Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2002 (11/05/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, sabado 11 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES
VISTO:

Pag. 222833

bebidas alcoholicas dentro de sus instalaciones, solidarizandose con el MORDAZA de este Reglamento. NORMAS PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS PARA EXPENDIO Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS Articulo 7º.- La Municipalidad de Lurin, no otorgara nuevas Licencias para la apertura y funcionamiento de establecimientos con el giro de venta de bebidas alcoholicas y/o Licores, Bares, Cantinas y similares. Articulo 8º.- Queda terminantemente prohibido la venta de licores preparados envasados, sin la correspondiente autorizacion de las autoridades competentes en los establecimientos indicados en el Articulo 4º. Articulo 9º.- No se puede expender bebidas alcoholicas sin previa Licencia o Autorizacion Municipal. SANCIONES Articulo 10º.- Todo incumplimiento de las normas del presente Reglamento, constituye infraccion sancionable por el Municipio; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y/o penales que pudieran existir. Articulo 11º.- Se considera infractor por el expendio de bebidas alcoholicas en lugares y horas prohibidas o sin contar con la previa Licencia y/o autorizacion Municipal, al conductor directo del establecimiento, sea persona natural o juridica. Articulo 12º.- Se considera igualmente infractor a la persona o personas que consumen bebidas alcoholicas, en lugares y horas prohibidas. Articulo 13º.- Las sanciones aplicables a los infractores del presente Reglamento son: Multa; Decomiso y Clausura Temporal; Clausura Definitiva. Articulo 14º.- Todo licor que se encuentre comercializandose o consumiendose en la via publica, sera decomisado por la autoridad que intervenga en el acto. Articulo 15º.- Los establecimientos comerciales que cometan primera infraccion a este Reglamento, seran sancionados con una multa que se aplicara de acuerdo a la tabla de multas de la Municipalidad vigente a la fecha de la infraccion. Articulo 16º.- Los establecimientos comerciales que cometan MORDAZA infraccion al presente Reglamento, seran sancionados con el duplo del monto de la primera multa y clausura temporal de 30 dias del establecimiento. Articulo 17º.- Los establecimientos que cometan tercera infraccion al presente reglamento seran sancionados con la clausura definitiva del establecimiento y la cancelacion de la Licencia de Funcionamiento. Articulo 18º.- Tratandose de personas consumidoras de bebidas alcoholicas, se les sancionara de acuerdo a lo dispuesto en los Articulos 15º y a lo establecido en el R.A.S. de la Municipalidad, sin perjuicio de las responsabilidades penales que hubiere lugar. Articulo 19º.- Se considera reiterante al infractor que es sujeto de infraccion por tercera vez. La reiterancia constituye un agravante de mayor orden y es sancionada con la clausura del establecimiento comercial y la cancelacion de la Licencia de Funcionamiento respectiva. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Corresponde al Cuerpo de Policia Municipal o quien haga sus veces, verificar el fiel y estricto cumplimiento de las normas establecidas en el presente Reglamento, pudiendo solicitar el MORDAZA de la fuerza publica en caso de ser necesario. Segunda.- Comuniquese el presente Reglamento a las dependencias de la Policia Nacional con jurisdiccion del distrito de Lurin, a la Subprefectura de MORDAZA y a la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana. 6470

El Informe Nº 495-98-DO-AG.KM.40 del Jefe de Obras de la Agencia Municipal de la MORDAZA Sur "A"; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 004-98-MDSPL se aprobo las Normas para la Aplicacion de la Contribucion Especial de Obras Publicas en el distrito de San MORDAZA de Lurin; Que, es necesario designar a la Comision de Obras que conformara la Junta de Contribucion Especial de Obras Publicas, quien informara y emitira los estudios y expedientes tecnicos de la obra publica a realizarse en la MORDAZA Sur "A"; Con la facultad que confiere el numeral 6) del Art. 47º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a los miembros de la Comision de Obras que conformaran la Junta de Contribucion Especial de Obras Publicas, y que son: - El Director de Desarrollo Integral, quien lo presidira. - El Director de Administracion. - El Jefe de Obras de la Agencia Municipal de la MORDAZA "A". Articulo Segundo.- Transcribase la presente disposicion municipal a las Direcciones respectivas para su conocimiento y los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA WEBERHOFER VILDOSO MORDAZA 6841

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA
ORDENANZA Nº 046
La MORDAZA, 4 de marzo de 2002 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto, en Sesion Ordinaria de fecha 28 de febrero del 2002, el Dictamen Nº 004-2001 de la Comision de Administracion, Rentas, Presupuesto e Informatica, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, publicada el 11 de MORDAZA del 2001 en el Diario Oficial El Peruano, ha establecido un MORDAZA regimen juridico aplicable por la Administracion Publica, que protege el interes general y garantiza los derechos e intereses de los administrados, con sujecion al orden constitucional y juridico vigente; Que, el Articulo 37º de la Ley Nº 27444 establece la obligacion de todas las entidades de la Administracion Publica, de elaborar y aprobar su Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, el Articulo 36º de la acotada Ley senala que el Texto Unico de Procedimientos Administrativos se construye compendiando y sistematizando los procedimientos, requisitos y costos administrativos establecidos exclusivamente mediante decreto supremo o MORDAZA de mayor jerarquia u ordenanza; Que, asimismo, el Articulo 38º de la citada Ley establece que el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de las Municipalidades se aprueba por ordenanza; Estando a lo expuesto, con la opinion favorable de la Comision de Administracion, Rentas, Presupuesto e Informatica y de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru, Articulo 38º de la Ley Nº 27444 y la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- APROBAR el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA y los derechos que en el se consignan que, como anexo, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- DEROGAR todas las disposiciones Municipales que contravengan esta Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEQUIEN MORDAZA

Designan miembros de la Comision de Obras que conformaran la Junta de Contribucion Especial de Obras Publicas
(Se publica la Resolucion de Alcaldia de la referencia a solicitud de la Secretaria General de la Municipalidad de Lurin mediante Carta Nº 082-2002-SEC/ML, recibida el 9 de MORDAZA de 2002)

RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 1013-98-ALC/MDSPL
San MORDAZA de Lurin, 10 de setiembre de 1998 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIN

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.