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Pág. 223452 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de mayo de 2002 ECONOMÍA Y FINANZAS Aceptan donación que será destinada a damnificados del terremoto ocurrido en el Sur del Perú el año 2001 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 141-2002-EF Lima, 17 de mayo de 2002 CONSIDERANDO: Que, Asia Africa Cooperation Envvironment Center de Japón ha efectuado una donación a favor del Gobierno del Perú - Despacho Presidencial consistente en diversos bie- nes usados destinados como ayuda a los damnificados del terremoto ocurrido en el Sur del Perú el año de 2001; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordena- do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferen- cia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de En- tidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artí- culo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regulariza- ción, la donación efectuada por Asia Africa Cooperation Envvironment Center de Japón, a favor del Gobierno del Perú - Despacho Presidencial consistente en 784 cajas con- teniendo ropa y frazadas, usadas, con un valor aproximado de ¥ 519 120,00 (Quinientos Diecinueve Mil Ciento Veinte y 00/100 Yenes), según Carta de Donación de fecha 13 de julio de 2001. Dicha donación ha sido destinada como ayu- da a los damnificados del terremoto ocurrido en el Sur del Perú el año 2001. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Ar- tículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del señor RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros LUIS CHANG REYES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción Encargado de la Cartera de Economía y Finanzas 9133 Aprueban donaciones efectuadas por instituciones de Japón, EE.UU. y la Re- pública Popular China a favor del Gobierno del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 142-2002-EF Lima, 17 de mayo de 2002CONSIDERANDO: Que, Asia Africa Cooperation Environment Center de Japón ha efectuado una donación a favor del Gobierno del Perú - Despacho Presidencial consistente en diversos bie- nes usados destinados como ayuda a los damnificados del terremoto ocurrido en el Sur del Perú el año 2001; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordena- do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferen- cia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de En- tidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artí- culo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regulariza- ción, la donación efectuada por Asia Africa Cooperation Environment Center de Japón, a favor del Gobierno del Perú - Despacho Presidencial consistente en 321 paquetes con- teniendo ropa, frazadas y bicicletas, usadas, con un valor aproximado de ¥ 353 500,00 (Trescientos Cincuenta y Tres Mil Quinientos y 00/100 Yenes), según Carta de Donación de fecha 17 de julio de 2001. Dicha donación ha sido desti- nada como ayuda a los damnificados del terremoto ocurri- do en el Sur del Perú el año 2001. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Ar- tículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del señor RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros LUIS CHANG REYES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción Encargado de la Cartera de Economía y Finanzas 9134 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 143-2002-EF Lima, 17 de mayo de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Gobierno de la República Popular China a tra- vés de su Embajada en el Perú ha efectuado una donación a favor del Gobierno del Perú - Despacho Presidencial, con- sistente en diversos bienes; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordena- do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferen- cia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de En- tidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artí- culo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regulariza- ción, la donación efectuada por el Gobierno de la Repú-