Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2002 (22/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, miercoles 22 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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PODER EJECUTIVO
DECRETOS DE URGENCIA
Amplian objeto social del FONCODES y modifican el Proyecto de Emergencia Social Productiva Area Rural - PESP RURAL
DECRETO DE URGENCIA Nº 023-2002
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 117-2001, se creo el Proyecto de Emergencia Social Productiva Area Rural - PESP RURAL, a cargo del Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES; Que, el Gobierno en el MORDAZA de su politica de asistencia y apoyo social a la poblacion afectada por los sismos ocurridos el 23 de junio y 8 de agosto del 2001, en el ambito de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, Tacna, MORDAZA y MORDAZA, a traves del Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda MIVIVIENDA y el Banco de Materiales - BANMAT, viene implementando programas de financiamiento y creditos preferenciales a favor de los damnificados de los aludidos sismos destinados a la construccion, reconstruccion y rehabilitacion de sus viviendas afectadas ubicadas en la MORDAZA urbana; Que, concordantemente con lo MORDAZA senalado, tambien es proposito del Gobierno resolver el problema de vivienda producido por los sismos en la poblacion ubicada en el ambito rural, donde no menos del 55% de las viviendas han quedado danadas o destruidas; Que, en tal sentido, resulta imprescindible el financiamiento de proyectos de inversion social que permitan la reconstruccion y/o rehabilitacion de las viviendas ubicadas en los sectores de poblacion alto MORDAZA que por su condicion de pobreza o pobreza extrema no tienen posibilidades de acceder a programas crediticios; Que, de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 657 y Decreto Ley Nº 26157, el Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social -FONCODES- tiene como funcion desarrollar las actividades tendentes a mejorar las condiciones de MORDAZA y la generacion de empleo e ingresos de las poblaciones pobres del MORDAZA financiando proyectos de inversion social ejecutados por los Nucleos Ejecutores; razon por la cual, dada su naturaleza social y de emergencia, se hace necesario encargar el financiamiento de las viviendas afectadas por los sismos ocurridos en el sur del MORDAZA a dicha entidad, lo que implica ampliar en forma excepcional y transitoria el ambito de accion de FONCODES autorizandolo a financiar proyectos de inversion social que beneficiaran a los damnificados en forma individual en el ambito rural e inclusive en aquellas Capitales de Distrito que esten consideradas como ambito urbano; Que, asimismo, y a efectos de viabilizar el ambito de intervencion y focalizacion del Proyecto de Emergencia Social Productiva Area Rural - PESP RURAL, constituido mediante el Decreto de Urgencia Nº 117-2001, es necesario modificar el ambito de intervencion del mismo, con la finalidad de ampliar sus lineas de accion, asi como permitir el financiamiento de obras de mejoramiento, recuperacion, mantenimiento y/o construccion en aquellas capitales de distrito que esten consideradas como ambito MORDAZA, lo cual guarda concordancia con la facultad a conferir a FONCODES, mediante el presente Decreto de Urgencia; Que, existen razones de interes nacional que justifican la expedicion de la presente medida extraordinaria, con el objeto de revertir el problema de la vivienda de los damnificados de los referidos sismos, contribuyendo a la generacion de empleo temporal en beneficio del ingreso economico de las familias afectadas, propiciando a su vez la reactivacion economica de sus comunidades; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto - Ampliacion del Objeto Social de FONCODES FONCODES, en forma excepcional, por un termino no mayor de 2 anos podra financiar proyectos de inver-

MORDAZA social destinados a la construccion y/o rehabilitacion de viviendas en el ambito rural e inclusive en Capitales de Distrito que pudieran ser consideradas como ambito urbano. Dichos proyectos tendran como beneficiarios a las personas naturales damnificadas por los sismos ocurridos en el sur del MORDAZA, de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, Tacna, MORDAZA (provincias de MORDAZA de MORDAZA MORDAZA y Parinacochas) y MORDAZA (provincia de Antabamba). Articulo 2º.- Modificacion del Proyecto de Emergencia Social Productiva Area Rural - PESP RURAL Modifiquese el numeral 2.1 del Articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 117-2001, en los terminos siguientes: "2.1 EL PESP RURAL tiene como funcion la creacion de empleo temporal, la generacion de ingresos y el mejoramiento, recuperacion, mantenimiento y/o construccion de infraestructura, asi como de lineas de inversion relativas a fines agropecuarios, turisticos, arqueologicos, ambientales, artesanales y acuicolas, existentes en las comunidades rurales, centros poblados e inclusive en aquellas Capitales de Distrito que esten consideradas como ambito MORDAZA, con la participacion de los municipios y otras entidades a nivel local, de acuerdo a los criterios de focalizacion que establezca FONCODES". Articulo 3º.- Normas Reglamentarias Mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de la Presidencia, se aprobaran las normas reglamentarias o complementarias que resulten necesarias para la mejor aplicacion del presente Decreto de Urgencia. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de la Presidencia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de MORDAZA del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 9131

PCM
Establecen disposiciones para la fusion por absorcion de diversos proyectos administrados por el PRONAMACHCS en el FONCODES
DECRETO SUPREMO Nº 036-2002-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, se declara al Estado Peruano en MORDAZA de Modernizacion, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo el mismo. En este sentido, la nueva gestion publica tendra que estar orientada al servicio del ciudadano, a la mejora de los servicios prestados y a la obtencion de resultados susceptibles de medicion; Que, es un mandato de la Ley Nº 27658 evitar la duplicidad o superposicion de competencias, funciones y atribuciones entre sectores y entidades; Que, constituye objetivo estrategico asegurar la eficacia y eficiencia de los programas sociales de alivio a la pobreza a cargo del Poder Ejecutivo, asi como apoyar el MORDAZA de la descentralizacion creando capacidad en el nivel local;

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