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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2002 (07/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 222481 NORMAS LEGALES Lima, martes 7 de mayo de 2002 GREGORIO" en vía de regularización y suscriba los do- cumentos de transferencia a favor de los adjudicatarios. Regístrese, comuníquese y archívese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 8103 ECONOMÍA Y FINANZAS Aprueban modificatorias y Acuerdo de Cierre de operación de cobertura de riesgo de tasa de interés, relacionada con la implementación de la Emisión Internacional de Bonos Soberanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 184-2002-EF/75 Lima, 6 de mayo del 2002 CONSIDERANDO: Que, el numeral 14.1 del Artículo 14º de la Ley Nº 27575, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2002, autoriza a la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas a celebrar operaciones de cobertura de riesgo, incluidas las relacionadas con el tipo de cambio y la tasa de inte- rés, para la Deuda del Gobierno Central, precisando que tales operaciones serán aprobadas por resolución minis- terial de Economía y Finanzas; Que, en el marco de la referida autorización, median- te la Resolución Ministerial Nº 089-2002-EF/75, se apro- bó la operación de cobertura de riesgo de tasa de interés y su modificatoria, relacionadas con la implementación de la Emisión Internacional de Bonos Soberanos autori- zada por el Decreto Supremo Nº 021-2002-EF; Que, asimismo, teniendo en cuenta el contexto de los mercados internacionales de capitales, adicionalmente, se acordaron 3 (tres) modificatorias, así como el cierre de la referida operación de cobertura, lo cual ha permiti- do que no exista ningún costo para el Gobierno Peruano; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 27575; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébanse las 3 (tres) modificatorias, así como el Acuerdo de Cierre de la operación de cobertu- ra de riesgo de tasa de interés, relacionada con la imple- mentación de la Emisión Internacional de Bonos Sobera- nos, autorizada por Decreto Supremo Nº 021-2002-EF. Artículo 2º.- La información correspondiente a las re- feridas modificatorias y Acuerdo de Cierre será remitida ala Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la Re- pública del Congreso de la República en el plazo estable- cido en el numeral 14.2 del Artículo 14º de la Ley Nº 27575. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 8125 Autorizan viaje de representante del Ministerio para asistir a la reunión "Globalización y Desarrollo" de la CEPAL RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 185-2002-EF/10 Lima, 6 de mayo del 2002 CONSIDERANDO: Que, se requiere designar como representante del Ministerio de Economía y Finanzas al señor WALDO MENDOZA BELLIDO, con la finalidad de que asista al vigésimo noveno período de sesiones de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), sien- do el tema focal de la reunión "Globalización y Desarro- llo", a llevarse a cabo en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, del 6 al 10 de mayo de 2002; Que, en tal sentido y siendo de interés para la institu- ción, es necesario autorizar el viaje del citado represen- tante, debiendo este Ministerio asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes, viáti- cos y tarifa CORPAC; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619 y en el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor WALDO MENDOZA BELLIDO, en calidad de representante del Ministerio de Economía y Finanzas, así como autorizar su viaje a la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, del 6 al 10 de mayo de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupues- to de la Unidad Ejecutora 001 MEF - Administración Ge- neral del Pliego del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes :US$994,74 Viáticos :US$1 200,00 Tarifa CORPAC :US$ 25,00 Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos