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Pág. 230978 NORMAS LEGALES Lima, sábado 5 de octubre de 2002 participación al Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA. Artículo 5º.- Encargar la Dirección General de Aguas y Suelos del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA al Ing. Baltazar Ramírez De los Santos, Director de Administración y Operación de Distritos de Riego, a partir del 7 de octubre del año en curso y mientras dure la au- sencia del funcionario mencionado en el Artículo 1º de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 17745 ECONOMÍA Y FINANZAS Aprueban donación efectuada a favor de la DIGESA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 239-2002-EF Lima, 2 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, Sanofi-Synthelabo Inc. de New York, Estados Uni- dos de América, ha efectuado una donación a favor de la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) del Mi- nisterio de Salud, consistente en medicinas, a ser destina- das para la atención de pacientes intoxicados con plomo en la sangre en el Callao y La Oroya; Que, el inciso k) del artículo 2º del Texto Único Ordena- do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transfe- rencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del artícu- lo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto Gene- ral a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, la donación efectuada por Sa- nofi-Synthelabo Inc. de New York, Estados Unidos de América, a favor de la Dirección General de Salud Am- biental (DIGESA) del Ministerio de Salud, consistente en medicinas según Carta de Donación de fecha 30 de abril de 2002 y Resolución Directoral Nº 0122-2002-SA/OFICE de fecha 23 de julio de 2002 del Ministerio de Salud y un peso aproximado de 20 Kgs., según Guía Aérea Nº 001- 89202761 de American Airlines. Dicha donación será des- tinada para la atención de pacientes intoxicados con plo- mo en la sangre en el Callao y La Oroya. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impues- to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT- y a la Contraloría General de la Repú- blica, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 17642Aprueban donaciones efectuadas a favor de asociaciones y de la Cruz Roja Perua- na, destinadas a actividades de carácter asistencial y damnificados por sismo RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 249-2002-EF Lima, 2 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, Korea Presbyterian Mission de Seúl, República de Corea, ha efectuado una donación a favor de la Asocia- ción Misión Cosín Internacional, consistente en diversos bienes que serán destinados para apoyar sus actividades de carácter asistencial y educativa; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Orde- nado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Im- puesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán grava- das con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artí- culo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en nombre del Gobierno Peruano, la donación efectuada por Korea Presbyterian Mis- sion de Seúl, República de Corea, a favor de la Asociación Mi- sión Cosín Internacional, consistente en ropa, mesas y otros bienes, según Carta de Donación de fecha 24 de mayo de 2002 y Carta sin fecha, con un peso aproximado de 16 520 kgs., según Conocimiento de Embarque Nº KR - 051 UNIX02052C00440 de Uni Ocean Express. Dicha donación será destinada para apoyar actividades de carácter asistencial y edu- cativa que realiza la Asociación Misión Cosín Internacional. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impues- to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT- y a la Contraloría General de la Repú- blica, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 17723 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 250-2002-EF Lima, 2 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, la organización sin fines de lucro "Unidos por el Perú" de Estados Unidos de América ha efectuado una donación a favor de la Cruz Roja Peruana consistente en diversos bie- nes destinados para cumplir con sus Programas Sociales de Emergencia y de Implementación de Centros Educativos y Postas Médicas en zonas de más bajos recursos; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Orde- nado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Im- puesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán grava- das con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artí- culo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto