Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2002 (14/11/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 14 de noviembre de 2002

Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 20162

AGRICULTURA
Crean la Direccion Subregional Agraria del MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 056-2002-AG
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

cieron disposiciones reglamentarias para la aplicacion del Decreto de Urgencia Nº 129-2001; Que, la agricultura es una actividad de naturaleza bioclimatica, esto es la MORDAZA de las plantas y su rendimiento depende de las estaciones climaticas y su oportuna fertilizacion; Que, en el caso del fertilizante denominado MORDAZA fosforica es un fertilizante de origen mineral y de uso organico que por su composicion quimica es aprovechable solo en aquellas areas del territorio nacional identificadas geologicamente como "tierras acidas" que permiten su disolucion y posterior absorcion por los cultivos; Que, las denominadas "tierras acidas" por su propia naturaleza constituyen unas de bajo rendimiento MORDAZA, por lo que resulta necesario la participacion del Estado a fin de apoyar el desarrollo agrario en tales circunscripciones; Que, en ese sentido es necesario precisar que el mencionado fertilizante no se encuentra comprendido dentro de los insumos cuya venta se encuentra autorizada por los dispositivos citados; En uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA:

CONSIDERANDO: Que, el Articulo 88º de la Constitucion Politica del Peru establece que el Estado apoya preferentemente el desarrollo agrario; Que, mediante la sexta disposicion complementaria, transitoria y final del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG, se establecio la conversion de las Direcciones Subregionales Agrarias en Agencias Agrarias, con excepcion de la existente en Andahuaylas; Que, en atencion a su extension geografica, resulta necesario desconcentrar las acciones a cargo de la Direccion Regional Agraria Ancash; De conformidad con el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Crease la Direccion Subregional Agraria del MORDAZA con sede en la MORDAZA de Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA, la que asume las funciones de una Direccion Regional Agraria. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de noviembre del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 20158 Articulo 2º.- Deroguese el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 002-2002-AG. Articulo 3º.- Los actos de disposicion del fertilizante denominado MORDAZA fosforica se sujeta a lo dispuesto en el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 154-2001-EF. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de noviembre del ano dos mil dos MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 20159 Articulo 1º.- Modifiquese el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 002-2002-AG, modificado por el Decreto Supremo Nº 042-2002-AG, por el texto siguiente: "Articulo 6º.- Venta. Previa autorizacion del Ministerio de Agricultura, las Direcciones Regionales Agrarias procederan a vender las existencias valorizadas a que se refiere el articulo precedente directamente a los productores agrarios, sin el requisito de subasta publica. Los productores agrarios podran adquirir los insumos de acuerdo a las condiciones fijadas en las bases administrativas que para tal efecto se aprueben. La venta dispuesta en el presente articulo no comprende a las semillas adquiridas con fines de uso en las zonas altoandinas ni al fertilizante denominado MORDAZA fosforica que por su composicion quimica solo puede ser aprovechado en determinadas areas del territorio nacional."

Modifican articulo del D.S. Nº 0022002-AG, sobre venta de insumos que se encuentran en almacenes del Ministerio o de las Direcciones Regionales Agrarias
DECRETO SUPREMO Nº 057-2002-AG
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 129-2001 se autorizo al Ministerio de Agricultura a vender los insumos (semillas, fertilizantes y agroquimicos) asi como la maquinaria MORDAZA y agroindustrial de propiedad estatal que se encuentren en sus almacenes y/o en los de las Direcciones Regionales Agrarias; Que, por Decreto Supremo Nº 002-2002-AG, modificado por el Decreto Supremo Nº 042-2002-AG, se estable-

Exceptuan al INIA y al CONACS de medidas complementarias de austeridad y racionalidad en el gasto publico a que se refiere el D.U. Nº 030-2002
RESOLUCION SUPREMA Nº 029-2002-AG
MORDAZA, 13 de noviembre de 2002 VISTO: El Oficio Nº 969-2002-INIA-J/OAJ, del Jefe del Instituto Nacional de Investigacion Agraria - INIA; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 3º numeral 3.1 del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, sobre las Medidas Complementarias de Aus-

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