; con dispensa del trámite de aprobación del Acta, y POR UNANIMIDAD aprobó la siguiente: ORDENANZA RELATIVA A LA EXONERACIÓN DE PAGOS A LOS CONTRAYENTES DEL MATRIMONIO COMUNITARIO Artículo 1º.- Dispóngase la exoneración de los pagos por apertura de pliego matrimonial y por ceremonia dematrimonio civil a los contrayentes del Matrimonio Civil Comunitario, a realizarse el 11 de mayo de 2002; debién- dose efectuar un pago único de S/. 50.00. Artículo 2º.- Mediante Decreto de Alcaldía se dictarán las disposiciones necesarias para lograr la adecuada apli- cación de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Encargar a las Oficinas de Rentas, de Administración, a la División de Registros Civiles y a la División de Promoción Social el cumplimiento de la pre- sente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. WALDO OLIVOS VILLARREAL Alcalde 4954 Dictan disposiciones para la realización de matrimonio civil comunitario DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2002-MDL Lince, 1 de marzo de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Perú, la Comunidad y el Estado protegen especialmen- te a la familia, promueven el Matrimonio y los recono- cen como instituciones natural y fundamental de la so- ciedad; Que, en la jurisdicción del distrito de Lince existe un alto índice de parejas que viven en unión de hecho y que desean formalizar su estado civil contrayendo matrimonio, a efecto de contribuir con la unidad familiar como núcleo básico de la integridad y el desarrollo de la comunidad lin- ceña; Que, por Ordenanza Nº 051-2002 de fecha 14.2.2002, se ha dispuesto la exoneración de pagos por apertura del pliego matrimonial y por ceremonia de matrimonio civil, para la realización de un Matrimonio Civil Comunitario a realizarse el día 25 de mayo de 2002, fecha señalada por el Acuerdo de Concejo Nº 016 de la fecha; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades que le confiere el numeral 6) del Artículo 47º de la Ley Orgáni- ca de Municipalidades Nº 23853; SE DECRETA: Artículo 1º.- Convóquese a las parejas que pretendan contraer Matrimonio Civil Comunitario en la Municipalidad Distrital de Lince, a llevarse a cabo el 25 de mayo del 2002, quienes deberán cumplir con presentar los siguientes do- cumentos: 1. Partidas de Nacimiento, original actualizada (3 me- ses). 2. Libreta Electoral o D.N.I. (copia fedateada por el Fe- datario Municipal con votaciones en regla). 3. Certificado Domiciliario actual. 4. Certificado de Salud, serológico, pulmonar y Cons- tancia de Consejería Preventiva para ETS, VIH y SIDA. 5. Los requisitos para los menores de edad, viudos(as) y divorciados(as) serán los que les indique la División de Registros Civiles de la Municipalidad Distrital de Lince. Artículo 2º.- Los contrayentes que se acojan a los al- cances del presente quedarán exonerados de los pagos por los conceptos de apertura de pliego matrimonial y ce- remonia de matrimonio civil, debiéndose efectuar un pago único de S/. 50.00, dispuesto por la Ordenanza Nº 015- 2002, de fecha 14 de febrero del 2002. Artículo 3º.- Las inscripciones para la referida cere- monia se iniciarán el día 1 de marzo y cuyo cierre será el 30 de abril del 2002.