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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (13/11/2002)

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Pág. 233238 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, con Resolución Ministerial Nº 527-97-MTC/15.16 del 22 de octubre de 1997 se otorgó a SERVICIOS AERO- NÁUTICOS SIPESA S.A., Permiso de Operación de Servi- cio de Transporte Aéreo Especial Remunerado Comercial (hoy denominado Permiso de Operación de Aviación Co- mercial - Trabajo Aéreo), por un plazo de cinco (05) años contados a partir del 26 de octubre de 1997, siendo modifi- cada a través de la Resolución Directoral Nº 150-98-MTC/ 15.16 del 04 de noviembre de 1998, variando el servicio prestado a Servicio Especial Complementario Privado (aho- ra denominado Permiso de Operación de Aviación General - Servicio Privado); Que, según los términos del Memorándum Nº 0282- 2002-MTC/15.16.02, emitido por la Oficina de Asesoría Legal; Memorando Nº 1810-2002-MTC/15.16.06, emitido por la Dirección de Seguridad Aérea; Certificados de Matrí- cula, emitidos por la Oficina Registral de Lima y Callao; se considera pertinente atender lo solicitado por el recurrente, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aero- náutica Civil; su Reglamento; y demás disposiciones lega- les vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la vali- dez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación de los principios de celeridad y sim- plificación administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los aeropuertos y/o aeródromos privados podrán ser utilizadas previa autorización de sus respectivos propietarios; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, «la Dirección General de Aeronáutica Civil es com- petente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo», resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposi- ciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a SERVICIOS AERONÁUTICOS SIPESA S.A.C., la Renovación de su Permiso de Operación de Aviación General - Servicio Privado, por el plazo de cua- tro (04) años contados a partir del 26 de octubre del 2002, día siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolución Ministerial Nº 527-97-MTC/15.16 del 22 de octubre de 1997, estando sujeto a las siguientes características: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación General - Servicio Privado. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Aerocomander 500 S. ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, AERO- PUERTOS Y/O AERÓDROMOS AUTORIZADOS. DEPARTAMENTOS: TUMBES Y PIURA - Tumbes, Talara, Piura. DEPARTAMENTOS: CAJAMARCA, AMAZONAS Y LAMBAYEQUE - Chiclayo/Cap. FAP José Abelardo Quiñones. DEPARTAMENTO: LA LIBERTAD - Trujillo. DEPARTAMENTO: ANCASH - Chimbote. DEPARTAMENTOS: ICA, AYACUCHO Y HUANCAVE- LICA - Pisco. DEPARTAMENTO: AREQUIPA - Atico. DEPARTAMENTO: AREQUIPA - Ilo, Tacna.BASE DE OPERACIONES : - Aeropuerto Internacional Jorge Chávez. Artículo 2º.- Las aeronaves autorizadas a SERVICIOS AERONÁUTICOS SIPESA S.A.C. deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matrícula vigentes, expedidos - de ser el caso - por el Registro Público de Ae- ronaves de la Oficina Registral de Lima y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Dirección General de Aeronáutica Civil; y, de la Póliza o Certificado de Seguros que cubran los ries- gos derivados de su actividad aérea. Artículo 3º.- SERVICIOS AERONÁUTICOS SIPESA S.A.C. está obligada a presentar a la Dirección General de Aeronáutica Civil, los datos estadísticos e informes que correspondan a su actividad aérea, de acuerdo a los pro- cedimientos que establece la Dirección General de Aero- náutica Civil. Artículo 4º.- SERVICIOS AERONÁUTICOS SIPESA S.A.C. está obligada a establecer un Sistema de Radioco- municación entre los puntos a operar, a fin de mantener permanente información del tráfico aéreo que realizan sus aeronaves. Artículo 5º.- SERVICIOS AERONÁUTICOS SIPESA S.A.C. empleará en su servicio, personal aeronáutico que cuente con su respectiva licencia y certificación de aptitud expedidos o convalidados por la Dirección General de Ae- ronáutica Civil. Artículo 6º.- SERVICIOS AERONÁUTICOS SIPESA S.A.C. podrá hacer uso de las instalaciones de los aero- puertos y/o aeródromos privados consignados en la pre- sente Resolución, previa autorización de sus propietarios. Artículo 7º.- Las aeronaves de SERVICIOS AERONÁU- TICOS SIPESA S.A.C. podrán operar en los aeropuertos y/ o aeródromos cuyas alturas estén comprendidas dentro de sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente. Artículo 8º.- El presente Permiso de Operación será revocado de inmediato en forma automática, cuando el pe- ticionario incumpla las obligaciones contenidas en la pre- sente Resolución; o pierda alguna de las capacidades le- gal, técnica o económico- financiera, exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, o su Reglamento. Artículo 9º.- Si la Administración verificase la existen- cia de fraude o falsedad en la documentación presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Dirección General de Aeronáutica Civil, procederá conforme a lo se- ñalado en el Artículo 32.3 de la Ley del Procedimiento Ad- ministrativo General. Artículo 10º.- El presente Permiso de Operación queda sujeto a la Ley de Aeronáutica Civil - Ley Nº 27261, el Re- glamento; y demás disposiciones legales vigentes; así como a las Directivas que dicte esta Dirección General. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILSON BENZAQUÉN RENGIFO Director General de Aeronáutica Civil 19283 Modifican resolución mediante la cual se otorgó permiso de operación de avia- ción comercial a la empresa Copters Perú S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 252-2002-MTC/12 Lima, 28 de octubre de 2002 Vista la solicitud de la empresa COPTERS PERÚ S.A.C., sobre Modificación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 100-2002-MTC/ 15.16 del 13 de mayo del 2002 se otorgó a la empresa COP- TERS PERÚ S.A.C., Permiso de Operación de Aviación Co- mercial: Transporte Aéreo, por un plazo de cuatro (4) años, contados a partir del 8 de junio del 2002; Que, en el presente trámite de Modificación de Permiso de Operación, la empresa COPTERS PERÚ S.A.C. solicita incrementar el material aeronáutico y zonas de operación que fueron autorizadas por su respectivo Permiso de Operación;