Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2002 (31/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 57

Pág. 223955 NORMAS LEGALES Lima, viernes 31 de mayo de 2002 tendente Nacional de los Registros Públicos Nº 131-96- SUNARP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a doña DIANA ESMILDA OSNAYO PAZOS DE REYNOSO, para ejercer el cargo de Martillero Público a nivel Nacional, con sujeción a las leyes y disposiciones vigentes sobre la materia. Artículo Segundo.- Conceder a doña Diana Esmilda Osnayo Pazos de Reynoso, la habilitación correspondien- te, a fin de que ejerza sus funciones durante el primer se- mestre del año 2002. Artículo Tercero.- La presente Resolución constituye el título respectivo al que se refiere el Artículo 116º del Código de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948, debiendo anotarse en el Registro de Martilleros Públicos de la Oficina Registral de Lima y Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese. C. HERNÁN MARTÍNEZ QUIÑONES Jefe de la Oficina Registral de Lima y Callao 9612 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 627-2002-ORLC/JE Lima, 23 de mayo de 2002 Visto, el expediente organizado por doña MALKA MAYA ALBARRACÍN, sobre obtención del título de Martillero Público a nivel nacional y el Informe Nº 036-2002-ORLC/GPN del 17 de mayo del 2002; emitido por el Registro de Martilleros Públicos; CONSIDERANDO: Que, la interesada ha cumplido co lo establecido en el Decreto Supremo Nº 011-2002-JUS, Texto Único de Proce- dimientos Administrativos del Sistema Nacional de los Re- gistros Públicos; con el Artículo 116º del Código de Comer- cio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948; y con el Re- glamento de Martilleros Públicos, aprobado por Resolución Suprema del 27 de mayo de 1914, reuniendo los requisitos necesarios para el desempeño del cargo de Martillero Pú- blico a nivel nacional, según se desprende de la documen- tación que acompaña su pedido; Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la Resolu- ción Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, modificada por Resolu- ción Suprema Nº 010-92-ICTI/DM, que establece las mo- dalidades de garantía que deben prestar los que deseen ejercer el cargo de Martillero Público, la recurrente ha op- tado por otorgar garantía efectiva a favor de la Oficina Re- gistral de Lima y Callao hasta por Una y Media Unidades Impositivas Tributarias (U.I.T.), mediante Depósito Adminis- trativo Nº 2002000601607 del Banco de la Nación; Que, de conformidad con el Artículo 3º concordado con el Artículo 6º de la Resolución antes indicada, al inicio de cada semestre los Martilleros Públicos que desean conti- nuar ejerciendo el cargo, se encuentran obligados a actua- lizar la garantía constituida a favor de la Oficina Registral de Lima y Callao; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 8º del Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Fun- ciones de la Oficina Registral de Lima y Callao, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Pú- blicos Nº 185-96-SUNARP, la Resolución Nº 022-95-SUNARP, los Artículos 28º y 29º del Estatuto de la SUNARP aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS, y lo dispuesto por el Artí- culo 1º de la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 131-96-SUNARP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a doña MALKA MAYA AL- BARRACÍN, para ejercer el cargo de Martillero Público a nivel Nacional, con sujeción a las leyes y disposiciones vi- gentes sobre la materia. Artículo Segundo.- Conceder a doña Malka Maya Al- barracín, la habilitación correspondiente, a fin de que ejer- za sus funciones durante el primer semestre del año 2002. Artículo Tercero.- La presente Resolución constituye el título respectivo al que se refiere el Artículo 116º del Código de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948, debiendo anotarse en el Registro de Martilleros Públicos de la Oficina Registral de Lima y Callao.Regístrese, comuníquese y publíquese. C. HERNÁN MARTÍNEZ QUIÑONES Jefe de la Oficina Registral de Lima y Callao 9613 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 628-2002-ORLC/JE Lima, 23 de mayo de 2002 Visto, el expediente organizado por don ROODY WILL- VER CÁCERES TORRES, sobre obtención del título de Martillero Público a nivel nacional y el Informe Nº 037-2002- ORLC/GPN del 17 de mayo del 2002; emitido por el Regis- tro de Martilleros Públicos; CONSIDERANDO: Que, el interesado ha cumplido co lo establecido en el Decreto Supremo Nº 011-2002-JUS, Texto Único de Proce- dimientos Administrativos del Sistema Nacional de los Re- gistros Públicos; con el Artículo 116º del Código de Comer- cio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948; y con el Re- glamento de Martilleros Públicos, aprobado por Resolución Suprema del 27 de mayo de 1914, reuniendo los requisitos necesarios para el desempeño del cargo de Martillero Pú- blico a nivel nacional, según se desprende de la documen- tación que acompaña su pedido; Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la Resolu- ción Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, modificada por Resolu- ción Suprema Nº 010-92-ICTI/DM, que establece las mo- dalidades de garantía que deben prestar los que deseen ejercer el cargo de Martillero Público, el recurrente ha op- tado por otorgar garantía efectiva a favor de la Oficina Re- gistral de Lima y Callao hasta por Una y Media Unidades Impositivas Tributarias (U.I.T.), mediante Depósito Adminis- trativo Nº 2002000601608 del Banco de la Nación; Que, de conformidad con el Artículo 3º concordado con el Artículo 6º de la Resolución antes indicada, al inicio de cada semestre los Martilleros Públicos que desean continuar ejer- ciendo el cargo, se encuentran obligados a actualizar la garan- tía constituida a favor de la Oficina Registral de Lima y Callao; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 8º del Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Registral de Lima y Callao, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Regis- tros Públicos Nº 185-96-SUNARP, la Resolución Nº 022-95- SUNARP, los Artículos 28º y 29º del Estatuto de la SUNARP aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS, y lo dispuesto por el Artículo 1º de la Resolución del Superintendente Nacio- nal de los Registros Públicos Nº 131-96-SUNARP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a don ROODY WILLVER CÁCERES TORRES, para ejercer el cargo de Martillero Público a nivel Nacional, con sujeción a las leyes y disposi- ciones vigentes sobre la materia. Artículo Segundo.- Conceder a don Roody Willver Cáce- res Torres, la habilitación correspondiente, a fin de que ejerza sus funciones durante el primer semestre del año 2002. Artículo Tercero.- La presente Resolución constituye el título respectivo al que se refiere el Artículo 116º del Código de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948, debiendo anotarse en el Registro de Martilleros Públicos de la Oficina Registral de Lima y Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese. C. HERNÁN MARTÍNEZ QUIÑONES Jefe de la Oficina Registral de Lima y Callao 9614 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 629-2002-ORLC/JE Lima, 23 de mayo de 2002 Visto, el expediente organizado por don JESÚS LEO- NARDO MELCHOR VERA VILLENA, sobre obtención del título de Martillero Público a nivel nacional y el Informe Nº 038-2002-ORLC/GPN del 17 de mayo del 2002; emitido por el Registro de Martilleros Públicos;