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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (26/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 19

Pág. 232045 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de octubre de 2002 Artículo 4º.- DISPONER que la Gerencia de Adminis- tración informe de la presente Resolución Jefatural a la Con- traloría General de la República, dentro del plazo establecido por Ley, copia de la misma, de los informes que la sustentan y el formato EXO, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, así mismo en coordinación con la Gerencia de Informá- tica, publique la presente resolución en la página Web del RENIEC, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 5º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 18945 MINISTERIO PÚBLICO Dejan sin efecto resolución que nom- bró Fiscal Adjunto Provincial Provisio- nal de la Fiscalía Provincial Mixta de Cajatambo RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1860-2002-MP-FN Lima, 25 de octubre del 2002 VISTO Y CONSIDERANDO: La carta de fecha 21 de octubre del 2002, cursada por el doctor Andrés Martín Bermúdez Hercilla, en la que pre- senta renuncia al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Provi- sional de la Fiscalía Provincial Mixta de Cajatambo, Distri- to Judicial de Huaura, por razones familiares; Que no habiendo el mencionado Fiscal juramentado en el cargo y estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 1792-2002-MP-FN, de fecha 11 de octubre del 2002. que nombra al doctor Andrés Martín Bermúdez Hercilla, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional de la Fiscalía Provin- cial Mixta de Cajatambo, Distrito Judicial de Huaura. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presen- te Resolución al Fiscal Superior Decano del Distrito Judi- cial de Huaura, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y al interesado. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 18960 Aprueban Directiva sobre investigacio- nes de denuncias relacionadas con la fabricación irregular, contrabando y posterior comercialización de produc- tos pirotécnicos RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1855-2002-MP-FN Lima, 24 de octubre de 2002 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, el Ministerio Público tiene como funciones princi- pales, la defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos y los intereses públicos tutelados por la ley, así como ini- ciar llevar a cabo acciones tendentes a prevenir la comi- sión de delitos, las cuales se promueven de oficio o a soli- citud de parte; Que, siendo una prioridad institucional que las Fisca- lías Provinciales Penales, de Prevención del Delito y Mix-tas, impriman celeridad a las investigaciones sobre denun- cias relacionadas a prevenir la comisión de delitos vincula- dos con la fabricación, contrabando y posterior comer- cialización de productos pirotécnicos; es menester evitar acontecimientos como los sucedidos en el lugar denomina- do Mesa Redonda; Que, estando a lo expuesto, resulta pertinente dictar las pautas necesarias para el cumplimiento de las accio- nes conducentes a prevenir la comisión de los delitos an- tes mencionados; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 52 - Ley Orgánica del Ministerio Pú- blico; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 012-2002- MP-FN, que forma parte integrante de la presente Resolu- ción, así como el Formato Estadístico de los casos que se vienen investigando y/o hayan sido derivados al Poder Ju- dicial así como con los nuevos casos que se registren a partir de la fecha. Artículo Segundo.- El cumplimiento de las normas contenidas en la Directiva Nº 012-2002-MP-FN, es respon- sabilidad de los Fiscales Superiores Decanos de los respectivos Distritos Judiciales, Fiscales Provinciales Pe- nales, Fiscales Provinciales Mixtos, Fiscales de Familia y de la Gerencia de Planificación, Racionalización y Esta- dística. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación DIRECTIVA Nº 012-MP-FN Considerando que es una prioridad institucional que las Fiscalías Provinciales Penales, de Prevención del Delito y Mixtas impriman celeridad en las investigaciones sobre denuncias, de parte u oficio, relacionadas con la fabrica- ción irregular, contrabando y posterior comercialización de productos pirotécnicos, así como, que establezcan las la- bores de prevención correspondientes, la Fiscalía de la Nación dicta las siguientes pautas. 1.- En estricta concordancia con las funciones inheren- tes a los Fiscales Provinciales en lo Penal, de Prevención del Delito y Mixtos establecidas por la Ley Orgánica del Ministerio Público, se instruye a los Fiscales Superiores Decanos a nivel nacional a tomar todas las medidas de prevención y lucha contra la fabricación irregular, contra- bando y posterior comercialización de productos pirotéc- nicos que consideren pertinentes, teniendo en cuenta la cercanía de los festejos de Fin de Año. 2.- A partir de la fecha, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación que aprueba la pre- sente Directiva, los Fiscales Provinciales en lo Penal, de Prevención del Delito y Mixtos están obligados a llevar un Registro especial de Denuncias, sobre los casos arriba mencionados manteniendo la reserva del caso. 3.- Todos los Fiscales Provinciales de la República, de- berán llevar el formato estadístico que se adjunta con la presente, con los casos que se vienen investigando y/o que hayan sido derivados al Poder Judicial; de igual mane- ra deberán hacerlo con los nuevos casos que se registren a partir de la fecha, y enviar una copia del formato, el pri- mer día útil del mes siguiente, al Fiscal Superior Decano del respectivo Distrito Judicial. 4.- Los Fiscales Superiores Decanos a nivel nacional, deberán cumplir, y hacer cumplir, la presente Directiva en sus respectivos Distritos Judiciales, asumiendo las respon- sabilidades del caso. Asimismo deberán remitir los forma- tos estadísticos, la primera semana del mes siguiente, a la Gerencia de Planificación, Racionalización y Estadística para su procesamiento. 5.- La Gerencia de Planificación, Racionalización y Es- tadística para su procesamiento elaborará el respectivo consolidado a nivel nacional, para remitirlo, dentro de la segunda semana siguiente a la fecha anterior, al Despa- cho de la Fiscalía de la Nación. Lima, 24 de octubre del 2002 NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación