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Pág. 219948 NORMAS LEGALES Lima, martes 26 de marzo de 2002 miembros de la CORE; Víctor Melgarejo Blass y Eddy Rosa- les Flores, ex integrantes del Comité de Adjudicación; Que, de los considerandos enunciados en el análisis fácti- co del presente informe se advierte, que la conducta adminis- trativa de los ex miembros integrantes de la Comisión Reorga- nizadora CORE I y CORE II, de los funcionarios y directivos involucrados en el ejercicio presupuestal de JUN-95 a NOV- 2000, excepto el ejercicio presupuestal 1999, en razón de ha- ber sido investigado en mérito al informe del Examen Especial de la Sociedad Auditora Urbizagástegui & Asociados de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco, constitu- yen presuntas faltas de carácter disciplinario, los mismos que se encuentran tipificados en el inciso a), d) y f) del Artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276, concordante con los Artículos 127º, 129º y 131º del Reglamento de la precitada, aprobada por De- creto Supremo Nº 005-90-PCM; Que el Rector comunica el caso a Secretaría General con el Proveído Nº 1601-2002-UNHEVAL-R, para que se emita la resolución correspondiente; Estando a las atribuciones otorgadas al Rector por la Ley Universitaria Nº 23733 y por el Estatuto de la UNHEVAL; SE RESUELVE: 1º. INSTAURAR proceso administrativo disciplinario a los ex miembros de la Comisión Reorganizadora CORE I, seño- res José Estrada Ancajima, ex Presidente y Rector, Fernando Hernández Rodríguez; ex Vicerrector Administrativo; Hugo Serrano Guzmán, ex Vicerrector Académico; y Salvador Ba- rrantes Cabrera, ex Director de Desarrollo Universitario, por lo expresado en los considerandos de la presente Resolución. 2º. INSTAURAR proceso administrativo disciplinario a los ex miembros de la Comisión Reorganizadora CORE II, señores Mauro Concha Pérez, ex Presidente; Agapito Li- nares Salas, ex Vicerrector Académico y ex Director de Desarrollo Universitario de los Centros de Producción; Eras- mo Paredes Pacheco, ex Vicerrector Administrativo; y Her- nán Amat Olazábal, ex Vicerrector Académico y ex Direc- tor de Desarrollo Universitario por lo expresado en los con- siderandos de la presente Resolución. 3º. INSTAURAR proceso administrativo disciplinario a los ex funcionarios de la gestión de las CORE I y CORE II de la UNHEVAL, señores Cayto Miraval Tarazona, ex Director de la Oficina General de Administración; Eddy Rosales Flores, ex Jefe de la Oficina de Tesorería; y María Salinas Páucar, ex Jefe de la Oficina de Logística y Servicios Generales y Lizardo Cai- cedo Dávila, ex Director de la Oficina de Planificación y Pedro Sánchez Collazos, ex Jefe de la Oficina de Tesorería; y María Salinas, ex Jefe de la Oficina de Logística, por lo expresado en los considerandos de la presente Resolución. 4º. CONCEDER a los procesados el plazo de cinco (5) días, a fin de que presenten su descargo ante la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios. 5º. DISPONER que la Dirección de la Oficina General de Administración adopte las acciones para que la presente Re- solución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano. 6º. REMITIR el expediente a la Comisión de Procesos Administrativos para el trámite correspondiente de acuer- do a las normas legales vigentes. 7º. DAR A CONOCER esta Resolución a los órganos correspondientes y a los interesados. Regístrese, comuníquese y archívese. ARTURO RIVERA Y CALDAS Rector (e) WILMER RAMOS GILES Secretario General 5672 Disponen contratación de servicios de vigilancia privada mediante proceso de adjudicación de menor cuantía en la Uni- versidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN Enrique Guzmán y Valle Rectorado RESOLUCIÓN Nº 0680-2002-R-UNE Chosica, 15 de marzo del 2002VISTO, el Oficio Nº 226-A-2002-VR-ADM, de fecha 15 de marzo de 2002, del Vicerrector Administrativo de la Uni- versidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle, que solicita la emisión de la Resolución de EXONERACIÓN DEL PROCESO DE ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLI- CA la Contratación de Servicios denominado "SERVICIO DE VIGILANCIA PRIVADA". CONSIDERANDO: Que, con Oficio Nº 138-2002-DAyC-UNE, de fecha 15 de marzo del 2002, el Director de Adquisiciones y Contra- taciones de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle, solicita la aprobación mediante Resolu- ción Rectoral de la "EXONERACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN DE ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA" la Contratación de Servicios denominado "SERVICIO DE VI- GILANCIA PRIVADA"; Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 19º inciso c), del D.S. Nº 012-2001-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 25850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, están exoneradas de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público y Adjudicación Directa las ad- quisiciones y contrataciones que se realicen en situacio- nes de emergencia o de urgencia declaradas; Que, de acuerdo a lo prescrito en el Artículo 108º nu- meral 2, del D.S. Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado - la situación de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepción que determi- na una acción rápida a fin de adquirir o contratar lo indis- pensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, con la finalidad de garantizar la seguridad y vigi- lancia de los locales de la Institución, se ha previsto la Contratación de Servicio de Vigilancia Privada por Adjudi- cación de Menor Cuantía, por el período del 22 de marzo al 31 de mayo, mientras se realice el Proceso de Selección por Concurso Público; y, Que, con Opinión Legal Nº 297-A-2002-OAL/UNE de fecha 15 de marzo del 2002, el Jefe de la Oficina de Ase- soría Legal, declara que es Procedente la exoneración del proceso de selección, en virtud de la acreditada situación de necesidad del servicio de vigilancia para los locales de la Institución; Estando a lo dispuesto por el Artículo 10º, inciso c) del TUO de la Ley Nº 26850, concordado con el Artículo 108º numeral 2, 113º del D.S. Nº 013-2001-PCM; y, En uso de las atribuciones conferidas por el inciso b) del Artículo 33º de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, con- cordante con el inciso b) del Artículo 37º del Reglamento General de la UNE y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2º de la Resolución Nº 0535-2001-R-UNE de fe- cha 29 de mayo del 2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- EXONERAR del Proceso de Selección de Adjudicación Directa Pública, la Contratación de Servicios denominado "SERVICIO DE VIGILANCIA PRIVADA", cuyo valor referencial asciende al monto de S/. 103,040.00, por el período comprendido del 22 de marzo al 31 de mayo del presente, financiado con recur- sos provenientes de la fuente de financiamiento de Re- cursos Ordinarios del Presupuesto Institucional de la Universidad, el cual se realizará mediante Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, mientras dure el proce- so de Selección del Concurso Público Nº 001-2002-UNE "SERVICIO DE VIGILANCIA PRIVADA". Artículo 2º.- AUTORIZAR a la Dirección de Adquisi- ciones y Contrataciones, para que en coordinación con la Dirección de Servicios Generales de esta Casa Superior de Estudios, procedan a tomar las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente, en el ámbito de su competencia. Artículo 3º.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como remitir copia de la mis- ma a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en los plazos que establece la ley. Artículo 4º.- El EGRESO que genere la presente Re- solución se afectará al mnemónico de la Estructura Fun- cional Programática y a la Cadena de Gasto corres- pondiente al Presupuesto Institucional de la Universidad