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Pág. 223368 NORMAS LEGALES Lima, martes 21 de mayo de 2002 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicio y estando a lo dis- puesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al doctor Rubén Marino López López, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Huánuco - Pasco, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta del Módulo Básico de Jus- ticia de Ambo. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Fiscal Superior Decano del Dis- trito Judicial de Huánuco - Pasco, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 9053 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 815-2002-MP-FN Lima, 20 de mayo de 2002 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 171-2002-C.I. Huánuco, de fecha 8 de abril del 2002, cursado por el Presidente de la Comisión Distrital Descentralizada de Control Interno del Distrito Judicial de Huánuco - Pasco, en el que informa sobre la carga procesal que afronta la Fiscalía Provincial Penal de Leoncio Prado, Distrito Judicial de Huánuco - Pasco, lo que hace necesario tomar las medidas pertinentes para una pronta administración de justicia; Estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al doctor José Miguel Cuya Berrocal, como Fiscal Adjunto Provincial Provisio- nal del Distrito Judicial de Huánuco - Pasco, de apoyo a la Fiscalía Provincial Penal de Leoncio Prado. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Fiscal Superior Decano del Dis- trito Judicial de Huánuco - Pasco, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 9054 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 021-2002-CONAM-PCD Mediante Carta Nº 1459-2002-CONAM/SE el Conse- jo Nacional del Ambiente solicita se publique Fe de Erra- tas de la Resolución Presidencial Nº 021-2002-CONAM-PCD, publicada en la edición del 16 de mayo de 2002, en la página 223106. DICE: 4.0. CUESTIONES FORMALES La Comisión considera que el CONAM debe asumir competencia como última instancia administrativa con ca- rácter dirimente, al haberse cumplido con los requisitos establecidos en su Texto Único de Procedimientos Admi- nistrativos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 081- 2001-PCM ... DEBE DECIR: 4.0. CUESTIONES FORMALES La Comisión considera que el CONAM debe asumir competencia como última instancia administrativa con ca- rácter dirimente, al haberse cumplido con los requisitos establecidos en su Texto Único de Procedimientos Admi- nistrativos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 081- 2001-PCM, modificado por Resolución Presidencial Nº 108-2001-CONAM/PCD ... DICE: 5.2 Sobre la DICAPI y la Capitanía de Puerto de Yuri- maguas ... Al respecto, es conveniente tener en cuenta que la Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Marítimas, Fluviales y Lacustres, aprobada mediante Ley del Con- greso de la República Nº 26619, ... DEBE DECIR: 5.2 Sobre la DICAPI y la Capitanía de Puerto de Yuri- maguas ... Al respecto, es conveniente tener en cuenta que la Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Marítimas, Fluviales y Lacustres, aprobada mediante la Ley del Con- greso de la República Nº 26620 ... 9065 ESSALUD Declaran nulidad de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0225S00021 - "Contratación del servicio de aseo y lim- pieza de los centros asistenciales de la Gerencia Departamental Apurímac" RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 165-PE-ESSALUD-2002 Lima, 14 de mayo de 2002 VISTO: El expediente de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0225S0021 - "Contratación del servicio de aseo y limpie- za de los centros asistenciales de la Gerencia Departa- mental Apurímac"; y, CONSIDERANDO: Que, el 29 de enero del 2002, se efectuó la convocato- ria a la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0225S00021 con el objeto de contratar el servicio de aseo y limpieza para los centros asistenciales de la Gerencia Departa- mental Apurímac, por un valor referencial de S/. 22,942.49 (veintidós mil novecientos cuarentidós y 49/100 nuevos soles); Que, en el Acta de fecha 19 de febrero del 2002, el Comité Especial a cargo del proceso dejó constancia que sólo recibió la propuesta de la empresa Servicios Inte- grados de Limpieza S.A. - SILSA, por lo que declaró de- sierta la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0225S0021 por no contar con el mínimo de postores;