TEXTO PAGINA: 17
Pág. 232835 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de noviembre de 2002 Secretaría de ONP Apelación: Gerencia Coordinación y de Operaciones. Asuntos Administrativos D. Ley Nº 20530, Arts. 25º,Copia simple legible del documento Copia simple legible del documento de identidad vigente del solicitante 27º, 34º y 35º; de identidad vigente del o representante legal. Ley Nº 25008, solicitante o representante legal. Arts. 1º y 2º. Solicitud del recurrente o de Solicitud del recurrente o de su representante legal requiriendo pensión de orfandad, su representante legal requiriendo con indicación de su dirección domiciliaria. pensión de orfandad, con indicación Para el caso que el solicitante sea tutor, documento que lo acredite como tal. de su dirección domiciliaria. Proyecto de Resolución. Para el caso que el solicitante sea tutor, Proyecto de liquidación, de considerarse procedente. documento que lo acredite como tal. Informe Técnico Legal. Acta de Defunción del causante: Legajo Personal del causante; con inclusión de la Resolución de reconocimiento original o copia fedateada por de derecho a pensión de cesantía, de haberse emitido. el funcionario competente de la entidad, Acta de Defunción del causante: original o copia fedateada por el funcionario máximo tres meses de antigüedad. competente de la entidad, máximo tres meses de antigüedad. Partida de nacimiento de los hijos menores Partida de nacimiento de los hijos menores de edad del causante: copia certificada de edad del causante: copia certificada expedida por la Municipalidad respectiva, máximo tres meses de antigüedad. expedida por la Municipalidad respectiva, máximo tres meses de antigüedad. D. Ley Nº 20530, Art. 34ºEn caso de ser hijo adoptivo: En caso de ser hijo adoptivo: Inc. a) Resolución que declare haberse realizado Resolución que declare haberse realizado la adopción por el causante: la adopción por el causante: copia certiicada espedida por el funcionario competente. copia certificada Partida de nacimiento con la anotación correspondiente, expedida por el funcionario competente. que haya dispuesto la adopción por el causante: copia certificada Partida de nacimiento con la anotación expedida por la Municipalidad respectiva, máximo tres meses de antigüedad. correspondiente, que haya dispuesto la adopción por el causante: copia certificada expedida por la Municipalidad respectiva, máximo tres meses de antigüedad. D. Ley Nº 20530, Art. 34ºEn caso de ser hijo incapacitado: En caso de ser hijo incapacitado: Inc. b); Ley Nº 25008, Para el caso que el solicitante sea curador, Para el caso que el solicitante sea curador, documento que lo acredite como tal. Arts. 1º y 2º. documento que lo acredite como tal. Partida de nacimiento del hijo incapacitado: copia certificada por la Municipalidad Partida de nacimiento del hijo incapacitado: respectiva, máximo tres meses de antigüedad. copia certificada por la Municipalidad Resolución Judicial que declare la incapacidad: respectiva, máximo tres meses de antigüedad copia certiicada expedida por el Juzgado respectivo. Resolución Judicial que declare la Resolución Judicial que declare consentida la Resolución de incapacidad: la incapacidad: copia certificada expedida copia certificada expedida por el Juzgado respectivo. por el Juzgado respectivo. Resolución Judicial que declare consentida la Resolución de incapacidad: copia certificada expedida por el Juzgado respectivo.NºDenominación REQUISITOS Derecho Calificación en ONP Dependencia Autoridad Autoridad que Observaciones y Requisitos Documentarios que deben contener del de Evaluación Previa No donde se competente resuelve el los expedientes a ser remitidos a ONP (2) Procedimiento PagoAutomáticoPositivoNegativo Regulado inicia para recurso el trámite resolver impugnativo el trámite