Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2002 (26/10/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, sabado 26 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 232037

Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 592-2002-MTC/15.02. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 18955

Articulo 5°.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA COLL MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Acuatico 18839 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 630-2002-MTC/02 Mediante Oficio Nº 1660-2002-MTC/15.05, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, solicita se publique la Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 630-2002MTC/02, publicada en nuestra edicion del dia 25 de octubre de 2002, en la pagina 232002. DICE: Articulo 1º.- Autorizar el pago anticipado de los derechos de Peaje de todas las unidades de transporte, cuya relacion se adjunta en el Anexo I, que trasladen productos por encargo de PETROPERU en las Unidades de Peaje que administra PROVIAS NACIONAL, en la ruta Talara - Yurimaguas, hasta por el monto de S/. 5 573 084,00 (Cinco Millones Quinientos Setenta y Tres Mil Ochenta y Cuatro y 84/100 Nuevos Soles). DEBE DECIR: Articulo 1º.- Autorizar el pago anticipado de los derechos de Peaje de todas las unidades de transporte, cuya relacion sera comunicada por PETROPERU, en su oportunidad, que trasladen productos por encargo de PETROPERU en las Unidades de Peaje que administra PROVIAS NACIONAL, en la ruta Talara - Yurimaguas, hasta por el monto de S/. 5 573 084,00 (Cinco Millones Quinientos Setenta y Tres Mil Ochenta y Cuatro y 84/100 Nuevos Soles). 19020

Otorgan licencia a Proveeduria MORDAZA S.A. para prestar servicio de recojo de residuos oleosos en el Terminal Portuario del Callao
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 216-2002-MTC/15.15
MORDAZA, 10 de octubre de 2002 Vista la solicitud (Expediente Nº 2002-007061) presentada por la empresa PROVEEDURIA MORDAZA SA., solicitando Licencia para la prestacion de Servicio de Recojo de Residuos Oleosos en el Terminal Portuario del Callao; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC (29.DIC.2000), se faculto a la Direccion General de Transporte Acuatico del Sector Transportes y Comunicaciones, la regulacion, supervision y control de las actividades administrativas empresariales de los servicios de transporte maritimo y conexos realizados en trafico de MORDAZA y areas portuarias; Que, por Resolucion Ministerial Nº 100-2001-MTC/ 15.15 (28.FEB.2001), se aprobo el Reglamento del referido Decreto Supremo, el cual en su articulo 11° establece que las Licencias para prestar los referidos servicios, seran otorgadas por Resolucion Directoral de la Direccion General de Transporte Acuatico, previo cumplimiento de los requisitos que exige el mencionado Reglamento; Que, segun opinion favorable emitida por el Director de Empresas y Actividades Portuarias y el Asesor Legal, mediante los Informes Nº 330-2002-MTC/15.15.03 y 222-2002-MTC/ 15.15.al, respectivamente, la citada empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo 14° del referido Reglamento y su Modificatoria aprobada por Resolucion Ministerial N° 401-2001-MTC/15.15 (29.AGO.2001), por lo que corresponde otorgarle la Licencia solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 25862 (24.NOV.92), Decreto Supremo N° 056-2000-MTC (31.DIC.2000) y su Reglamento aprobado por Resolucion Ministerial N° 100-2001-MTC/15.15 (28.FEB.2001), modificada por Resolucion Ministerial N° 401-2001-MTC/15.15 (29.AGO.2001); SE RESUELVE: Articulo 1°.- OTORGAR a la empresa PROVEEDURIA MORDAZA SA., la Licencia Nº 010-2002-MTC/15.15SRR, para que preste Servicio de Recojo de Residuos Oleosos en el Terminal Portuario del CALLAO, sin perjuicio de cumplir con las disposiciones que sobre la materia correspondan a otros Sectores. Articulo 2°.- La Licencia que se otorga por el Articulo 1° precedente, concede a su titular un derecho especifico e intransferible; y tiene vigencia por tres (3) anos calendario, computados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial "El Peruano", pudiendo ser renovada por similar periodo a peticion de parte. Articulo 3°.- La Licencia de Servicio de Recojo de Residuos Oleosos que se otorga por el Articulo 1° de la presente Resolucion implica la obligacion del Titular de someterse a las disposiciones legales vigentes sobre la materia asi como a las directivas que al respecto emita la Empresa Nacional de Puertos SA., y a las disposiciones y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 4°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Sector Defensa, para los fines pertinentes.

VIVIENDA
Constituyen Comision Tecnica encargada de concordar y apoyar acciones a desarrollarse en el MORDAZA del Programa de Apoyo al Sector Habitacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 113-2002-VIVIENDA
MORDAZA, 24 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, tiene entre sus funciones y objetivos, el formular, aprobar, ejecutar y supervisar las politicas de alcance nacional en materia de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento, asi como el fortalecer la capacidad de gestion de sus organos y las entidades bajo el ambito del Sector, conforme a lo establecido en su Ley de Organizacion y Funciones, Ley Nº 27792 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento viene gestionando ante el Banco Interamericano de Desarrollo una operacion de financiamiento denominada Programa de Apoyo al Sector Habitacional, por un monto de US$ 250'000,000.00 (Doscientos cincuenta millones y 00/100 dolares americanos), a ejecutarse en dos fases de 3 (Tres) anos cada una; Que, el citado Programa tiene cuatro componentes denominados "Bono Familiar Habitacional", "Produccion MORDAZA Primaria", "Mejoramiento Integral de Barrios" y "Desarrollo Institucional y Sectorial"; Que, en el MORDAZA de las gestiones realizadas con el Banco Interamericano de Desarrollo, se ha considerado necesaria la constitucion de una Unidad Especial, con el objeto de facilitar las labores de coordinacion y seguimiento del Programa en referencia; De conformidad con la Ley Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.