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Pág. 233253 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de noviembre de 2002 DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN: Artículo 2º.- El Beneficio a que se refiere el artículo precedente se aplicará a los siguientes conceptos: a) Impuesto Predial b) Multas Administrativas c) COCOA b) Fraccionamientos: Predial, Nichos, Licencias, Multas, etc. DE LOS ALCANCES: Artículo 3º.- El Beneficio de Amnistía Tributaria y Admi- nistrativa comprende: a) En el caso del IMPUESTO PREDIAL: Condonación del Interés Moratorio, Condonación del Factor de Actualiza- ción y Multa Tributaria. b) En el caso de MULTAS ADMINISTRATIVAS: Reduc- ción del 70% del monto total de la multa. c) En el caso de COCOA: Condonación del Interés Morato- rio, Reducción del 70% del monto de la deuda insoluta. d) En el caso de FRACCIONAMIENTOS: Condonación del interés moratorio, del factor de actualización, compensa- ción de los intereses cancelados por el tributo insoluto. e) De Costas y Gastos Administrativos: Exonerar el 50% de las costas generadas a la fecha y 100% por con- cepto de gastos administrativos, a todas las deudas que hayan sido notificadas por la vía del procedimiento coactivo y que se acojan al beneficio de Amnistía tributaria y Administrativa. FORMAS DE PAGO: Artículo 4º.- Establézcase durante la vigencia de la pre- sente amnistía, la siguiente forma de pago: a) Pago al Contado. b) Pago fraccionado. - Cuota Inicial mínima :10% del total de la deuda - Saldo :Hasta en 18 armadas mensuales DE LAS RECLAMACIONES EN TRÁMITE: Artículo 5º.- En los casos de existir reclamaciones y/o impugnaciones en trámite ante la Municipalidad Distrital, el contribuyente deberá presentar desistimiento de acuerdo a las normas del procedimiento administrativo. DE LAS EXCLUSIONES: Artículo 6º.- No se encuentran incluidos en los alcan- ces de la presente Ordenanza: a) Los contribuyentes que tengan expedientes sobre recursos impugnativos que se encuentren en trámite ante la Municipalidad Provincial, Tribunal Fiscal y/o revisión en el Poder Judicial. b) Los contribuyentes que hubieran abonado el total de sus obligaciones con anterioridad a la entrada en vigencia del presente dispositivo. DEL RECONOCIMIENTO DE DEUDA: Artículo 7º.- Queda entendido que los contribuyentes acogidos al presente beneficio reconocen expresamente sus obligaciones pendientes materia de regularización, por lo que en caso de futuras reclamaciones, éstas serán decla- radas improcedentes. Artículo 8º.- Encárguese a la Dirección Municipal, Di- rección de Rentas y Dirección de Administración y Finan- zas el cumplimiento disponiéndose los recursos necesa- rios a fin de difundir e implementar la presente Ordenanza. Artículo 9º.- La presente norma entrará en vigencia desde el 2 de noviembre hasta el 31 de diciembre del pre- sente año, extendiéndose el horario de caja en el Palacio Municipal y Agencias hasta las 18.00 horas de lunes a vier- nes, y hasta las 12.00 horas los días sábados y feriados. Regístrese, comuníquese y cúmplase. R. MARTÍN PUMAR VÍLCHEZ Alcalde 19983MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Prorrogan vigencia de Ordenanza Nº 13- 2002-MPC y plazo para el pago de Arbi- trios Municipales correspondientes a julio, agosto, setiembre y octubre de 2002 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000024 Callao, 31 de octubre de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 023-2002-MPC, se prorrogó la vigencia de los beneficios concedidos en la Ordenanza Nº 013-2002-MPC, que aprueba el Sistema de Regularización e Incentivos para el Cumplimiento de Obli- gaciones Administrativas y Tributarias hasta el 31 de octu- bre de 2002; Que, resulta conveniente prorrogar por un plazo adicio- nal la vigencia de la Ordenanza citada, a efecto de que un número mayor de administrados puedan acogerse a los beneficios brindados, conforme a las facultades otorgadas al Alcalde por la Primera Disposición Final de la norma aco- tada; Que, la Octava Disposición Final y Transitoria de la Or- denanza Nº 02-2002-MPC, que regula el régimen legal vi- gente de los Arbitrios Municipales, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, pueda disponer la pró- rroga del vencimiento de las obligaciones sustanciales y formales; Estando a lo expuesto, y en ejercicio de las facultades que confiere al Alcalde el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar la vigencia de la Orde- nanza Nº 13-2002-MPC, hasta el 29 de noviembre de 2002. Artículo Segundo.- Prorrogar hasta el 29 de noviem- bre de 2002, el plazo para el pago de los Arbitrios Munici- pales correspondientes a los meses de julio, agosto, sep- tiembre y octubre de 2002. POR TANTO: Publíquese y cúmplase. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 19980 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA Cancelan proceso de adjudicación directa pública para la adquisición de cemento RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº 877-2002 Arequipa, 25 de octubre de 2002 Visto el Acuerdo Municipal Nº 030-2002 de fecha 25 de setiembre del 2002, en el que se acuerda declarar en situa- ción de Urgencia la adquisición de los materiales consis- tentes en Concreto Premezclado y Acero para la obra de- nominada Intercambio Vial Avenida Lambramani - Avenida Venezuela, ejecutada bajo la modalidad de Administración Directa;