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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (05/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 232657 NORMAS LEGALES Lima, martes 5 de noviembre de 2002 De conformidad con la Ley Nº 27594, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 051-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar a partir de la fecha de la presen- te Resolución, la renuncia presentada por don Rafael Al- fonso Jesús Roberto Cáceres Molina, como Jefe de la Unidad de Promoción Escolar de Cultura y Deporte, de- pendiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, cargo considerado de confian- za, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación 19476 Designan a Jefe de la Unidad de Promo- ción Escolar de Cultura y Deporte del ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1148-2002-ED Lima, 31 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Uni- dad de Promoción Escolar de Cultura y Deporte, depen- diente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Mi- nisterio de Educación, cargo considerado de confianza; Que, el Artículo 7º, Disposición Transitoria de la Ley Nº 27594, establece que mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombra- miento de los actuales funcionarios con cargo de confian- za no contemplados en el Artículo 1º de la mencionada Ley; De conformidad con la Ley Nº 27594, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 051-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha de la presente Resolución, a don ENRIQUE CONRADO PÉREZ OLIVOS, como Jefe de la Unidad de Promoción Escolar de Cultura y Deporte, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación 19477Autorizan viaje de Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú a Brasil para participar en la XIII Asamblea General de ABINIA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1149-2002-ED Lima, 31 de octubre de 2002 Visto, el Oficio Nº 1028-2002-BNP/DN del Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú y demás do- cumentos; CONSIDERANDO: Que mediante carta de fecha 3 de octubre de 2002, la Presidenta de la Asociación de Estados Iberoamericanos para el Desarrollo de las Bibliotecas Nacionales de los Países de Iberoamérica (ABINIA) ha cursado invitación al Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, doc- tor Sinesio López Jiménez, para participar en la XIII Asam- blea General de ABINIA, a realizarse en la ciudad de Río de Janeiro, Brasil, del 11 al 14 de noviembre; Que con documento del visto, el Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú solicita autorización de viaje para asistir a la citada Asamblea, en su calidad de miem- bro del Consejo de Directores de ABINIA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto de Urgencia Nº 030-2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del doctor Sinesio Ló- pez Jiménez, Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, a la ciudad de Río de Janeiro, Brasil, del 10 al 15 de noviembre de 2002, para los fines expuestos en la par- te considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irroguen el cumplimiento de la presente Resolución serán sufragados con cargo al presupuesto de la Biblioteca Nacional del Perú, de acuer- do al siguiente detalle: - Viáticos :$1,200.00 - Pasajes :$ 720.98 - Tarifa CORPAC :$ 25.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calenda- rio siguientes de efectuado el viaje, el funcionario cuyo viaje se autoriza, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados ob- tenidos durante el viaje autorizado. En caso de no realizarse el viaje autorizado, corres- ponde la inmediata devolución de los montos entregados al día siguiente de la suspensión del viaje. Para tales efec- tos, no será necesaria otra Resolución que deje sin efecto la autorización correspondiente, de acuerdo con lo dis- puesto en el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM.