Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2002 (31/05/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 31 de MORDAZA de 2002

vicio de Dotacion de Personal de Seguridad Interna y Externa de la Municipalidad de Brena; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 1960-2001DA/MDB se designo al Comite Especial para llevar a cabo el Concurso Publico Nacional Nº 002-2002-CE/ MDB para la prestacion de Servicio de Dotacion de Personal de Seguridad Interna y Externa en la Municipalidad de Brena; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 012-2002-DA/ MDB, se aprobaron las Bases del Concurso Publico Nacional Nº 002-2002-CE/MDB y se autorizo la convocatoria de la misma; Que, con fecha 10 de MORDAZA de 2002 se realizo el Acto de MORDAZA de Propuestas, habiendose presentado 2 postores, siendo los siguientes: Taurus Service SRL y MORDAZA Service EIRL, habiendo el Comite declarado conforme el Sobre Nº 1 Propuesta Tecnica de todos los postores; Que, el dia 17 de MORDAZA de 2002 se llevo a cabo el Acto de Otorgamiento de Buena Pro en el cual se indicaron los puntajes obtenidos por cada Empresa postora en la Evaluacion Tecnica realizada por el Comite Especial, luego de lo cual se evaluo las propuestas economicas, habiendose otorgado la Buena Pro a la MORDAZA Service EIRL por haber alcanzado el MORDAZA puntaje; Que, dentro del plazo de ley estipulado, el postor Taurus Service SRL, presenta Recurso de Apelacion sobre el Acto de Otorgamiento de Buena Pro; Que, con el documento de vistos, los integrantes del Comite Especial manifiestan que al momento de la evaluacion tecnica, han podido advertir que las Bases integradas no han incluido criterios de calificacion objetivos, como para poder efectuar una seleccion idonea, impidiendo con ello la mas amplia y objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participacion de postores; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 40º del D.S. Nº 013-2001-PCM, las caracteristicas y/o especificaciones tecnicas, los requerimientos tecnicos asi como los factores de evaluacion, deberan sujetarse a criterios de razonabilidad y objetivos congruentes con el servicio requerido; Que, la transgresion de lo senalado anteriormente ha conllevado al Comite Especial a evaluar incorrectamente a los postores, lo cual no ha cumplido con los principios de transparencia y trato MORDAZA e igualitario previstos en el Art. 3º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Art. 26º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que el Titular del Pliego podra de oficio declarar la nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causales establecidas en el Art. 57º de la Ley, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato; Que, el Art. 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, preve las causales para declarar nulo los actos administrativos, debiendo expresarse a que etapa se debe retrotraer el MORDAZA de seleccion; Que, de conformidad con lo establecido en el Art. 47º inciso 6) de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades, por lo dispuesto en el D.S. Nº 012-2001-PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el D.S. Nº 013-2001PCM; Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la NULIDAD de Oficio del MORDAZA de Seleccion del Concurso Publico Nacional Nº 002-2002-CE/MDB para la prestacion de Servicio de Dotacion de Personal de Seguridad Interna y Externa en la Municipalidad de Brena. Articulo Segundo.- Retrotraer el MORDAZA a la Etapa de Formulacion de Bases, debiendo contener todas las caracteristicas y condiciones a que se hace referencia en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Articulo Tercero.- No procede pronunciarse sobre el Recurso de Apelacion presentado por el postor Taurus Service SRL, por los argumentos senalados en la parte resolutiva de la presente Resolucion.

Articulo Cuarto.- Disponer que la Secretaria General, notifique al Comite Especial y a los interesados con la presente Resolucion. Articulo Quinto.- Disponer la publicacion de la Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de cinco (5) dias habiles de emitida. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 9793

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Prorrogan fecha de vencimiento para el pago de la MORDAZA cuota del Impuesto Predial y Arbitrios del ano 2002
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2002
MORDAZA MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el Articulo 15º de la Ley de Tributacion Municipal establece que el Impuesto Predial podra cancelarse al contado o en forma fraccionada. En el presente caso el vencimiento de la MORDAZA Cuota del Impuesto Predial esta constituido por el ultimo dia habil del mes de MORDAZA del 2002; Que, asimismo mediante Ordenanza Nº 84/MJM se aprobaron las Tasas de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana correspondiente al ejercicio 2002, para la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA contemplandose el vencimiento de la MORDAZA Cuota para el dia 31 de MORDAZA del 2002; Que el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante D.S. Nº 135-99-EF, en su Articulo 29º establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado, con caracter general, por la Administracion; En uso de las facultades conferidas en el Articulo 47º inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, con cargo de dar cuenta al Concejo; DECRETA: Articulo Primero.- Prorrogar hasta el 7 de junio del presente ano el vencimiento para el pago de la MORDAZA cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al ano 2002. Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Administracion de Tributos y Rentas el cumplimiento del presente Decreto y a la Oficina de Imagen Institucional la difusion del mismo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa Encargada de la Alcaldia 9795

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Prorrogan declaracion de emergencia de la MORDAZA Comercial de Upis Huascar
ACUERDO DE CONCEJO Nº 028
San MORDAZA de Lurigancho, 15 de MORDAZA de 2002 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO

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