Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2002 (27/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, miercoles 27 de noviembre de 2002
CODIGO INFRACCION

NORMAS LEGALES
CODIGO INFRACCION

Pag. 234099
MULTA MEDIDAS DE ACCESORIOS % UIT JUNTO CON LA MULTA REINCIDENCIA 12 MESES G

MORDAZA MEDIDAS DE ACCESORIOS JUNTO CON LA MULTA REINCIDENCIA 12 MESES

A.9

PRESTAR EL SERVICIO SIN LA AUTORIZACION CORRESPONDIENTE

B.12 MG B.13

POR NO TENER STICKER CODIFICADO EN EL PARABRISA DEL VEHICULO PRESTAR SERVICIO SIN ESTAR AFILIADO A UNA PERSONA JURIDICA

A.10

PERMITIR LA CONDUCCION A MENORES DE EDAD QUE NO CUENTEN CON LA CREDENCIAL DE CONDUCIR MG PERMITIR LA CONDUCCION A MENORES DE EDAD QUE NO PORTEN LA CREDENCIAL DE CONDUCIR

MG

Vehiculos al Deposito

20808

A.11

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
M

CUADRO UNICO DE INFRACCIONES AL REGLAMENTO DEL SERVICIO DEL TRANSPORTE PUBLICO EN VEHICULOS MENORES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
A. INFRACCION DEL CONDUCTOR
CODIGO INFRACCION MULTA MEDIDAS DE ACCESORIOS % UIT JUNTO CON LA MULTA REINCIDENCIA 12 MESES MG Suspension de 3 Meses Vehiculo al Deposito

Modifican las Ordenanzas 09-2001 y 05-2002
ORDENANZA Nº 21-2002
San MORDAZA, 29 de octubre de 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de San MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la Fecha; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce en su Articulo 191º la autonomia politica, economica y administrativa de las Municipalidades, en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con la autonomia politica de la que gozan las Municipalidades, el mismo numeral constitucional ha otorgado expresamente al Concejo la funcion normativa en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con la autonomia de las Municipalidades, el Concejo Municipal cumple su funcion normativa entre otros mecanismos a traves de las Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley, al igual que las leyes propiamente dichas, los decretos legislativos, los decretos de urgencia y las normas regionales de caracter general; Que, mediante Edicto Nº 02-94 y Ordenanza Nº 22-99 se establece los lineamientos basicos que reglamentan las disposiciones generales en cuanto al Arbitrio de Limpieza Publica, Parques y Jardines, asimismo, mediante Ordenanza Nº 23-99 se regula el Arbitrio de Serenazgo; Que, las referidas Ordenanzas Nºs. 22-99 y 23-99, se encuentran debidamente ratificadas por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, mediante Acuerdo de Concejo Nºs. 64-2000 y 65-2000, respectivamente; Que, mediante Ordenanzas Nºs. 09-2001 y 05-2002, se aprobo suspender para el ano 2001 y 2002 respectivamente, los efectos de lo dispuesto en los articulos Primero y MORDAZA de la Ordenanza Nº 22-99, asi como los efectos de los dispuesto en el Articulo Setimo Literales b), c) y d) de la Ordenanza Nº 23-99; la misma que autoriza el pago de los referidos arbitrios por debajo de los topes maximos y minimos, estipulados en la Ordenanza Nºs. 22-99 y 23-99, por la dificil situacion economica por la que viene atravesando el MORDAZA, teniendo que efectuar la Direccion de Administracion un sinceramiento en la estructura de costos, de los servicios senalados; Que, a efectos de proceder a la ratificacion de las referidas Ordenanzas ( 09-2001 y 05-2002), en virtud de la Ordenanza Nº 211 de MORDAZA Metropolitana, se hace necesario rectificar el Articulo primero de las ordenanzas citadas respecto del termino suspender por el de modificar; Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y de conformidad con lo dispuesto por la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario, y con dispensa de los tramites de aprobacion del acta y de Comisiones, el Concejo Distrital de San MORDAZA aprobo la siguiente; ORDENANZA Articulo Unico .- Modifica al ARTICULO PRIMERO de las Ordenanzas Nºs. 09-2001 y 05-2002, respecto del termino "SUSPENDASE", sustituyendose este por el de "MODIFIQUESE", ratificandose en lo demas que contiene cada uno de los dispositivos respectivamente. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase

B.1

TRANSFERIR LA CREDENCIAL DEL CONDUCTOR

B.2

PRESTAR EL SERVICO MG SIN LA CREDENCIAL DEL CONDUCTOR O CON UNA QUE NO LE PERTENECE PRESTAR EL SERVICIO L EN MAL ESTADO DE CONSERVACION DEL VEHICULO INCURRIR EN MALTRATO FISICO Y VERBAL COMPROBADO A LOS PASAJEROS FALTANDO A LA DECENCIA Y A LAS BUENAS COSTUMBRES G

B.3

REINCIDENTE SE CALIFICA

B.4

B.5

POR DEJAR O TOMAR PA- G SAJEROS EN EL CENTRO DE LA CALZADA O EN LUGARES QUE ATENTEN CONTRA LA INTEGRIDAD FISICA REALIZAR EL SERVICIO EN VIAS PROHIBIDAS Y DE ALTA VELOCIDAD O ACERAS O PASAJES PEATONALES ADELANTAR VEHICULOS ENTABLANDO COMPETENCIA O MORDAZA A LA VELOCIDAD PRESTAR EL SERVICIO SIN CUIDAR LA APARIENCIA Y EL ASEO PERSONAL HACER CASO OMISO O FUGARSE ANTE EL REQUERIMIENTO DEL INSP. MUNICIPAL, O PERSONAL AUTORIZADO G Suspension de 1 Mes

B.6

B.7

L

B.8

L

B.9

MG

internamiento del vehiculo

B.15

PRESTAR EL SERVICIO G CON AUDIFONOS Y/O TENER EQUIPO DE RADIO SONIDO CON VOLUMEN ALTO TRANSPORTAR MATERIA- L LES SUSPENDIDOS EN EL CHASIS Y/O ARRASTRANDO EN LA SUPERFICIE POR INVASION DE PARADEROS ASIGNADOS MG Suspension de 15 dias

B.10

B.11

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 20905

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