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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (05/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 3

Pág. 230977 NORMAS LEGALES Lima, sábado 5 de octubre de 2002 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Modifican el Reglamento de la Ley de la inversión privada en el desarrollo de actividades económicas en las tierras del territorio nacional y de comu- nidades campesinas y nativas DECRETO SUPREMO Nº 050-2002-AG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 011-97-AG se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 26505 - Ley de la inver- sión privada en el desarrollo de las actividades económi- cas en las tierras del territorio nacional y de las comunida- des campesinas y nativas; Que, en virtud del Artículo 15º del acotado reglamento se ha establecido que quien a la fecha de publicación de la Ley Nº 26505 se dedicara a alguna actividad productiva en los términos previstos en el Artículo 27º del Decreto Legis- lativo Nº 667, dentro del área de los proyectos de irrigación ejecutados con fondos públicos, puede adquirir la propie- dad de las áreas que explota, solicitándolas directamente al Proyecto de Inversión correspondiente, el que fija el pre- cio de ellas; otorgándose el título de propiedad correspon- diente a través del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT del Ministerio de Agricultura; Que, la actividad productiva a que se refiere el Artículo 27º del Decreto Legislativo Nº 667, está referida a la exis- tencia de sementeras de plantaciones de cultivos o de crian- za de ganado de acuerdo a la capacidad de los pastos, lo que causa restricción para la adjudicación en venta de te- rrenos a quienes se dedican a la actividad avícola, es ne- cesario modificar la mencionada norma reglamentaria a fin de viabilizar la titulación de tierras en esas áreas a los pro- ductores dedicados a la actividad agrícola; De conformidad con el Artículo 118º inciso 8) de la Cons- titución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 15º del Reglamento de la Ley Nº 26505, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-97-AG, en los términos siguientes: "Quienes a la fecha de publicación de la Ley se dedi- caran a alguna actividad agropecuaria dentro del área de los Proyectos Especiales Hidráulicos ejecutados con fon- dos públicos, pueden adquirir la propiedad de las áreas que explota, solicitándolas directamente al Proyecto Es- pecial respectivo, el que fija el precio de ellas y previa constatación otorga el título de propiedad correspondien- te, en coordinación con el Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT del Ministerio de Agri- cultura. En el caso que dichas tierras no sean adquiridas por sus ocupantes en el plazo que establezca el Proyecto Es- pecial respectivo, se adjudican en subasta pública." Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de octubre del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 17841Autorizan viaje de funcionario del INRENA para participar en el Foro de Agua para las Américas en el Siglo XXI que se realizará en México RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0877-2002-AG Lima, 26 de setiembre de 2002 VISTO: La Carta Nº PER-1145/02E.11.2/"2" de fecha 8 de julio del 2002, cursada por el Jefe de la Sección de Coopera- ción Técnica de la Embajada de México; CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de México, de la República de México, se desarrollará del 8 al 11 de octubre del 2002, el "Foro de Agua para las Américas en el Siglo XXI", organizado por la Secretaría General de Medio Ambiente y Recursos Natura- les, la Comisión Nacional del Agua, el Consejo Consultivo del Agua de México, la Red Internacional de Organismos de Cuen- cas y la Word Water Council y Global Water Partnership; Que, el mencionado evento tiene como propósitos anali- zar la situación de los recursos hídricos y su gestión en las Américas; compartir experiencias, estrategias y estudios de caso que permitan alcanzar en el mediano plazo un uso sus- tentable del agua en los países del continente americano; contribuir a la formulación de una perspectiva hemisférica de las Américas para el Tercer Foro Mundial del Agua, a cele- brarse en Kyoto, Japón en el año 2003; potenciar la coopera- ción regional en los temas del agua; así como integrar una Declaración Ministerial de las Américas que pudiera presen- tarse en la Conferencia Ministerial correspondiente al Tercer Foro Mundial del Agua; propósitos que se enmarcan dentro de las funciones de promoción que tiene la Dirección General de Aguas y Suelos del Instituto Nacional de Recursos Natu- rales - INRENA, previsto en el Decreto Supremo Nº 046-2001- AG, Reglamento de Organización y Funciones del INRENA, razón por la cual deviene en necesario autorizar la participa- ción de su Director General; Que, el Artículo 3º numeral 3.1 inciso b) del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, que aprueba medidas complementarias de austeridad y racionalidad en el gasto público para el año 2002, establece que se puede autorizar viajes al exterior con cargo a recursos públicos cuando los viajes tienen como fina- lidad efectuar acciones de promoción y/o negociación econó- mica y comercial, supuesto que se da en el presente caso conforme se aprecia en los propósitos del evento a realizarse; Que, en consecuencia resulta conveniente autorizar el viaje del Ing. José Dolores Rivas Lluncor, Director General de Aguas y Suelos del INRENA, para su participación en el "Foro de Agua para las Américas para el Siglo XXI", del 7 al 12 de octubre del 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560; la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Su- premo Nº 047-2002-PCM, la Ley Nº 27573 - Ley de Presu- puesto del Sector Público para el año Fiscal 2002 y Decre- to de Urgencia Nº 030-2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Ing. José Dolores Ri- vas Lluncor, Director General de Aguas y Suelos del INRE- NA, del 7 al 12 de octubre del 2002, para que participe en el "Foro de Agua para las Américas en el Siglo XXI", que se realizará en la ciudad de México, República de México. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán con cargo a los recursos presu- puestales asignados a la Meta 83, Recursos Directamente Recaudados del Presupuesto para el año 2002 del Pliego 162 Instituto Nacional de Recursos Naturales del Sector 13 Ministerio de Agricultura, de acuerdo al detalle siguiente: Ing. José Dolores Rivas Lluncor - Pasajes US$ 698.42 - Viáticos US$ 1,100.00 - Inscripción US$ 200.00 - Tarifa Corpac US$ 25.00 Total US$ 2,023.42 Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de im- puestos aduaneros cualquiera fuera su clase o denominación. Artículo 4º.- El funcionario cuyo viaje se autoriza por la presente resolución, deberá presentar dentro de los quin- ce días posteriores a su retorno al país, un Informe de su