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Pág. 222820 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de mayo de 2002 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia, la con- tratación de los servicios de digitalización de formularios para la emisión del DNI, por el período de un (1) mes, a partir del mes de mayo de 2002; ello, en tanto culmine el Concurso Publico Nº 0001-2002-RENIEC. Artículo 2º.- Autorizar al Comité Especial Permanente de servicios a convocar al proceso de selección de adjudi- cación de Menor Cuantía, para contratar el servicio de digi- talización de formularios para la emisión del DNI por un va- lor referencial de S/. 250.000.00 Nuevos Soles, en la Fuen- te de Financiamiento de Recursos Directamente Recauda- dos, por un período máximo de un mes, con sujeción a las normas legales vigentes. Artículo 3º.- Disponer que la Gerencia de Administra- ción, remita a la Contraloría General de la República, den- tro de los diez días calendario siguientes a la fecha de ex- pedición de esta resolución, copia de la misma, de los infor- mes que la sustentan y del formato EXO, de acuerdo lo dispuesto en el Artículo 20º del TUO de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado y la Directiva Nº 005- 2001-CG/otaj, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 092-2001-CG. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MÉNDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 8497 S B S Autorizan a empresa ampliación de acti- vidades para operar como Ajustadores Marítimos Transportes, Ajustadores Ramos Generales, Preventores e Inspec- tores de Averías RESOLUCIÓN SBS Nº 399-2002 Lima, 26 de abril de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la empresa Seguridad Ope- raciones Salvataje Ajustadores y Peritos de Seguros S.A., para que se le autorice la ampliación de actividades para operar como Ajustadores Marítimos Transportes, Ajustado- res Ramos Generales, Preventores e Inspectores de Ave- rías; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Auxiliares de Seguros; Que, la empresa solicitante cumple con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Estando a lo informado por el Departamento de Análisis y Supervisión de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, mediante Informe Nº 037-2002-DASIA; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Gene- ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Or- gánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolución SBS Nº 565-2000 de 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de activida- des de la empresa Seguridad Operaciones Salvataje Ajus- tadores y Peritos de Seguros S.A., con Registro Nº APJ- 0006 en el Registro del Sistema de Seguros Libro III de los Ajustadores de Siniestros y Peritos de Seguros Sección B: Personas jurídicas que lleva esta Superintendencia, para operar como Ajustadores Marítimos Transportes, Ajustado- res Ramos Generales, Preventores e Inspectores de Ave- rías, debidamente representada por el señor Jerry JamesBell Taylor Dávila con Nº de Registro PN-0056, dejando sin efecto la Resolución SBS Nº 626-96 de 20 de setiembre de 1996. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.) 8428 Autorizan viaje de funcionario para participar en el Curso "Anti-Lavado de Dinero" que se realizará en Panamá RESOLUCIÓN SBS Nº 427-2002 Lima, 10 de mayo de 2002 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La invitación cursada a esta Superintendencia por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas para participar en el Curso "Anti-Lavado de Dinero" organizado por la citada entidad en coordinación con la Superinten- dencia de Bancos de la República de Panamá, el mismo que se llevará a cabo del 13 al 17 de mayo de 2002, en la ciudad de Panamá, República de Panamá; CONSIDERANDO: Que, en el citado curso se desarrollarán temas de im- portancia vinculados a las actividades de este Organismo de control, orientados principalmente a ampliar al conoci- miento técnico de los supervisores financieros de la región sobre actividades de regulación y control de actividades de lavado de dinero, facilitando el reconocimiento del riesgo potencial que confrontan las instituciones financieras, eva- luando las políticas, procedimientos y prácticas más apro- piadas para el cumplimiento de programas de control de lavado de dinero en las instituciones financieras; Que, el señor Jorge Ricardo Cárdenas Ribbeck, Analis- ta del Departamento de Evaluación del Sistema Financiero "E" de la Superintendencia Adjunta de Banca, ha sido de- signado por esta Superintendencia para participar en el re- ferido evento; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho via- je, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, alojamien- to, traslados y alimentación serán cubiertos con cargo al Convenio de Préstamo de Cooperación BID 1196/OC-PE conforme a lo solicitado mediante Oficio SBS Nº 9464-2002 y comunicación de no objeción del Banco Interamericano de Desarrollo, remitida por la Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoriales - MEF, debiendo asumir esta Super- intendencia los gastos por concepto de Impuesto General a las Ventas y la Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2002; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Se- guros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Segu- ros" y de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Su- premo Nº 048-2001-PCM modificado con Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; y en virtud a la Resolución SBS Nº 1028- 2001 de fecha 27.12.2001; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Jorge Ricardo Cárdenas Ribbeck, Analista del Departamento de Evaluación del Sistema Financiero "E" de la Superin- tendencia Adjunta de Banca, a la ciudad de Panamá, Re- pública de Panamá del 12 al 18 de mayo de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumpli- miento del presente dispositivo legal por concepto de pasa- jes aéreos, alojamiento, traslados y alimentación serán cu- biertos con cargo al Convenio de Préstamo de Coopera- ción BID 1196/OC-PE, debiendo asumir esta Superinten- dencia los gastos por concepto de Impuesto General a las Ventas y la Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto co- rrespondiente al ejercicio 2002. Artículo Tercero.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Adua-