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Pág. 219605 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 20 de marzo de 2002 Visto el Expediente Nº 02972-2001 con el cual se sustenta la inscripción en primera de dominio del terreno eriazo de 323 098,50 m2, ubicado en el distrito de Yura, provincia y departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 356-2001-CTAR/PE-ST-GRAJ, de fecha 2 de abril del 2001, el Consejo Transitorio de Ad- ministración Regional - Arequipa, remitió a la Superin- tendencia de Bienes Nacionales los documentos técnico legales de calificación del terreno eriazo de 240 264,00 m2, ubicado en el paraje denominado Estación Yura, distrito de Yura, provincia y departamento de Arequipa, dando cum- plimiento a lo dispuesto por los Decretos Supremos Nº 002- 91-VC y Nº 007-92-VC; Que, realizada la inspección técnica con fecha 18 de octubre del 2001, se ha determinado que el terreno eriazo se encuentra ubicado en zona extraurbana y su área real es de 323 098,50 m2; Que, respecto al terreno de 323 098,50 m2, mediante Certificado de Búsqueda Catastral Nº 115241-1, de fe- cha 20 de noviembre del 2001, la Oficina Registral Re- gional de Arequipa da cuenta que, no se encuentra ins- crito, entre otros, a nombre del Estado y mediante Ofi- cio Nº 2881-2001-RPU/GOD.1, de fecha 3 de diciem- bre del 2001, el Registro Predial Urbano manifiesta que el terreno en referencia, no se halla dentro de su competencia y por lo tanto no presenta antecedentes registrales; Que, a través del trámite del expediente sustentatorio de la presente Resolución, se han recabado los informes de las instituciones que deben emitir opinión respecto a los predios de naturaleza eriaza y ribereña, ubicados en áreas urbanas o extraurbanas, materia de trámite de primera de dominio a favor del Estado; Que, el terreno antes descrito es de naturaleza eria- za y constituye propiedad del Estado en concordancia con lo dispuesto por el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, debiendo por tanto disponerse la inscripción en primera de dominio a favor del Estado, de acuerdo con el inciso b) del Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001 y Artículo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Reglamento Gene- ral de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal"; Que, el inciso s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiem- bre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organiza- ción y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacio- nales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Recupera- ciones a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF y Decreto Supremo Nº 154- 2001-EF; Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 028-2002/SBN-GO-JAR, de fecha 21 de febrero del 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi- nio a favor del Estado del terreno de 323 098,50 m2, ubica- do en el distrito de Yura, provincia y departamento de Are- quipa de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sus- tentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Oficina Registral Regional de Arequipa de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos procederá a efectuar la inscripción dispuesta en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 5181JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 038-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 25 de febrero del 2002 Visto el Expediente Nº 03059-2001 con el cual se sustenta la inscripción en primera de dominio del terreno eriazo de 680 870,00 m2, ubicado en el distrito de Yura, provincia y departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 355-2001-CTAR/PE-ST-GRAJ, de fecha 2 de abril del 2001, el Consejo Transitorio de Ad- ministración Regional Arequipa, remitió a la Superin- tendencia de Bienes Nacionales los documentos técnico legales de calificación del terreno eriazo de 680 870,00 m2, ubicado en el paraje denominado Estación Yura, distrito de Yura, provincia y departamento de Arequipa dando cumpli- miento a lo dispuesto por los Decretos Supremos Nº 002- 91-VC y Nº 007-92-VC; Que, realizada la inspección técnica con fecha 18 de octubre del 2001, se ha determinado que el terreno eriazo se encuentra ubicado en zona extraurbana y su área real es de 694 467,67 m2; Que, respecto al terreno de 694 467,67 m2, mediante Certificado de Búsqueda Catastral Nº 115239-1, de fecha 19 de noviembre del 2001, la Oficina Registral Regional de Are- quipa da cuenta que el terreno submateria, no se encuentra inscrito, entre otros, a nombre del Estado y mediante Oficio Nº 2775-2001-RPU/GOD.1, de fecha 28 de noviembre del 2001, el Registro Predial Urbano manifiesta que el terreno en referencia, no se halla dentro de su competencia y por lo tan- to no presenta antecedentes registrales; Que, a través del trámite del expediente sustentatorio de la presente Resolución, se han recabado los informes de las instituciones que deben emitir opinión respecto a los predios de naturaleza eriaza y ribereña, ubicados en áreas urbanas o extraurbanas, materia de trámite de primera de dominio a favor del Estado; Que, el terreno antes descrito es de naturaleza eriaza y constituye propiedad del Estado en concordancia con lo dispuesto por el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Su- premo Nº 131-2001-EF, debiendo por tanto disponerse la inscripción en primera de dominio a favor del Estado, de acuerdo con el inciso b) del Artículo 3º del Decreto de Ur- gencia Nº 071-2001 y Artículo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal"; Que, el inciso s) del Artículo 39º de la Resolución de Su- perintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organización y Funcio- nes de la Superintendencia de Bienes Nacionales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a emitir en prime- ra instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 027-2002/SBN-GO-JAR, de fecha 21 de febrero del 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi- nio a favor del Estado del terreno de 694 467,67 m2, ubica- do en el distrito de Yura, provincia y departamento de Are- quipa de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sus- tentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Oficina Registral Regional de Arequipa de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos procederá a efectuar la inscripción dispuesta en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 5182