Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2002 (20/11/2002)


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NORMAS LEGALES
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MORDAZA, miercoles 20 de noviembre de 2002 Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, que lo presidira; Dos representantes de la Universidad Peruana, elegidos por la Asamblea Nacional de Rectores; Un representante del Ministerio de Energia y Minas; Un representante del Ministerio de la Produccion; Un representante de la Asamblea Nacional de Rectores; Un representante del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologia; Un representante de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional; y, Tres representantes del Ministerio de Defensa (uno del Ejercito Peruano, uno de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y uno de la Fuerza Aerea), contando en conjunto con un solo voto.

1. Promover la activa y permanente participacion del Peru en la Antartida; 2. Preservar la utilizacion de la Antartida exclusivamente para fines pacificos; 3. Contribuir con los esfuerzos de la comunidad internacional en lo referente a la preservacion del medio ambiente antartico; 4. Promover la investigacion cientifica en la Antartida a fin de contribuir al desarrollo nacional; 5. Fomentar el conocimiento antartico, estimulando y apoyando la participacion de universidades, centros de investigacion y otros; asi como de la sociedad civil; 6. Promover la cooperacion internacional con los paises miembros del Tratado Antartico, con otros estados con intereses comunes en el area, asi como con los organismos internacionales. Articulo 5º.- Funciones Son funciones del Instituto Antartico Peruano: a) Formular, dirigir, evaluar e implementar la Politica Nacional Antartica; b) Formular e implementar el Plan Antartico Nacional; c) Promover, coordinar, organizar y dirigir las actividades cientificas y logisticas consideradas en el Plan Antartico Nacional, observando la normativa sobre la proteccion del medio ambiente antartico y sus ecosistemas dependientes y asociados; d) Administrar y mantener toda estacion cientifica, base o facilidad que el Peru tenga o pueda erigir en el futuro en el continente Antartico; e) Recomendar, cuando fuere necesario, la adecuacion de la legislacion nacional pertinente a los lineamientos de la Politica Nacional Antartica; f) Autorizar las actividades antarticas propuestas por las entidades de los sectores publico y privado, velando que las mismas se enmarquen en la Politica Nacional Antartica; g) Elaborar los requerimientos presupuestales anuales para el funcionamiento de la Comision; h) Fomentar a nivel nacional y con especial enfasis en los aspectos de interes para el Peru el conocimiento antartico, estimulando y apoyando la participacion de las universidades, centros de investigacion y otras de la sociedad civil y del Estado; i) Establecer y mantener relaciones institucionales con sus similares de otros paises; j) Administrar los recursos que le asigne el Estado para su sostenimiento y para el financiamiento de sus actividades y los que provengan de MORDAZA propias y donaciones. Podra, asimismo, crear Fundaciones en apoyo de las actividades antarticas del Peru y establecer fondos concursables para el desarrollo de sus actividades, particularmente en el MORDAZA cientifico; k) Asegurar, utilizando los mecanismos de cooperacion internacional bilateral con los paises amigos y organismos internacionales, la obtencion de asistencia tecnica, financiera y logistica que permitan el adecuado desempeno de las actividades contempladas en el Plan Antartico Nacional. CAPITULO II ESTRUCTURA ORGANICA Articulo 6º.- Estructura del INANPE El Instituto Antartico Peruano tiene la siguiente estructura organica: a) b) c) d) Consejo Directivo. Comite de Asesores Cientificos. Secretaria Ejecutiva. Los Organos de Linea, constituidos por la Direccion de Asuntos Cientificos y Ambientales y la Direccion de Operaciones.

7.2 El Presidente del Consejo Directivo ejerce la representacion del INANPE y es su MORDAZA autoridad. Articulo 8º.- Comite de Asesores Cientificos 8.1 El Comite de Asesores Cientificos asesora y apoya las funciones y labores del Consejo Directivo; esta integrado por especialistas de las siguientes instituciones: Dos representantes de la Universidad Peruana, elegidos por la Asamblea Nacional de Rectores; Un representante del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologia; Un representante del Consejo Nacional del Ambiente; Un representante del Instituto MORDAZA del Peru; Un representante del Instituto Geofisico del Peru; Un representante del Instituto Geologico, Minero y Metalurgico; Un representante del Instituto Peruano de Energia Nuclear; Un representante del Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia; Un representante de la Direccion de Hidrografia y Navegacion de la MORDAZA de MORDAZA del Peru.

8.2 La composicion del Comite de Asesores Cientificos puede ampliarse por acuerdo del Consejo Directivo con el MORDAZA favorable de al menos las dos terceras partes del numero de miembros. Articulo 9º.- Secretaria Ejecutiva El Secretario Ejecutivo es el responsable de la gestion administrativa y operativa del Instituto Antartico Peruano y actua como Secretario del Consejo Directivo. Asume, asimismo, la direccion ejecutiva de las campanas antarticas. Es designado por el Consejo Directivo a propuesta de su Presidente. Articulo 10º.- Organos de Linea Los Organos de Linea estan constituidos por la Direccion de Asuntos Cientificos y Ambientales y la Direccion de Operaciones a cargo del manejo de la gestion cientifica y ambiental, y de la logistica y operaciones antarticas, respectivamente. Articulo 11º.- Control El INANPE esta sujeto a las normas del Sistema Nacional de Control. Articulo 12º.- Destaque de Expertos Para la ejecucion de sus labores, el INANPE podra contar con el destaque de expertos de las distintas dependencias nacionales involucradas en la tematica, incluyendo funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y Oficiales de las Fuerzas Armadas, manteniendo el regimen laboral al que estan sujetos.

Articulo 7º.- Consejo Directivo 7.1 El Consejo Directivo esta conformado por representantes de alto nivel de cada uno de los siguientes sectores o entidades:

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