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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (27/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 53

Pág. 234099 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de noviembre de 2002 CÓDIGO INFRACCIÓN TIPO MEDIDAS DE ACCESORIOS JUNTO CON LA MULTA REINCIDENCIA 12 MESES A.9 PRESTAR EL SERVICIO SIN LA AUTORIZACIÓN CORRESPONDIENTE MG A.10 PERMITIR LA CONDUC- CIÓN A MENORES DE EDAD QUE NO CUENTEN CON LA CREDENCIAL DE CONDUCIR MG A.11 PERMITIR LA CONDUC- CIÓN A MENORES DE EDAD QUE NO PORTEN LA CREDENCIAL DE CONDUCIR M CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES AL REGLAMENTO DEL SERVICIO DEL TRANSPORTE PÚBLICO EN VEHÍCULOS MENORES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES A. INFRACCIÓN DEL CONDUCTOR CÓDIGO INFRACCIÓN MULTA MEDIDAS DE ACCESORIOS % UIT JUNTO CON LA MULTA REINCIDENCIA 12 MESES B.1 TRANSFERIR LA CRE- MG Suspensión DENCIAL DEL CONDUC- de 3 Meses TOR B.2 PRESTAR EL SERVICO MG Vehículo al SIN LA CREDENCIAL DEL Depósito CONDUCTOR O CON UNA QUE NO LE PERTENECE B.3 PRESTAR EL SERVICIO L REINCI- EN MAL ESTADO DE CON- DENTE SE SERVACIÓN DEL CALIFICA VEHÍCULO B.4 INCURRIR EN MALTRATO G FÍSICO Y VERBAL COM- PROBADO A LOS PASA- JEROS FALTANDO A LA DECENCIA Y A LAS BUE- NAS COSTUMBRES B.5 POR DEJAR O TOMAR PA- G SAJEROS EN EL CENTRO DE LA CALZADA O EN LU- GARES QUE ATENTEN CONTRA LA INTEGRIDAD FÍSICA B.6 REALIZAR EL SERVICIO G Suspensión EN VÍAS PROHIBIDAS Y de 1 Mes DE ALTA VELOCIDAD O ACERAS O PASAJES PEATONALES B.7 ADELANTAR VEHÍCULOS L ENTABLANDO COMPE- TENCIA O RETO A LA VELOCIDAD B.8 PRESTAR EL SERVICIO L SIN CUIDAR LA APARIEN- CIA Y EL ASEO PERSO- NAL B.9 HACER CASO OMISO O MG internamiento FUGARSE ANTE EL RE- del vehículo QUERIMIENTO DEL INSP. MUNICIPAL, O PERSO- NAL AUTORIZADO B.15 PRESTAR EL SERVICIO G CON AUDÍFONOS Y/O TENER EQUIPO DE RADIO SONIDO CON VOLUMEN ALTO B.10 TRANSPORTAR MATERIA- L LES SUSPENDIDOS EN EL CHASIS Y/O ARRASTRAN- DO EN LA SUPERFICIE B.11 POR INVASIÓN DE PA- MG Suspensión RADEROS ASIGNADOS de 15 díasCÓDIGO INFRACCIÓN MULTA MEDIDAS DE ACCESORIOS % UIT JUNTO CON LA MULTA REINCIDENCIA 12 MESES B.12 POR NO TENER STICKER G CODIFICADO EN EL PA- RABRISA DEL VEHÍCULO B.13 PRESTAR SERVICIO SIN MG Vehículos ESTAR AFILIADO A UNA al Deposito PERSONA JURÍDICA 20808 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Modifican las Ordenanzas 09-2001 y 05-2002 ORDENANZA Nº 21-2002 San Miguel, 29 de octubre de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL POR CUANTO: El Concejo Distrital de San Miguel, en Sesión Extraordi- naria de la Fecha; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce en su Artí- culo 191º la autonomía política, económica y administrativa de las Municipalidades, en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con la autonomía política de la que gozan las Municipalidades, el mismo numeral constitu- cional ha otorgado expresamente al Concejo la función nor- mativa en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con la autonomía de las Munici- palidades, el Concejo Municipal cumple su función norma- tiva entre otros mecanismos a través de las Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley, al igual que las leyes pro- piamente dichas, los decretos legislativos, los decretos de urgencia y las normas regionales de carácter general; Que, mediante Edicto N º 02-94 y Ordenanza N º 22-99 se establece los lineamientos básicos que reglamentan las dis- posiciones generales en cuanto al Arbitrio de Limpieza Pú- blica, Parques y Jardines, asimismo, mediante Ordenanza Nº 23-99 se regula el Arbitrio de Serenazgo; Que, las referidas Ordenanzas Nºs. 22-99 y 23-99, se encuentran debidamente ratificadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Acuerdo de Concejo Nºs. 64-2000 y 65-2000, respectivamente; Que, mediante Ordenanzas Nºs. 09-2001 y 05-2002, se aprobó suspender para el año 2001 y 2002 respectivamente, los efectos de lo dispuesto en los artículos Primero y Segundo de la Ordenanza Nº 22-99, así como los efectos de los dispues- to en el Artículo Sétimo Literales b), c) y d) de la Ordenanza Nº 23-99; la misma que autoriza el pago de los referidos arbitrios por debajo de los topes máximos y mínimos, estipulados en la Ordenanza Nºs. 22-99 y 23-99, por la difícil situación económi- ca por la que viene atravesando el país, teniendo que efectuar la Dirección de Administración un sinceramiento en la estructu- ra de costos, de los servicios señalados; Que, a efectos de proceder a la ratificación de las referi- das Ordenanzas ( 09-2001 y 05-2002), en virtud de la Orde- nanza N º 211 de Lima Metropolitana, se hace necesario rec- tificar el Artículo primero de las ordenanzas citadas respecto del término suspender por el de modificar; Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y de conformi- dad con lo dispuesto por la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario, y con dispensa de los trámites de aprobación del acta y de Comisiones, el Concejo Distrital de San Miguel aprobó la siguiente; ORDENANZA Artículo Único .- Modifica al ARTÍCULO PRIMERO de las Ordenanzas Nºs. 09-2001 y 05-2002, respecto del tér- mino “SUSPÉNDASE”, sustituyéndose éste por el de “MO- DIFÍQUESE”, ratificándose en lo demás que contiene cada uno de los dispositivos respectivamente. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase JORGE MORENO MORÁN Alcalde 20905