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Pág. 231930 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de octubre de 2002 midad con lo dispuesto en el artículo 26º del mismo dispo- sitivo se debe retrotraer el Proceso al momento anterior a aquel en que se produjo dicho incumplimiento; Que, por lo mencionado en el Informe Nº 47-CE/MVMT, así como lo especificado en el considerando anterior de la presente Resolución, el Proceso de Selección debe Retrotraerse hasta la etapa de Absolución de Consultas, fijándose un nuevo Calendario hasta la culminación del citado Proceso; Con el Visto Bueno de la Oficina de Asesoría Legal, la Oficina de Planificación y Presupuesto, la Oficina de Administración y la Unidad de Abastecimiento y con las atribuciones conferidas con la Resolución de Alcaldía Nº 1094-2002/MVMT; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR DE OFICIO LA NU- LIDAD PARCIAL de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0012-O-2002-CE/MVMT, Rehabilitación de la Av. Villa Ma- ría - Zona Cercado de Villa María del Triunfo, debiendo retrotraerse dicho proceso de selección hasta la Etapa de Absolución de Consultas. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento de los Postores que adquirieron las Bases Administrativas para el aludido proceso la presente Resolución, bajo respon- sabilidad del Comité Especial para Procesos de Selec- ción de Obras Públicas. Artículo Tercero.- Requerir a los integrantes del Co- mité Especial encargado del presente Proceso de Selec- ción a fin de que el mismo se desarrolle conforme a las disposiciones que regulan sus etapas. Artículo Cuarto.- Disponer que todas las unidades orgánicas de esta Corporación Edil brinden la colabora- ción necesaria al Comité Especial encargado de los Pro- cesos de Selección de Obras Públicas a fin de cumplir adecuadamente las funciones encomendadas. Villa María del Triunfo, 22 de octubre del 2002 Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. EDUARDO B. FLORES LÉVANO Director Municipal 18805 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUERTO BERMÚDEZ Amplían declaratoria de situación de urgencia para la adquisición de insu- mos del Programa Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-2002-MDPB Puerto Bermúdez, 17 de octubre del 2002 VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 17 de octubre del 2002 y el Informe Nº 059-2002-MDPB-D.M. e Informe s/n de Asesoría Legal Externa. CONSIDERANDO: Que, con fecha 7 de octubre del 2002, el Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche tomó el acuerdo de que la ración alimenticia a otorgar a los bene- ficiarios de dicho programa estará compuesto de Kiwi Ave- na Azucarada, Leche Avena Azucarada, Crema Avena Azucarada y Leche Gloria con un valor referencial total de S/. 150,644.70 (ciento cincuenta mil seiscientos cua- renticuatro y 70/100 Nuevos Soles). Que, el Informe Nº 002-2002-MDPB/R.PVL de respon- sable del PROVAL de fecha 9 de octubre del año en cur- so solicita la conformación del Comité Especial y la am- pliación de Declaratoria de Urgencia para la adquisición de los insumos del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Puerto Bermúdez. Que, el Artículo 21º del TUO de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado aprobado medianteD.S. Nº 012-2001-PCM señala que "Situación de Urgen- cias cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma direc- ta e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo". Dicha situación faculta a la Entidad la adquisi- ción o contratación de bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad según sea el caso necesario para llevar a cabo el proceso de selección que corresponda. Que, estando a los informes de vistos, la causa que genera declarar la situación de urgencia del PVL es el no haber atendido dicho programa por los meses de agosto, setiembre y octubre debido a haber incumplido las repre- sentantes de base del PVL con la consulta a las benefi- ciarias, según lo dispone el Art. 2.2 de la Ley Nº 27470 modificada por Ley Nº 27712, aspecto que no puede pa- ralizar la adquisición y reparto de los insumos por ser un programa social en beneficio de la población infantil. Que, de otro lado y a fin de asegurar el abastecimien- to de los insumos del PVL es necesario adoptar las ac- ciones inmediatas para que el suministro de dichos insu- mos se realice en forma normal, debiendo tomarse en cuenta las características geográficas y climatológicas del distrito de Puerto Bermúdez en mérito al Informe Nº 059-2002-MDPB-DM, supuesto que permite ampliar la declaración de situación de urgencia para la adquisición de insumos del PVL. Aprobada por Acuerdo de Concejo de fecha 15 de abril del 2002 como a proceder a la pró- rroga del contrato de suministro de producto del PVL con actual proveedor para los meses de agosto a diciembre del año 2002; toda vez que de acuerdo al Oficio Nº 071- 02 C.S. P.B./UTES/OX/P de la Dirección del Centro de Salud de Puerto Bermúdez cumplen con el valor nutricio- nal de acuerdo a los valores del Ministerio de Salud. Que, por las consideraciones expuestas y estando el Informe Nº 059-2002-MDPB-DM, Informe Legal s/n es pro- cedente ampliar la situación de urgencia para la adquisi- ción de los insumos del PVL. De conformidad con las facultades conferidas con la Ley Nº 23853 y con el voto unánime del Concejo Municipal. SE ACUERDA: Artículo Primero.- AMPLIAR la declaratoria de situa- ción de urgencia para la adquisición de insumos del PVL aprobada por acuerdo de concejo de fecha 15 de abril del 2002 por un lapso de 150 días calendario. Artículo Segundo.- EXONÉRESE a la Municipalidad Distrital de Puerto Bermúdez del proceso de selección por Adjudicación Directa Selectiva para la adquisición de los insumos para el Programa del Vaso de Leche, que estará conformada por: - Kiwi Avena Azucarada (bolsa de 1/2 Kg.) 9,260.00 Kg. - Leche Avena Azucarada (bolsa de 1/2 Kg.) 10,240.00 Kg. - Crema Avena Azucarada (bolsa de 1/2 Kg) 2,315.00 Kg. - Leche Evaporada (tarro de 410 Gr.) 7,014.00 tarros Contándose con la suma de S/. 30,128.94 (Treinta mil ciento veintiocho y 94/100 Nuevos Soles) mensual y un total de S/. 150,644.70 (Ciento cincuenta mil seiscientos cuarenticuatro y 70/100 Nuevos Soles) que constituye el valor referencial cuya fuente de financiamiento es la trans- ferencia del Programa del Vaso de Leche. Artículo Tercero.- AUTORIZAR al Comité Especial Permanente para que proceda la adquisición de dichos insumos mediante el proceso de adjudicación de Menor Cuantía hasta por un período de cinco meses (150 días) por el monto del valor referencial detallado en el artículo procedente, prorrogando el contrato de suministro con la Empresa Distribuidora de Alimentos VICTOR'S. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Secretaría Gene- ral de la Municipalidad ponga de conocimiento de la pre- sente Resolución a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE dentro del plazo establecido por ley. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría Gene- ral y al Jefe de Abastecimiento el cumplimiento de la pre- sente Resolución así como la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALCIDES LUIS CALDERÓN MARTÍNEZ Alcalde 18746