Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (13/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 93

TEXTO PAGINA: 93

Pág. 233254 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 27680 de Reforma Constitucional, las Municipalidades go- zan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme lo dispone el artículo 2º de la Ley Nº 23853, las Municipalidades son las encargadas de promo- ver la adecuada prestación de los servicios públicos loca- les, fomentando el bienestar de los vecinos y del desarrollo armónico de su jurisdicción; Que, en concordancia con dichas normas, la Munici- palidad Provincial de Arequipa, viene ejecutando la obra denominada "Intercambio Vial Avenida Lambramani - Ave- nida Venezuela" bajo la modalidad de Administración Di- recta, terminándose en la actualidad la etapa de excava- ciones; Que, de conformidad con lo normado por el artículo 34º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850 y artículo 21º de su Reglamento que se refieren a la Cancelación del Proceso de Selección, éste sólo se puede realizar por causal debidamente motivada y de acuerdo a lo permitido por el citado artículo de la Ley; Que, una de las justificaciones para la cancelación del proceso de selección, es la urgencia de concluir los traba- jos antes del inicio del período anual de lluvias, la Oficina de Proyectos de Reconstrucción y Desarrollo de la Munici- palidad Provincial de Arequipa, mediante Oficio Nº 882.2002.GPRD.MPA.A ha considerado conveniente, adqui- rir el concreto premezclado en lugar de preparar el concre- to en obra, ello en razón, que la velocidad de vaciado es mayor comparada con la preparación en mezcladoras con- vencionales, además de asegurar una mejor calidad de la resistencia del concreto; Que, otra de las justificaciones para la cancelación del proceso de selección son las dificultades que se han pre- sentado con la reubicación de las redes de agua y des- agüe, los que previamente se han tenido que coordinar con la empresa SEDAPAR, situación que ha ocasionado un re- traso en el cronograma de Ejecución de Obra, por lo que es de necesidad urgente exonerar de los procesos de selec- ción que determina la Ley, la adquisición de los materiales citados; Que, con Acuerdo Municipal Nº 030-2002 del 25 de se- tiembre del año en curso la Municipalidad Provincial de Are- quipa ha declarado en situación de Urgencia la adquisición de los materiales consistentes en concreto Premezclado y Acero para la obra denominada Intercambio Vial Avenida Lambramani - Avenida Venezuela "ejecutada bajo la moda- lidad Directa"; Por las consideraciones antes mencionadas y de con- formidad con lo dispuesto por la Resolución de Contraloría Nº 195.88.CG y Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y estando a las atribuciones que le confiere el Art. 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Cancelar el proceso de Adjudicación Di- recta Pública para Adquisición de Bienes y Suministros ADPB-001-2002-MPA, referente a la adquisición de "Cemen- to Portland Tipo 1 P Puxolánico". Regístrese, comuníquese y hágase saber. JUAN MANUEL GUILLÉN BENAVIDES Alcalde de Arequipa 19988 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA Declaran nula adjudicación directa selectiva convocada para pavi- mentación de vía pública RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 826-2002-A-MPC Cajamarca, 28 de octubre del 2002EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA VISTO: El Oficio Nº 210-2002-CEPCA-MPC, de fecha 17 de oc- tubre del 2002, del Comité Especial Permanente de Con- trataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, Informe Nº 119-2002-OPP-OGP-MPC, de la Oficina General de Planificación, de fecha 22 de octubre del 2002, Proveído de Alcaldía Nº 2782 que dispone se pro- yecte Resolución; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Alcaldía Nº 594-2002-A-MPC, de fecha 5 de agosto del 2002, se aprueba el Expediente Técnico del Proyecto "Pavimentación Jr. José Olaya (entre Jr. Diego Ferré y Av. América)", correspondiente al Ejerci- cio Fiscal 2002; Que, con la indicada Resolución se autoriza la ejecu- ción de obra por contrata, con un total presupuestado en la Fuente de Financiamiento 01 CANON MINERO, de Ciento Cuarenta y Siete Mil Doscientos Cincuenta y Nueve y 69/ 100 nuevos Soles (S/. 147,259.69); Que, mediante Oficio Nº 210-2002-CEPCA-MPC, de fe- cha 17 de octubre del 2002, el Comité Especial Permanente de Contrataciones y Adquisiciones, hace llegar el Acta del Proceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº 018-2002- MPC, de la obra "Pavimentación Jr. José Olaya (entre Jr. Diego Ferré y Av. América); apreciándose un empate en las propuestas económicas de los 19 postores coincidien- do el importe de sus propuestas económicas en S/. 159,345.65 Nuevos Soles; Que, con Informe Nº 119-2002-UPP-OGP-MPC, de fe- cha 22 de octubre del 2002, la Oficina General de Planifica- ción informa que, no se cuenta con asignación suficiente de recursos para esta obra ya que el presupuesto para la misma es de Ciento Cuarenta y Siete Mil Doscientos Cin- cuenta y Nueve y 69/100 Nuevos Soles (S/. 147,259.59), y la propuesta económica de los postores es de S/. 159,345.65 Nuevos Soles; Que, de conformidad a la Ley Nº 27738, Ley que modi- fica el artículo 33º de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, se establece que "Para otorgar la Buena Pro a propuestas que supere el valor referencial hasta el límite antes establecido, se deberá contar con asignación suficiente de recursos y la aprobación del Titular del Plie- go"; Que, en cumplimiento a este dispositivo legal, se tiene que ejecutar la obra con el presupuesto ya establecido; Estando a lo actuado por el Comité Permanente de Con- trataciones y Adquisiciones y a lo informado por la Oficina General de Planificación; y, De conformidad con las facultades conferidas a los Al- caldes mediante la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, artículo 47º inciso 6); SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR, Nula la Adjudicación Directa Selectiva Nº 018-2002-MPC Obra: "Pavimentación Jr. José Olaya (entre Jr. Diego Ferré y Av. América) corres- pondiente al Ejercicio Fiscal 2002, por no contar con la asig- nación presupuestal correspondiente. Artículo Segundo.- Ejecutar la obra con el presu- puesto ya establecido de Ciento Cuarenta y Siete Mil Doscientos Cincuenta y Nueve y 60/100 Nuevos Soles (S/. 147,259.69). Artículo Tercero.- ENCARGAR, al Comité Especial Per- manente de Contrataciones y Adquisiciones, Dirección Municipal, Dirección General de Obras, Oficina General de Planificación y Oficina General de Administración el cum- plimiento de la presente Resolución, según su competen- cia. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. JORGE HOYOS RUBIO Alcalde Provincial 19989