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Pág. 223363 NORMAS LEGALES Lima, martes 21 de mayo de 2002 Establecen formato para captar y pro- cesar información sobre la actividad de recolección del recurso camarón de río RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 169-2002-PE Lima, 20 de mayo de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 65º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establece que el Ministerio de Pes- quería organiza y centraliza la información estadística, económica y financiera, propia de la actividad pesquera de acuerdo a las normas del Sistema Estadístico Nacio- nal; Que, el Artículo 123º del Reglamento de la Ley Gene- ral de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE, establece que el Ministerio de Pesqueria apro- bará el Sistema de Información Estadística de las activi- dades pesqueras y acuícolas, al que se ajustarán los ar- madores e industriales pesqueros; y en general, todos los agentes que directa o indirectamente se vinculan con dichas actividades; Que, el Artículo 45º del Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Ministerio de Pesqueria aproba- do por Decreto Supremo Nº 010-2001-PE, establece que la Oficina General de Estadística e Informática es la encargada de coordinar y supervisar el proceso es- tadístico del Sector Pesquería, elaborando normas y directivas que regulen el relevamiento de la informa- ción de las diferentes actividades productivas en el ámbito del Sector; Que, el camarón de río, constituye uno de los princi- pales recursos de los ríos de la costa que es explotado en volúmenes comerciales, representando una actividad de singular importancia socio-económica para los pes- cadores artesanales, sin embargo no se dispone de in- formación estadística sobre su real desenvolvimiento que permita formular estrategias y programas para el ordena- miento y desarrollo sostenido;Que, de acuerdo al considerando anterior, es ne- cesario disponer de una información estadística con un mayor nivel de cobertura, confiabilidad y oportuni- dad referente a los volúmenes, precios, zonas de pes- ca, extractores y otras variables sobre el recurso ca- marón de río, para lo cual debe implementarse y eje- cutar un sistema de captación y procesamiento de información relacionada a la recolección del mencio- nado recurso; Estando a lo informado por la Oficina General de Es- tadística e Informática y la Dirección Nacional de Extrac- ción y Procesamiento Pesquero; De conformidad con las disposiciones de la Ley de Pesca y su Reglamento; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Las personas naturales y/o jurídicas que se dediquen a la actividad de recolección del recurso ca- marón de río, tienen la obligación de presentar semanal- mente a la Oficina General de Estadística e Informática del Ministerio de Pesqueria o a la Dirección Regional de Pesquería de su jurisdicción, según sea el caso, la infor- mación sobre el desenvolvimiento de sus actividades de acuerdo al requerimiento del formato que forma parte in- tegrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Las Direcciones Regionales de Pes- quería competentes, remitirán oportunamente la infor- mación recepcionada a la Oficina General de Estadís- tica e Informática, para su respectivo procesamiento y difusión. Artículo 3 º.- La Oficina General de Estadística e In- formática, la Dirección Nacional de Extracción y Proce- samiento Pesquero y la Direcciones Regionales de Pes- quería, dentro del ámbito de sus respectivas competen- cias y jurisdicciones, velarán por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Pesquería MINISTERIO DE PESQ UERÍA Oficina de Estadística e Informática RECOLECCIÓN DEL RECURSO CAMARÓN DE RÍO R.M. Nº 169-2002-PE Nombre del Recolector: ........................................................................ Nº de Carné: ..................................................................................... Semana: Del ...............Al ...............De ........ ......................... Del 200 ......... Asociación / Comité: ......................................................................... CANTIDAD PRECIO FECHA RÍO ZONA DE RECOLECTADA PROMEDIO DESTINO NOMBRE DE ACOPIADOR O COMERCIANTE (Días) RECOLECCIÓN (KG.) S/. x KG. Observaciones: ___________________________________________________________________ ___________________________________________________________________ ______________________________________ ___________________________________________________________________ Nombre y Firma del Representante 9039