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Pág. 232665 NORMAS LEGALES Lima, martes 5 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que la XII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Esta- do y de Gobierno se llevará a cabo los día 15 y 16 de noviembre del 2002, en la ciudad de Bávaro, República Dominicana; Que el Perú integra la Troika de la XII Cumbre Ibero- americana de Jefes de Estado y de Gobierno, encargada de apoyar a la Secretaría Pro-Tempore en los trabajos y la organización de dicha Cumbre; Que, previamente a la reunión cumbre de los jefes de Estado y de Gobierno se realizará la III Reunión de Coor- dinadores Nacionales y de los Responsables de Coope- ración, entre el 12 y el 13 de noviembre del 2002; y la Reunión de Cancilleres Iberoamericanos el 14 de noviem- bre del 2002; Que, en consecuencia, es necesario designar la delegación que participará en dicha reunión; De conformidad con el literal b) del artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; literales a) y m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciem- bre de 1992; la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de 6 de junio de 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a la delegación oficial que par- ticipará en la XII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Es- tado y de Gobierno, a realizarse en la ciudad de Bávaro, República Dominicana: - Embajador en el Servicio Diplomático de la Repúbli- ca, Harry Belevan-McBride, Coordinador Nacional de las Cumbres Iberoamericanas de Jefes de Estado y de Go- bierno; - Ministro en el Servicio Diplomático de la República Pedro Buitrón Buitrón, funcionario de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional; - Ingeniera Soledad Bernuy Morales, funcionaria de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional; - Ministra-Consejera en el Servicio Diplomático de la República, María Elvira Velásquez Rivas-Plata, Coordi- nadora Nacional Adjunta de las Cumbres Iberoamerica- nas de Jefes de Estado y de Gobierno; - Tercera Secretaria en el Servicio Diplomático de la República, Jerica Yella Zanelli Flores, funcionaria de la Dirección de Asuntos Políticos Multilaterales y de Seguri- dad de la Subsecretaría de Asuntos Multilaterales y Es- peciales. Artículo 2º.- Los gastos del personal que a continua- ción se indica, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión, de acuerdo al si- guiente detalle: Pasajes Viáticos US$ Tarifa US$ del 12 al 16 aeropuerto de noviembre US$ Emb. Harry Belevan-McBride 920.00 1,440.00 25.00 Min. Con. María Elvira Velásquez Rivas Plata 920.00 1,440.00 25.00 T.S. Jerica Yella Zanelli Flores 920.00 1,440.00 25.00 Artículo 3º.- Los gastos que irrogue la participación del Ministro Pedro Buitrón y de la ingeniera Soledad Ber- nuy Morales, correrán a cargo del Pliego Presupuestal de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional. Artículo 4º.- La Delegación del Perú estará, además, integrada por el Embajador en el Servicio Diplomático de la República, don Alberto Gálvez de Rivero, Embajador en la República Dominicana, la Ministra Consejera Hilda Palermo y por el Segundo Secretario Gustavo Bonelli, de la Embajada del Perú en la República Dominicana. La participación de dichos funcionarios será cubierta por la partida regular de gastos de la Embajada del Perú en la República Dominicana. Artículo 5º.- Dentro de los quince (15) días calenda- rio siguientes a la citada reunión, el Coordinar Nacional y el Responsable de Cooperación de las Cumbres Ibero- americanas presentarán un informe de los resultados, de acuerdo con las disposiciones vigentes.Artículo 6º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de nin- guna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 19524 SALUD Declaran nulidad de proceso de selec- ción de licitación pública para la ad- quisición de cartuchos y tinta RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1740-2002-SA/DM Lima, 30 de octubre del 2002 VISTOS: El pliego absolutorio de Observaciones a las Bases de la Licitación Pública Nacional Nº 0008-2002-MINSA para la Adquisición de Cartuchos y Tinta, el Oficio Nº 2370- 2002 (GTN/MON), el Oficio Nº 1079-2002-CE/LP08, el Oficio DEL Nº 2352-2002, el Oficio Nº 3322-2002-OGAJ, el Informe Nº 1574-2002-OGAJ; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM establece en el segundo pá- rrafo del Artículo 12º, la exigencia por parte de la depen- dencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de coordinar con el área usuaria los estudios sobre las posibilidades que ofrece el mercado, de modo que se cuen- te con la información para la descripción y especificaciones de los bienes, servicios u obras, así como para definir los valores referenciales de la adquisición, la disponibilidad de los recursos y el proceso de selección mediante el cual se realizará; Que, el Artículo 14º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que una Licitación Pública será Nacional si la adquisición de bie- nes y suministros son producidos por empresas que cuen- tan con planta industrial instalada en el país, e Internacio- nal si los bienes y suministros a adquirirse no se elaboran en el país; Que, el Artículo 52º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado establece que los adquirientes de Bases podrán formular observaciones a las mismas, las que deberán versar sobre el incumpli- miento de las condiciones mínimas que deben contem- plar o de cualquier disposición en materia de adquisiciones y contrataciones del Estado; Que, de la documentación referida en vistos se obser- va que en el pliego de absolución de Observaciones a las Bases de la Licitación Pública Nacional Nº 0008-2002- MINSA para la Adquisición de Cartuchos y Tinta, el Comi- té Especial no ha procedido a absolver con claridad las razones por las cuales se determinó el presente proceso como Nacional y no como Internacional, limitándose sólo a hacer mención a la Resolución Ministerial que aprobó su realización, no siendo suficiente ni sustentada dicha respuesta; Que, al respecto, el Oficio DEL Nº 2352-2002 señala que habiendo efectuado la verificación de los productos a adquirirse mediante Licitación Pública Nacional Nº 0008- 2002-MINSA, éstos son de origen importado, por lo que corresponden que se lleve a cabo a través de una Licita- ción Pública Internacional; Que, en este sentido se verifica la existencia de una contravención a las disposiciones del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado con respecto a los criterios de clasificación de los procesos de selección como Nacional o Internacional que estable- ce el Artículo 14º de dicho cuerpo legal, la cual no fue corregida en la Absolución de Observaciones ni en la integración de las Bases;