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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (05/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 232655 NORMAS LEGALES Lima, martes 5 de noviembre de 2002 las Fuerzas Armadas del Perú, en el Sistema denomina- do "Evaluación Internacional de Procesos"; Que, en la citada Resolución se encarga a la Oficina de Servicios para Proyectos de la Organización de las Naciones Unidas - UNOPS, la organización, conducción y ejecución del proceso y/o procesos de Licitación Públi- ca mencionados, comprendiéndose la convocatoria, absolución de consultas, recepción de ofertas, calificación de postores, evaluación de las propuestas, otorgamiento de la Buena Pro y, en general, todo acto que sea necesa- rio para la realización del proceso y/o procesos de Licita- ción Pública; Que, la Oficina de Servicios para Proyectos de la Organización de las Naciones Unidas - UNOPS ha re- mitido las Bases de la Licitación por Invitación OSP/ PER/098/118, para la selección de Empresas de Segu- ros sobre la contratación de Seguros Patrimoniales, Personales y de Responsabilidades, para las Unidades Ejecutoras del Pliego 026: "Ministerio de Defensa", sien- do necesario aprobar dichas Bases, las mismas que regirán el Proceso de Licitación por invitación antes mencionado; Que, es necesario nombrar un Comité de Seguros del Ministerio de Defensa que tenga por funciones la absolu- ción de consultas que formulen los postores a la UNOPS dentro del Proceso de Selección, así como la atención de las solicitudes de asesoramiento, información o apoyo que requiera la UNOPS; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 434 - Ley Orgánica del Ministerio de Defensa, mo- dificado por el Decreto Legislativo Nº 743; y su Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-DE/SGMD de fecha 8.enero.1988; el Decreto Ley Nº 25565 y Decre- tos Supremos Nº 132-92-EF y Nº 133-92-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las Bases formuladas por la Ofi- cina de Servicios para Proyectos de la Organización de las Naciones Unidas - UNOPS, que regirán la Licitación por Invitación Nº OSP/PER/098/118, que se adjuntan a la presente Resolución y forman parte integrante de la mis- ma. Artículo 2º.- Nombrar el Comité de Seguros del Minis- terio de Defensa que tendrá por funciones la absolución de consultas que formulen los postores a la UNOPS den- tro del Proceso de Selección, así como la atención de las solicitudes de asesoramiento, información o apoyo que requiera la UNOPS. Artículo 3º.- El Comité de Seguros del Ministerio de Defensa estará conformado de la siguiente manera: -Unidad Ejecutora Nº 001 Capitán de Navío ADM José VARGAS Riva Director Ejecutivo de la Oficina General de Administración del Ministerio de Defensa. -Unidad Ejecutora Nº 002 Contralmirante Carlos TUBINO ARIAS SCHREIBER Jefe del Estado Mayor de las Fuerzas Armadas -Unidad Ejecutora Nº 003 General de División Wálter MARZULLO CASTILLO Comandante General del Comando Logístico del Ejército-Unidad Ejecutora Nº 004 Contralmirante Jorge AMPUERO TRABUCCO Director de Economía de la Marina -Unidad Ejecutora Nº 005 Mayor General Alberto SCHROTH MIER Y PROAÑO Director de Economía de la Fuerza Aérea Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 19479 ECONOMÍA Y FINANZAS Modifican artículo 5º del D.S. Nº 040- 2001-EF referido al mecanismo de su- bastas de fondos de entidades del sec- tor público en el sistema financiero DECRETO SUPREMO Nº 169-2002-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 040-2001- EF constituyó un Comité Especial encargado de dirigir, coordinar y supervisar el funcionamiento del mecanismo de subastas de fondos de las entidades del sector público en el sistema financiero, el mismo que está conformado por representantes del Viceministerio de Hacienda, Vice- ministerio de Economía y del Jefe del Gabinete de Aseso- res del Ministerio de Economía y Finanzas, señalando asimismo que la Secretaría Técnica del Comité estará a cargo del Viceministerio de Economía; Que, es necesario modificar la conformación del indi- cado Comité Especial; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el De- creto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Modifíquese el texto del artículo 5º del Decreto Supremo Nº 040-2001-EF, en los siguientes tér- minos: "Artículo 5º.- Constitúyase un Comité Especial encar- gado de dirigir, coordinar y supervisar el funcionamiento del mecanismo de subastas de fondos de las entidades del sector público en el sistema financiero. Dicho Comité estará conformado por representantes del Ministro de Economía y Finanzas, del Viceministerio de Hacienda y del Viceministerio de Economía. La Secretaría Técnica del Comité estará a cargo del Viceministerio de Economía." Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo, será re- frendado por el Ministro de Economía y Finanzas.