Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2002 (31/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 31 de MORDAZA de 2002

20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros (e) 9705

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso h) del Articulo 19º del TUO, esta exonerada de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, la contratacion de servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento del TUO aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, en adelante el Reglamento; Que, en el Articulo 111º del Reglamento se precisa que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, adicionalmente se precisa que la evaluacion de las caracteristicas o habilidades del locador debera ser objetiva y se efectuara en funcion de la naturaleza de las prestaciones a su cargo, no pudiendo subcontratarse las prestaciones que se deriven de los contratos celebrados al MORDAZA del articulo en mencion; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros requiere contratar los servicios de consultoria y asesoria legal, asi como asistencia ante todo MORDAZA de autoridades, en asuntos de naturaleza penal, procesal penal o vinculados; Que, la absolucion de consultas en dichas materias requiere un alto grado de especializacion en las areas del derecho mencionadas y por su complejidad, se considera necesario que se contrate a un Estudio de Abogados que tenga una larga trayectoria y un solido prestigio asi como con profesionales que cuenten con una amplia experiencia en la materia y con una reconocida solvencia moral. Asimismo, se considera necesario que el Estudio a contratarse conozca en detalle los procesos penales recientemente iniciados por o contra la Institucion y que su desempeno anterior MORDAZA generado confianza respecto a su calidad personal y profesional; Que, en ese sentido, las consideraciones para su contratacion se refieren a las caracteristicas inherentes y especiales de quien preste los servicios, referidos a la calidad de sus profesionales, a su especializacion, al conocimiento especial que tenga de los procesos penales seguidos por o contra esta Superintendencia y a la confianza que genere en esta Institucion; Que, la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica considera que la contratacion de un Estudio de abogados que reuna las caracteristicas indicadas en los considerandos precedentes configura la causal prevista en el literal h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Articulo 111º de su Reglamento, por lo que resulta procedente exonerar su contratacion del MORDAZA de seleccion que le corresponde en funcion a su cuantia; Por tanto, de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Articulo 111º de su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos Nºs. 012 y 013-2001-PCM respectivamente; en uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros,Ley Nº 26702; y en uso de las facultades conferidas mediante Resolucion SBS Nº 1028-2001; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion de la contratacion de servicios de consultoria y asesoria especializada, asi como asistencia ante todo MORDAZA de autoridades en asuntos de naturaleza penal o vinculados, del MORDAZA de Concurso Publico que le corresponde en funcion a su cuantia. Articulo Segundo.- Autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General a contratar el indicado servicio mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia con cargo a los recursos propios de la Institucion, por el plazo de un ano. Articulo Tercero.- El valor referencial del servicio se ha estimado en US$ 80 000 (Ochenta mil y 00/100 Dolares Norteamericanos), incluidos los impuestos de ley. Articulo Cuarto.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administracion General remita MORDAZA de la presente Resolucion y del Informe Tecnico - Legal que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto en el Articulo

Aprueban contratacion de servicios de informacion economica y financiera especializada en tiempo real mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION SBS Nº 496-2002
MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2002 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca y Seguros es una institucion constitucionalmente autonoma, cuyo principal objetivo es proteger los intereses del publico supervisando las empresas de los Sistemas Financiero, de Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones, rigiendose por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias; Que, segun el requerimiento efectuado por la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones mediante Memorandum Nº 142-2002-SAAFP esta Institucion requiere contratar los servicios de informacion economica y financiera especializada en tiempo real que presta la empresa Bloomberg L.P, indispensable para el normal desarrollo de las actividades de supervision y control que ejerce este Organismo; Que, segun el requerimiento efectuado por la Superintendencia Adjunta de Banca mediante Memorandum Nº 060-2002-SAB senala que dentro de las funciones que desempena se encuentra la valorizacion de portafolios de inversion y posiciones en instrumentos financieros derivados de las empresas supervisadas, por lo cual requieren los servicios de informacion economica y financiera especializada en tiempo real que presta la empresa Bloomberg L.P; De conformidad con lo dispuesto en el literal f) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en adelante T.U.O., las adquisiciones y contrataciones de bienes o servicios que no admiten sustitutos estan exoneradas de los procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa que les correspondan. Estas adquisiciones o contrataciones se realizan mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia segun lo establecido en el Articulo 20º del T.U.O.; Por lo expuesto, en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS Nº 1028-2001 del 27 de diciembre de 2001, las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y, contando con la opinion favorable de las Superintendencias Adjuntas de Administracion General y Asesoria Juridica; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion para la contratacion del servicio referido en la parte considerativa de la presente Resolucion, y, consecuentemente autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General a contratar el indicado servicio mediante un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo Segundo.- El valor referencial del servicio por el periodo de 12 meses, asciende a la suma de US$ 47 000,00 (Cuarenta y siete mil y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America), que incluye todo concepto, gastos

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