Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2002 (28/05/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 28 de MORDAZA de 2002

Que, el numeral 13.3 del Articulo 13º de la Ley Nº 27573, dispone que la tramitacion de Escalas Remunerativas a las que se refiere el Articulo 52º de la Ley Nº 27209, incluidas las que se encuentran en MORDAZA de aprobacion, debera efectuarse, sin excepcion, dentro del monto aprobado en el Presupuesto Institucional del Pliego; Que, en el MORDAZA de los dispositivos MORDAZA citados es necesario aprobar la politica remunerativa del personal del Patronato del MORDAZA de las Leyendas: "Felipe MORDAZA Barreda", tambien identificado como "PATPAL MORDAZA MORDAZA Barreda"; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 52º de la Ley Nº 27209 -Ley de Gestion Presupuestaria del Estado- y el numeral 13.3 del Articulo 13º de la Ley Nº 27573 -Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebese la politica remunerativa del Pliego Patronato del MORDAZA de las Leyendas "Felipe MORDAZA Barreda", tambien identificado como "PATPAL MORDAZA MORDAZA Barreda", de acuerdo al Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Prohibase, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, la percepcion por parte del trabajador de cualquier otro ingreso, subvencion o asignacion por cualquier concepto o fuente de financiamiento, en especie o dinerario, en forma adicional al monto MORDAZA establecido en la presente Escala. Articulo 3º.- El egreso que origine la aplicacion de lo dispuesto en el Articulo 1º del presente Decreto Supremo, se atendera con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Articulo 4º.- Dejase en suspenso las normas que se opongan a lo dispuesto en el presente dispositivo. Articulo 5º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas ANEXO POLITICA REMUNERATIVA 2002 DEL PATPAL 1. La remuneracion MORDAZA mensual por todo concepto, aplicable por categorias se fijara conforme a: CATEGORIAS Director Ejecutivo Gerente Asesor Jefe de Oficina Jefe de Division Profesional III Profesional II Profesional I Tecnico III Tecnico II Tecnico I REMUNERACION MORDAZA (Nuevos Soles) 7 500 6 500 5 800 5 800 4 500 3 800 3 200 2 600 2 050 1 750 1 600

en ejecucion de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo, dentro de los diez (10) dias de adoptada la accion. 9519

EDUCACION
Establecen plazo para que Institutos Superiores y Escuelas de Formacion Docente subsanen observaciones en sus expedientes de reinscripcion
DECRETO SUPREMO Nº 013-2002-ED
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento General de los Institutos Superiores Pedagogicos y Escuelas Superiores de Formacion Docente Publicos y Privados, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0232001-ED, se dispuso que los Institutos Superiores Pedagogicos autorizados se reinscriban presentando personalmente una Declaracion Jurada de actualizacion de datos, segun formato proporcionado por la Direccion Nacional de Formacion y Capacitacion Docente del Ministerio de Educacion, ante el personal de la misma, de junio a diciembre de 2001; Que, a la fecha existen Institutos Superiores Pedagogicos y Escuelas Superiores de Formacion Docente que no han cumplido la disposicion referida en el considerando precedente, o que habiendo presentado sus expedientes de reinscripcion han tenido observaciones subsanables; Que, como parte de su rol promotor el Estado dentro de sus lineamientos de politica educativa tiene el proposito de regularizar la situacion de los referidos institutos, por lo que resulta necesario ampliar excepcionalmente el plazo senalado en el primer considerando del presente Decreto Supremo; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del Articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED, 00296-ED y 023-2001-ED; DECRETA: Articulo 1º.- Los Institutos Superiores Pedagogicos y Escuelas de Formacion Docente cuyos expedientes de reinscripcion tuvieron observaciones subsanables, podran subsanarlas hasta el 30 de junio del presente ano. Articulo 2º.- El Ministerio de Educacion no autorizara nuevas metas de ingresantes a los Institutos y Escuelas que no cumplan con subsanar sus respectivos expedientes dentro del plazo indicado en el Articulo 1º, los cuales culminaran su actividad academica con los estudiantes que ratificaron sus matriculas en los diferentes ciclos. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 9518

2. El Directorio o la mas alta autoridad de la entidad o quien estos deleguen, debera fijar el monto que le corresponda a cada trabajador tomando en consideracion la evaluacion de su desempeno. En ningun caso el monto fijado para cada trabajador podra superar el monto MORDAZA establecido, en la presente Escala. 3. El Patronato del MORDAZA de las Leyendas "Felipe MORDAZA Barreda", tambien identificado como "PATPAL MORDAZA MORDAZA Barreda" solo reconocera al personal a su servicio doce (12) remuneraciones continuas al ano mas un (1) MORDAZA por aguinaldo de MORDAZA Patrias y otro (1) por Navidad. 4. La presente escala remunerativa es de aplicacion a partir de la fecha de publicacion de la presente MORDAZA y se financia con cargo al Presupuesto aprobado a favor del Patronato del MORDAZA de las Leyendas por la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. 5. El Patronato del MORDAZA de las Leyendas debera informar al Viceministro de Hacienda las acciones que efectue

ENERGIA Y MINAS
Autorizan viaje de personal de ELECTROPERU S.A. para asistir a curso de capacitacion: "Sistema de Supervision y Control P320", que se realiza en MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 256-2002-EM/DM
MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2002

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