Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2002 (27/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, miercoles 27 de noviembre de 2002

NORMAS LEGALES

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da. Por lo tanto el conflicto existente en "el predio" es entre probables propietarios, por lo que la COFOPRI es incompetente para continuar un procedimiento sobre dicho conflicto. De conformidad con los dispositivos legales MORDAZA citados asi como con el articulo 15º del Reglamento de Normas; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: CONFIRMAR la Resolucion de Gerencia de Titulacion Nº 387-2002-COFOPRI/GT del 27 de marzo de 2002, por los fundamentos expuestos en la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZAR GINOCCHIO Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI LUZ MORDAZA MORDAZA MERA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI 20766

otorgado el titulo de concesion minera, el concesionario debera pagar una penalidad de acuerdo a lo establecido en la MORDAZA acotada, hasta el ano en que cumpla con la produccion minima anual; Que, en aplicacion de los dispositivos legales citados, se ha determinado que se incluyeron en la Resolucion Jefatural Nº 1981-2002-INACC/J, derechos mineros cuyos titulares no se encontraban afectos al pago de penalidad o cumplieron oportunamente con su pago correspondiente al ano 2002; por lo que, corresponde expedir la resolucion que los excluya de la referida relacion de no pagos por penalidad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 052-99-EM, se asigno al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero, las funciones consignadas en el articulo 44º y en los incisos h) y p) del articulo 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, en los articulos 27º, 37º, 74º, 76º, y 93º y 122º incisos d) y f) del Reglamento de los Titulos pertinentes del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM; De conformidad con el inciso w) del articulo 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM y la MORDAZA Disposicion Transitoria del Decreto Supremo Nº 010-2002EM; Con la visacion de la Direccion General de Concesiones Mineras y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- EXCLUIR de la Resolucion Jefatural Nº 1981-2002-INACC/J, los 62 derechos mineros cuya relacion se encuentra a disposicion de los usuarios en la Sede Central del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero, Oficinas Descentralizadas y en la pagina web de la institucion (www.inacc.gob.pe), al no encontrarse afectos al pago de penalidad o haber cumplido oportunamente con su pago correspondiente al ano 2002. Articulo 2º.- MODIFIQUESE la Base de Control de Pagos de derecho de vigencia y penalidad conforme a la presente resolucion. Articulo 3º.- DISPONGASE que la Direccion General de Desarrollo Corporativo proceda a anexar MORDAZA certificada de la presente resolucion en los expedientes respectivos. Registrese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA BARCELLOS M. Jefe Institucional 20804

INACC
Excluyen derechos mineros de la Resolucion Jefatural Nº 1981-2002-INACC/J referida a pago de penalidad correspondiente al ano 2002
INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y CATASTRO MINERO RESOLUCION JEFATURAL Nº 2242-2002-INACC/J
MORDAZA, 25 de noviembre de 2002 VISTOS: Los escritos de exclusion de la relacion de derechos mineros que no cumplieron con el pago de la penalidad correspondiente al ano 2002, aprobada por Resolucion Jefatural Nº 1981-2002-INACC/J, presentados por los titulares de los derechos mineros afectados y el Oficio Nº 955-EM/DGM de fecha 20 de noviembre del 2002, de la Direccion General de Mineria, que pone en conocimiento la exclusion de derechos mineros y Unidades Economicas Administrativas (UEA); CONSIDERANDO: Que, el articulo 77º del Reglamento de Diversos Titulos del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, sustituido por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 010-2002-EM, establece que los titulares de derechos mineros en el plazo de 15 dias habiles de publicada la Resolucion Jefatural Nº 19812002-INACC/J, que aprueba la relacion de derechos mineros cuyos titulares no han cumplido con el pago oportuno de la penalidad correspondiente al ano 2002, podian solicitar la exclusion de sus derechos mineros de dicha relacion; Que, el articulo IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por D.S. Nº 014-92-EM, establece que la concesion minera obliga a su trabajo, obligacion que consiste en la inversion para la produccion de sustancias minerales; Que, el tercer parrafo del articulo 38º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, sustituido por el articulo 1º de la Ley Nº 27341, publicada el 18 de agosto de 2000, senala que la produccion debera obtenerse no mas tarde del vencimiento del MORDAZA ano, computado a partir del ano en que se hubiera otorgado el titulo de concesion; Que, el articulo 40º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, sustituido por el articulo 8º de la Ley Nº 27651, senala que en caso de que no se cumpliese con lo dispuesto en el articulo 38º, a partir del primer semestre del setimo ano computado desde aquel en que se hubiere

INPE
Autorizan contratar suministro de viveres mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, para los establecimientos penitenciarios de la Direccion Regional MORDAZA
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 871-2002-INPE/P
MORDAZA, 5 de noviembre de 2002 Visto, el Oficio Nº 1631-2002-INPE/17 de fecha 3 de octubre de 2002, de la Direccion Regional MORDAZA, mediante el cual adjunta el Informe Tecnico Legal Nº 011-2002-INPE/ 17.05 que sustenta la solicitud de declarar en situacion de urgencia la adquisicion del suministro de viveres para los Establecimientos Penitenciarios de esta jurisdiccion. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 061-2002INPE/P del 25 de enero de 2002, se aprueba el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional Penitenciario para el ano fiscal 2002; Que, de acuerdo con dicho Plan la Unidad Ejecutora 002: Direccion Regional MORDAZA, convoco al MORDAZA de seleccion por Licitacion Publica Nacional Nº 001-2002-INPE/

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