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Pág. 219950 NORMAS LEGALES Lima, martes 26 de marzo de 2002 Que, esta Institución requiere contratar a una empresa que se encargue del sistema de energía eléctrica para cóm- puto para los pisos 1, 2, 3 y parte del piso 5 de su edificio ubicado en el Jr. Camaná Nº 700, a fin de iniciar el 2 de mayo del año en curso la adecuada atención de los servi- cios que brinda en su nuevo local; Que, de los Informes Nºs. 000145-2002-SAT/04 y 009- 2002-SAT/03-LOGÍSTICA de esta Entidad, se opina que considerando la importancia de las oficinas de servicios de esta institución las cuales deben empezar a operar en el nuevo local del SAT el 2 de mayo, se configura la situa- ción de urgencia prevista en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, toda vez que comprometen en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales que esta entidad tiene a su cargo así como la disminución de los costos operativos derivados del pago de alquiler de los actuales locales de la Institución; Que, lo expresado en los citados Informes, justifican técnica y legalmente la contratación de los servicios re- queridos mediante la exoneración del respectivo proceso de selección, cumpliéndose así con lo estipulado en el Ar- tículo 113º del Reglamento antes mencionado; Estando a lo expresado y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y con los Artículos 105, 108º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la Directiva Nº 011-2001-CON- SUCODE/PRE, y contando con los Informes Nºs. 000145-2002- SAT/04 y 009-2002-SAT/03-LOGÍSTICA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia la contra- tación de una empresa que se encargue del diseño e instala- ción del sistema de energía eléctrica para cómputo referido en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Exonerar al Servicio de Administración Tribu- taria - SAT del proceso de adjudicación directa selectiva para la contratación del servicio a que se refiere el Artículo 1º de la presente resolución y autorizar a la Gerencia de Administra- ción la contratación por un mes el servicio mencionado me- diante el proceso de adjudicación de menor cuantía. Artículo 3º.- El valor referencial del servicio a contratar asciende a US$ 15,000.00 (quince mil y 00/100 dólares americanos) que incluye todo concepto, gastos y tributos a que hubiere lugar. Artículo 4º.- Disponer que la Gerencia de Adminis- tración remita copia de la presente resolución y del informe que sustenta esta exoneración a la Contraloría General de la República dentro de los diez días calendario siguientes a su aprobación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ ARISTA ARBILDO Jefe del Servicio de Administración Tributaria 5665 Autorizan contratación de servicios de seguridad y vigilancia mediante proce- so de adjudicación de menor cuantía SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 029-2002-SAT-MML Lima, 25 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el inciso c) del Artícu- lo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado aprobada mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las contrataciones en situación de emergencia o de urgencia declaradas se encuentran exoneradas de los procesos de Licitación, Con- curso Público o Adjudicación Directa, procediendo su con- tratación mediante una Adjudicación de Menor Cuantía, conforme a lo establecido por el Artículo 20º de dicha Ley;Que, el Artículo 21º del mismo texto legal establece que se considera situación de urgencia cuando la ausencia extraordi- naria e imprevisible de determinado bien o servicio comprome- te en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situación faculta a la Entidad a la adqui- sición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, los Artículos 105º y 116º del Reglamento de Con- trataciones y Adquisiciones aprobado mediante Decreto Su- premo Nº 013-2001-PCM, establecen los procedimientos a que deben someterse las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de selección antes aludidos precisando que, una vez aprobada la exoneración, la con- tratación deberá realizarse mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtención de una cotización que cum- pla los requisitos establecidos en las Bases, debiendo in- dicarse en la resolución exoneratoria el órgano que se en- cargará de llevar a cabo la contratación exonerada; Que, para el año 2001 se contrató los servicios de la empresa J & V Resguardo S.A.C., con quien se celebró posteriormente una contratación complementaria con vi- gencia hasta el 31 de marzo del año en curso, de conformi- dad al Artículo 141º del referido Reglamento; Que, con fecha 22 de marzo de 2002 se ha declarado desierta la primera convocatoria del Concurso Público Nº 004-01-SAT para la contratación de una compañía de se- guridad especializada en la prestación de servicios de se- guridad y vigilancia, que cuente con los medios, equipos técnicos y personal debidamente entrenados y en condi- ciones de prestar adecuadamente dicho servicio; motivo por lo cual habría surgido una situación extraordinaria e imprevisible al haberse cubierto la totalidad del 30% de contratación complementaria prevista, sin que se haya cul- minado con el proceso del mencionado Concurso Público correspondiente, lo que origina una situación extraordina- ria e imprevisible que afecta directamente la continuidad de las actividades operativas de esta institución; Que, de los Informes Nºs. 000149-2002-SAT/04 y 010-2002- SAT/03-LOGÍSTICA de esta Entidad, se opina que tales he- chos configuran la situación de urgencia prevista en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, toda vez que com- prometen en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales que esta entidad tiene a su cargo; Que, lo expresado en los citados Informes, justifican técnica y legalmente la contratación de los servicios re- queridos mediante la exoneración del respectivo proceso de selección, cumpliéndose así con lo estipulado en el Ar- tículo 113º del Reglamento antes mencionado; Estando a lo expresado y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º, 20º y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y con los Artículos 105º, 108º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobado por De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM, la Directiva Nº 011-2001- CONSUCODE/PRE, y contando con los Informes Nºs. 000149- 2002-SAT/04 y 010-2002-SAT/03-LOGÍSTICA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia la contrata- ción de servicios de una empresa de seguridad y vigilancia referida en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Exonerar al Servicio de Administración Tribu- taria - SAT del proceso de adjudicación directa pública para la contratación del servicio a que se refiere el Artículo 1º de la presente resolución y autorizar a la Gerencia de Administra- ción la contratación por tres meses del servicio mencionado mediante el proceso de adjudicación de menor cuantía. Artículo 3º.- El valor referencial del servicio a contratar asciende a S/. 90,000.00 (noventa mil y 00/100 Nuevos Soles) que incluye todo concepto, gastos y tributos a que hubiere lugar. Artículo 4º.- Disponer que la Gerencia de Adminis- tración remita copia de la presente resolución y del informe que sustenta esta exoneración a la Contraloría General de la República dentro de los diez días calendario siguientes a su aprobación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ ARISTA ARBILDO Jefe del Servicio de Administración Tributaria 5660