Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2002 (05/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, martes 5 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que la XII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno se llevara a cabo los dia 15 y 16 de noviembre del 2002, en la MORDAZA de Bavaro, Republica Dominicana; Que el Peru integra la Troika de la XII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, encargada de apoyar a la Secretaria Pro-Tempore en los trabajos y la organizacion de dicha Cumbre; Que, previamente a la reunion cumbre de los jefes de Estado y de Gobierno se realizara la III Reunion de Coordinadores Nacionales y de los Responsables de Cooperacion, entre el 12 y el 13 de noviembre del 2002; y la Reunion de Cancilleres Iberoamericanos el 14 de noviembre del 2002; Que, en consecuencia, es necesario designar la delegacion que participara en dicha reunion; De conformidad con el literal b) del articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; literales a) y m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de 6 de junio de 2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a la delegacion oficial que participara en la XII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, a realizarse en la MORDAZA de Bavaro, Republica Dominicana: - Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA Belevan-McBride, Coordinador Nacional de las Cumbres Iberoamericanas de Jefes de Estado y de Gobierno; - Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA, funcionario de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional; - Ingeniera MORDAZA MORDAZA MORDAZA, funcionaria de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional; - Ministra-Consejera en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rivas-Plata, Coordinadora Nacional Adjunta de las Cumbres Iberoamericanas de Jefes de Estado y de Gobierno; - Tercera Secretaria en el Servicio Diplomatico de la Republica, Jerica Yella Zanelli MORDAZA, funcionaria de la Direccion de Asuntos Politicos Multilaterales y de Seguridad de la Subsecretaria de Asuntos Multilaterales y Especiales. Articulo 2º.- Los gastos del personal que a continuacion se indica, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de la referida comision, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes US$ Emb. MORDAZA Belevan-McBride Min. Con. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Plata T.S. Jerica Yella Zanelli MORDAZA 920.00 920.00 920.00 Viaticos US$ del 12 al 16 de noviembre 1,440.00 1,440.00 1,440.00 Tarifa aeropuerto US$ 25.00 25.00 25.00

Articulo 6º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 19524

SALUD
Declaran nulidad de MORDAZA de seleccion de licitacion publica para la adquisicion de cartuchos y tinta
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1740-2002-SA/DM MORDAZA, 30 de octubre del 2002 VISTOS: El pliego absolutorio de Observaciones a las Bases de la Licitacion Publica Nacional Nº 0008-2002-MINSA para la Adquisicion de Cartuchos y Tinta, el Oficio Nº 23702002 (GTN/MON), el Oficio Nº 1079-2002-CE/LP08, el Oficio DEL Nº 2352-2002, el Oficio Nº 3322-2002-OGAJ, el Informe Nº 1574-2002-OGAJ; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM establece en el MORDAZA parrafo del Articulo 12º, la exigencia por parte de la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de coordinar con el area usuaria los estudios sobre las posibilidades que ofrece el MORDAZA, de modo que se cuente con la informacion para la descripcion y especificaciones de los bienes, servicios u obras, asi como para definir los valores referenciales de la adquisicion, la disponibilidad de los recursos y el MORDAZA de seleccion mediante el cual se realizara; Que, el Articulo 14º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que una Licitacion Publica sera Nacional si la adquisicion de bienes y suministros son producidos por empresas que cuentan con planta industrial instalada en el MORDAZA, e Internacional si los bienes y suministros a adquirirse no se elaboran en el pais; Que, el Articulo 52º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que los adquirientes de Bases podran formular observaciones a las mismas, las que deberan versar sobre el incumplimiento de las condiciones minimas que deben contemplar o de cualquier disposicion en materia de adquisiciones y contrataciones del Estado; Que, de la documentacion referida en vistos se observa que en el pliego de absolucion de Observaciones a las Bases de la Licitacion Publica Nacional Nº 0008-2002MINSA para la Adquisicion de Cartuchos y Tinta, el Comite Especial no ha procedido a absolver con claridad las razones por las cuales se determino el presente MORDAZA como Nacional y no como Internacional, limitandose solo a hacer mencion a la Resolucion Ministerial que aprobo su realizacion, no siendo suficiente ni sustentada dicha respuesta; Que, al respecto, el Oficio DEL Nº 2352-2002 senala que habiendo efectuado la verificacion de los productos a adquirirse mediante Licitacion Publica Nacional Nº 00082002-MINSA, estos son de origen importado, por lo que corresponden que se lleve a cabo a traves de una Licitacion Publica Internacional; Que, en este sentido se verifica la existencia de una contravencion a las disposiciones del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado con respecto a los criterios de clasificacion de los procesos de seleccion como Nacional o Internacional que establece el Articulo 14º de dicho cuerpo legal, la cual no fue corregida en la Absolucion de Observaciones ni en la integracion de las Bases;

Articulo 3º.- Los gastos que irrogue la participacion del Ministro MORDAZA MORDAZA y de la ingeniera MORDAZA MORDAZA MORDAZA, correran a cargo del Pliego Presupuestal de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional. Articulo 4º.- La Delegacion del Peru estara, ademas, integrada por el Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA MORDAZA de Rivero, Embajador en la Republica Dominicana, la Ministra Consejera MORDAZA Palermo y por el MORDAZA Secretario MORDAZA Bonelli, de la Embajada del Peru en la Republica Dominicana. La participacion de dichos funcionarios sera cubierta por la partida regular de gastos de la Embajada del Peru en la Republica Dominicana. Articulo 5º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a la citada reunion, el Coordinar Nacional y el Responsable de Cooperacion de las Cumbres Iberoamericanas presentaran un informe de los resultados, de acuerdo con las disposiciones vigentes.

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