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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2002 (07/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 6

Pág. 222480 NORMAS LEGALES Lima, martes 7 de mayo de 2002 DEFENSA Autorizan a la Marina de Guerra otor- gar temporalmente mediante cesión en uso área de terreno eriazo ubicado en el distrito de Chimbote, provincia del Santa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 057-DE/MGP Lima, 6 de mayo de 2002 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 046-85-VC-5600 de fecha 23 abril 1985, se afectó a favor del Ministerio de Marina para fines de Defensa Nacional, el uso del terre- no eriazo de 1,034.70 Has., ubicado frente a la Bahía de Chimbote, distrito de Chimbote, provincia del Santa, departamento de Ancash; cuyos linderos y medidas peri- métricas se encuentran inscritas en el Tomo 148, fojas 205, asiento 01 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral Regional - Región Chavín; Que, la empresa SEDACHIMBOTE S.A. mediante Ofi- cio GEGE Nº 495-2001 de fecha 12 noviembre 2001, soli- citó a la Marina de Guerra del Perú la suscripción de un Convenio Interinstitucional de Cesión en Uso del área de terreno eriazo de 472,801.34 m2, con actual ocupación y posesión de las lagunas de oxidación "Las Gaviotas", el mismo que forma parte del lote matriz de 1,034.70 Has.; Que la petición del área tiene por finalidad regularizar la posesión de las instalaciones existentes de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales lagunas de oxida- ción "Las Gaviotas"; Que, el Artículo 27º del Reglamento de Administra- ción de la Propiedad Inmobiliaria del Sector Defensa aprobado por Decreto Supremo Nº 032-DE/SG de fecha 13 junio 2001, establece que los terrenos reservados para fines de Defensa Nacional, podrán ser otorgados tempo- ralmente a favor de particulares en usufructo u otra mo- dalidad, mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Defensa cuando sean requeridos para pro- yectos que contribuyan al desarrollo nacional; De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Marina de Guerra del Perú, a otorgar temporalmente mediante Cesión en Uso un área de terreno eriazo de 472,801.34 m2, que forma parte del lote matriz de 1,034.70 Has., afectado en uso para fines de Defensa Nacional a favor del Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, ubicado en el distrito de Chim- bote, provincia del Santa, departamento de Ancash, se- gún Resolución Suprema Nº 046-85-VC.560 de fecha 23 abril 1985, inscrito en el Tomo 148, fojas 205, asiento 01 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Re- gistral Región Chavín. Artículo 2º.- La Marina de Guerra del Perú suscribirá en representación del Estado Peruano, el Convenio Interinsti- tucional de Cesión en Uso con la Empresa SEDACHIMBO- TE S.A., observando los aspectos de seguridad que ameri- te la condición de Reservado para fines de Defensa Nacio- nal, así como las características y condiciones que favorez- can la conservación y desarrollo del inmueble requerido. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República AURELIO LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 8204Autorizan al Jefe del Servicio de Ingeniería del Ejército a gestionar el saneamiento físico legal de los Progra- mas de Vivienda "Palomares", "San Ber- nardo", "Parque el Carmen", "Lima" y "San Gregorio" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 456-DE/EP Lima, 15 de marzo de 2002 Visto los antecedentes relacionados con el Saneamiento Legal de cinco (5) Programas de Viviendas para el personal militar, con el objeto de regularizar su transferencia; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 21316 del 25.Nov.75, se autorizó al entonces MINISTERIO DE GUERRA, para que sin el requisito de subasta pública, pudiera adjudicar casas a su Personal Auxiliar; por el sistema de Alquiler- Venta, disponiendo además entre otros, el trámite de ins- cripción en los Registros Públicos las obras de Habili- tación Urbana, la Declaración de Fábrica y que dicha venta se efectuaría con arreglo a las disposiciones del D.L. Nº 19330; Que, el entonces Ministerio de Guerra, en aplicación de la referida Ley, otorgó en alquiler-venta casas a favor del Personal Militar en los Programas siguientes: Nº URBANIZACIÓN DISTRITO Nº de CASAS 1. Urb. Palomares Rímac 352 2. Urb. San Bernardo Pueblo Libre 16 3. Urb. Parque el Carmen Pueblo Libre 16 4. Urb. Lima Surquillo 8 5. Urb. San Gregorio Breña 8 -------------- TOTAL: 400 Que, los adquirentes de las viviendas han cancelado su precio y con justo derecho vienen reclamando se les otorgue el título de propiedad, previo Saneamiento Legal correspondiente; Que, la Ley Nº 27493 del 29.Jun.2001, hace extensi- va la Ley Nº 26512 a todos los Organismos e institucio- nes del Sector Público, referido al Saneamiento Físico- Legal de Bienes Inmuebles. Asimismo, el Art. 25º del D.S. Nº 032-DE/SG del 13 de junio del 2001, Reglamento de Administración de la Propiedad Inmobiliaria del Sector DEFENSA, faculta previa justificación por el titular de la afectación, variar el uso, cuyo acto será aprobado por Resolución Ministerial; Que, en consecuencia, es necesario autorizar al Jefe del Servicio de Ingeniería del Ejército, para que en nom- bre y representación del MINISTERIO DE DEFENSA - EJÉRCITO, en coordinación con otros organismos del Estado, gestione el Saneamiento Físico-Legal de los Pro- gramas de Vivienda mencionados, ante la Oficina Regis- tral de Lima y Callao e inscriba los documentos de trans- ferencia de dominio a favor de los adjudicatarios; Que, de conformidad con las disposiciones conteni- das en el D.L. Nº 21316, Ley Nº 27493 y D.S. Nº 032-DE/ SG del 13.Jun.2001. Estando a lo recomendado por el SERVICIO DE INGENIERÍA DEL EJÉRCITO, a la opi- nión favorable del COMANDO LOGÍSTICO DEL EJÉR- CITO y a lo dictaminado por la Oficina de Asuntos Jurídi- cos del Ejército; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Jefe del Servicio de In- geniería del Ejército, para que en nombre y represen- tación del MINISTERIO DE DEFENSA - EJÉRCITO, en coordinación con otros organismos del Estado, gestione ante la Oficina Registral de Lima y Callao y/o Registro Predial Urbano, el Saneamiento Físico-Legal de los Pro- gramas de Vivienda denominados "PALOMARES", "SAN BERNARDO", "PARQUE EL CARMEN", "LIMA" y "SAN