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Pág. 232668 NORMAS LEGALES Lima, martes 5 de noviembre de 2002 Con el visto bueno del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el artículo 27º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promo- ción del Empleo y los artículos 12º, literal d) y 78º del Re- glamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por la Resolu- ción Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Esta- do encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para que interponga las acciones legales correspondientes contra los que resul- ten responsables de los hechos señalados en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remítase la documentación y demás antecedentes del caso, al Procurador Público del Estado encargado de los asuntos judiciales del Sector Trabajo y Promoción del Empleo para los fines a los que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 19496 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a procurador para que en nombre del Estado se desista de recur- so de apelación interpuesto en proceso judicial relativo a vicios de obra RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 030-2002-MTC Lima, 4 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, con fecha 15.1.02 se emite la Resolución Ministe- rial Nº 030-2002-MTC-15.02 con lo cual se autoriza al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para que en nombre y representación del Estado inicie las acciones legales que correspondían contra el Contratista CIVITAS S.A., que tuvo a su cargo la construcción de la Unidad de Peaje de Samegua, ubicada en el departamento de Mo- quegua, por no haber cumplido con subsanar las deficien- cias constructivas detectadas durante el período de ga- rantía de 7 años; Que, en virtud de la Resolución Ministerial autoritativa el Procurador Público interpone ante el 4º Juzgado de Paz Letrado de Lima, acción derivada de Vicios de la Obra contra la empresa CIVITAS S.A. CONTRATISTAS GENE- RALES; Que, en dicho proceso judicial se ha interpuesto re- curso de apelación, al haber sido declarada improcedente la demanda; Que, con fecha 2.5.02 se firmó el Acta de Conformi- dad de Trabajos de Subsanación de Observaciones en- tre la Empresa CIVITAS S.A. CONTRATISTAS GENE- RALES y el PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUC- TURA DE TRANSPORTE NACIONAL - PROVÍAS NA- CIONAL, en la cual se constató la subsanación de las observaciones formuladas por la accionante, otorgán- dose la correspondiente conformidad de los trabajos a la demandada; Que, en virtud de lo expresado, carece de fundamento continuar con la acción judicial iniciada, al haber desapa- recido el supuesto de hecho y la pretensión que le dio origen; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 17537, Ley de Defensa Judicial del Estado;SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público a cargo de sus asuntos judiciales del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones, para que en nombre y repre- sentación del Estado se desista del Recurso de Apela- ción, interpuesto ante el 4º Juzgado de Paz Letrado de Lima, en los seguidos contra la Empresa CIVITAS S.A. CONTRATISTAS GENERALES, por acción derivada de Vicios de la Obra Unidad de Peaje de Samegua, por los fundamentos expresados en el cuarto considerando. Artículo Segundo.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Transportes y Comu- nicaciones. Regístrese y comuníquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 19513 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Aceptan renuncia formulada por Juez Suplente de la Corte Superior de Justi- cia del Cono Norte de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 300-2002-P-CSJCN/PJ Independencia, treinta de octubre del dos mil dos. VISTO: El documento presentado por el señor doctor Rafael Teodoro Ugarte Mauny, Juez Suplente del Décimo Segun- do Juzgado Penal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de vista, el referido Magistrado presenta su renuncia al cargo de Juez Su- plente del Décimo Segundo Juzgado Penal de esta Cor- te Superior de Justicia, sosteniendo que lo hace por ra- zones exclusivamente profesionales, para el cual ha le- galizado su firma por ante la Asesora Legal de esta Pre- sidencia; Que, el citado Magistrado se ha venido desempeñan- do desde el dos de enero del presente año, como Juez Suplente del Décimo Segundo Juzgado Penal, Judicatura al que ha sido designado mediante Resolución Adminis- trativa número cero tres- dos mil dos - P-CSJCN/PJ; Estando a la solicitud del señor Juez recurrente y sien- do el cargo de Magistrado Suplente un cargo de confian- za, esta Presidencia acepta su renuncia, dándosele las gracias por los servicios prestados; Y en uso de las conferidas al suscrito por el artículo noventa, incisos tercero y noveno de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Resolución Administrativa Nº 276-2002- P-CSJCN/PJ; la Presidencia; RESUELVE: Primero.- ACEPTAR a partir del día lunes cuatro de noviembre del presente año, la renuncia formulada por el señor doctor RAFAEL TEODORO UGARTE MAUNY, Juez Suplente del Décimo Segundo Juzgado Penal, al cargo de Juez Suplente de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima. Segundo.- Poner la presente resolución en conoci- miento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Corte Suprema de la República, Oficina de Control de la Magis- tratura, Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de