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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (13/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 93

TEXTO PAGINA: 79

Pág. 233240 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de noviembre de 2002 creó el Bono Familiar Habitacional, como parte de la políti- ca sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa- neamiento, con la finalidad de promover y lograr el acceso por parte de la población de escasos recursos a una vivien- da propia o bien el mejoramiento de las viviendas denomi- nadas de interés social, definiendo éstas como las solucio- nes habitacionales cuyo valor máximo será de US$ 12,000, priorizándose las viviendas con un costo por debajo de los US $ 8,000, identificándose como potenciales beneficiarios del Bono Familiar Habitacional a los mismos beneficiarios del Proyecto Techo Propio; Que, conforme lo dispone el artículo 8º de la norma ci- tada en el considerando precedente, el Ministerio de Vi- vienda, Construcción y Saneamiento aprobó vía el Decreto Supremo Nº 008-2002-VIVIENDA el Reglamento del Bono Familiar Habitacional y con posterioridad a éste, aprobó mediante la Resolución Ministerial Nº 098-2002-VIVIENDA el Reglamento Operativo del Bono Familiar Habitacional - Postulación Individual; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 085-2002- VIVIENDA, se convocó a la ciudadanía a participar en el proceso de desarrollo inicial del Proyecto "Techo Propio", a través de un Programa Piloto, denominado "Programa Pilo- to Techo Propio", mediante el cual se otorgarán los prime- ros dos mil (2 000) Bonos Familiares Habitacionales; facul- tándose en tal sentido, al Secretario Ejecutivo del Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda - Fondo MIVIVIEN- DA a aprobar y difundir el cronograma de esta convocatoria inicial; Que, en cumplimiento del mandato legal señalado en el considerando precedente, la Secretaría Ejecutiva del Fon- do Hipotecario de Promoción de la Vivienda - Fondo MIVI- VIENDA, emitió la Resolución Nº 042-SE-2002, publicada el 5 de octubre de 2002, mediante la cual aprobó el crono- grama del "Programa Piloto Techo Propio", estableciéndose entre otros como fecha límite para la recepción de formula- rios de postulación hasta el 15 de noviembre de 2002; Que, para tales efectos, el Ministerio de Vivienda, Cons- trucción y Saneamiento implementó en el local del Correo Central de Lima, un centro de información al público deno- minada Vitrina Inmobiliaria del Programa "Techo Propio", el cual viene siendo una muestra permanente de los progra- mas habitacionales, cuyo flujo de visitantes se ha visto rebasado, teniendo según el Informe Técnico de Vistos un registro de 37 181 personas en 24 días de funcionamiento; Que, en mérito al interés mostrado por el público en recabar información el mismo que a superado largamente las expectativas, lo cual se ha visto traducido en que el área dispuesta para la atención del público deviene en insufi- ciente e incluso peligrosa; Que, asimismo con la finalidad de asegurar la coloca- ción proyectada del Bono Familiar Habitacional resulta ne- cesario reforzar la difusión e información del citado Progra- ma atendiendo al aumento en el flujo de visitantes, y a la cercanía de la fecha límite para la recepción de los formu- larios de postulación, según el cronograma aprobado por la Resolución de Secretaría Ejecutiva Nº 042-SE-2002; Que, para efectos de coadyuvar a la colocación del Bono Familiar Habitacional, la Dirección Nacional de Vivienda señala la necesidad de efectuar la implementación de doce (12) módulos de exposición para los promotores inmobilia- rios del Programa Techo Propio, motivo por el cual se hace necesario contratar el servicio para dicha implementación, por el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, con el propósito de no poner en riesgo la ejecución del "Proyecto Techo Propio", produciéndose, en ese sentido, una situa- ción de urgencia en mérito a lo dispuesto en el Artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el literal c) del Artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, es- tablece que se encuentran exoneradas del proceso de Lici- tación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de urgencia; Que, asimismo, el Artículo 20º de la norma citada en el considerando precedente, dispone que las adquisiciones o contrataciones exoneradas del proceso de Licitación Públi- ca, Concurso Público o Adjudicación Directa, se realizarán mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, las que serán aprobadas vía Resolución del Titular del Plie- go de la Entidad; Con la opinión de la Oficina General de Administración, de la Oficina de General de Asesoría Jurídica y de la Ofici- na General de Planificación y Presupuesto; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamen- to, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, sus normas modificatorias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia la contrata- ción de los Servicios de Implementación del Local del Correo Central, en donde funciona el Centro de Información Inmobilia- ria: VITRINA INMOBILIARIA del Programa Techo Propio, autorizándose a efectuar dicha contratación mediante el proce- so de Adjudicación de Menor Cuantía, por el valor referencial de S/. 222 650.00 (Doscientos veintidós mil seiscientos cincuenta y 00/100 Nuevos Soles), por el período que comprenda dicho proceso de selección, a fin de asegurar la ejecución del "Pro- yecto Techo Propio", por las razones expuestas en la parte con- siderativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- La contratación a que se refiere el artículo precedente, se realizará de conformidad con las normas conte- nidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento, normas modifi- catorias y complementarias; y se efectuará con cargo a la Fuente de Financiamiento: 13 Donaciones y Transferencias, de la Uni- dad Ejecutora 002: Vivienda y Urbanismo, del Pliego 037: Mi- nisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 3º.- Autorizar la contratación de Servicios de Implementación del Local del Correo Central, en donde fun- cionará el Centro de Información Inmobiliaria: VITRINA IN- MOBILIARIA del Programa Techo Propio, de acuerdo a lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 030-2002. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial así como los Informes Técnico y Legal que la sustentan, serán puestos en conocimiento de la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguien- tes a la fecha de su aprobación. Artículo 5º.- Encargar al Comité Especial Permanente de Adjudicaciones de Menor Cuantía, designado mediante Resolución de Secretaría General Nº 011-2002-VIVIENDA/ SG, la ejecución del proceso de selección. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 20002 PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Dictan disposiciones para la recupera- ción de horas dejadas de laborar por trabajadores del Poder Judicial debido a Elecciones Regionales y Municipales del 17 de noviembre RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA Nº 187-2002-P-PJ Lima, 12 de noviembre del 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 016-2002-TR, pu- blicado en el Diario Oficial El Peruano el día 7 de noviem- bre del año en curso, se otorgan facilidades a los trabaja- dores para que puedan ejercer su derecho a voto en las Elecciones Regionales y Municipales del domingo 17 de los corrientes; Que asimismo el citado dispositivo legal establece que los Titulares de los Organismos del sector público dispon- drá la forma de recuperación de los días dejados de labo- rar; En uso de las facultades conferidas por el artículo 76º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Los trabajadores del Poder Judicial que se encuentren comprendidos en los alcances del De-