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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (26/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 232042 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de octubre de 2002 acordó suspender en el cargo de Alcalde del referido Con- cejo a Albaro Gabino Capcha Pacheco, por tener proceso penal con mandato de detención que ha sido confirmado, conforme se aprecia a fojas 5 y 6; Que, del análisis de autos se establece que, en fecha 10 de septiembre del 2002, la Segunda Sala Penal de Junín con- firmo el mandato de detención dictado contra Albaro Gabino Capcha Pacheco, por la presunta comisión del delito contra la administración pública en la modalidad de malversación de fondos y colusión, en agravio de la Municipalidad Distrital de Andamarca y del Estado, tal como consta a fojas 3 y 4; Que, Albaro Gabino Capcha Pacheco se encuentra in- curso en causal de suspensión automática del cargo de Al- calde que desempeña en el Concejo Distrital de Andamarca, debido a que, el mandato de detención dictado en su contra ha sido confirmado en segunda instancia por la Segunda Sala Penal de Junín; de conformidad con lo dispuesto por el artí- culo 29º numeral 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, modificado por el artículo 1º de la Ley Nº 26491; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, en caso de suspensión del cargo de Alcalde es reemplazado por el Teniente Alcalde y estando a las listas de candidatos remi- tidas por el Jurado Electoral Especial de Concepción, co- rresponde asumir provisionalmente el cargo de Alcalde a Máximo Floriano Hinostroza Valero, candidato proclamado Regidor integrante del Movimiento Independiente Vamos Vecino, y para completar el número de Regidores se debe convocar provisionalmente a Ángela Untiveros Llanco, candidata no proclamada integrante de la citada agrupación; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar que el ciudadano Albaro Gabino Capcha Pacheco se encuentra suspendido en el cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Andamarca, pro- vincia de Concepción, departamento de Junín, al haberse dictado mandato de detención que ha quedado firme. Artículo Segundo.- Encargar a Máximo Floriano Hi- nostroza Valero, para que asuma provisionalmente el car- go de Alcalde del Concejo Distrital de Andamarca, a quien se le otorgará la correspondiente credencial. Artículo Tercero.- Designar a Ángela Untiveros Llanco para que asuma provisionalmente el cargo de Regidora del Concejo Distrital de Andamarca, a quien se le otorgará la correspondiente credencial. Artículo Cuarto.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías para el cumplimiento de la pre- sente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN – LANDA CÓRDOVA, Secretario General 18919 O N P E Aprueban procedimiento de sorteo para la distribución equitativa de espacios publicitarios de la Franja Electoral Re- gional RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 346-2002-J/ONPE Lima, 25 de octubre de 2002 VISTOS: El Informe Nº 041-2002-GIEE/ONPE de fecha 25 de octubre de 2002, mediante el cual la Gerencia de Infor- mación y Educación Electoral solicita la aprobación del Pro- cedimiento del Sorteo para la distribución equitativa de los espacios publicitarios de la Franja Electoral Regional. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2002-PCM de fecha 18 de marzo de 2002, se ha convocado a EleccionesRegionales y Municipales para el domingo 17 de noviem- bre de 2002 en todo el territorio de la República; Que el artículo 5º inciso c) de la Ley Nº 26487, Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, señala que es función de la ONPE planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normatividad vigente; Que la Cuarta Disposición Transitoria y Complementa- ria de la Ley de Elecciones Regionales Nº 27683, dispone que en las elecciones regionales habrá espacios en los canales de televisión de señal abierta y estaciones de ra- dio, públicos y privados, de cobertura nacional y regional; y que estos espacios se ponen a disposición gratuita entre los partidos políticos, agrupaciones independientes o alian- zas participantes en el proceso electoral; Que la precitada norma legal señala que corresponde al Jurado Nacional de Elecciones dictar las normas nece- sarias para el mejor cumplimiento de la Franja Electoral; Que en cumplimiento de lo señalado en el consideran- do anterior, el Jurado Nacional de Elecciones aprobó me- diante Resolución Nº 643-2002-JNE el Reglamento de Fran- ja Electoral para las Elecciones Regionales del año 2002, publicado el 28 de setiembre del presente año; Que de acuerdo a la Ley de Elecciones Regionales, la Ofici- na Nacional de Procesos Electorales efectúa la distribución equi- tativa de los espacios publicitarios mediante sorteo con presen- cia de los personeros, observadores y representantes de los medios de comunicación y regula la utilización de los mismos; Que en el mencionado Reglamento de Franja Electoral se señala que el sorteo para la distribución equitativa de los es- pacios publicitarios se realizará con cinco (5) días de antici- pación a la fecha señalada por el Jurado Nacional de Eleccio- nes para el inicio de la transmisión de la Franja Electoral Re- gional, organismo que ha dispuesto que ésta se pone a dis- posición de las organizaciones políticas nacionales y regio- nales desde quince (15) días antes de la fecha fijada de las elecciones y hasta 24 horas antes de dicha fecha, hasta su- mar en conjunto un espacio diario total no mayor de diez (10) minutos, transmitiendo a una misma hora; Que el inciso b) del artículo 27º de la Ley Nº 26487, Orgánica de la ONPE, señala que las Oficinas Descentra- lizadas de Procesos Electorales tendrán dentro de su res- pectiva circunscripción la función de ejecutar las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos electorales, de referéndum y otras consultas populares, de acuerdo a las directivas de la Oficina Nacional de Procesos Electora- les y a la normatividad electoral vigente; En uso de las atribuciones que le confieren al Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales el artículo 13º de la Ley Nº 26487, y el inciso j) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolu- ción Jefatural Nº 190-2002-J/ONPE y en uso de las facultades señaladas en el Artículo 182º de la Constitución Política del Perú; Con la visación de la Gerencia de Información y Educación Electoral, de la Gerencia de Oficinas Descentralizadas de Pro- cesos Electorales y de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Realizar el sorteo para la distribución equi- tativa de los espacios publicitarios de la Franja Electoral Regional el día 27 de octubre de 2002 en las Oficinas Des- centralizadas de Procesos Electorales señaladas para cada circunscripción electoral regional. Artículo 2º.- Aprobar el Procedimiento del Sorteo para la distribución equitativa de los espacios publicitarios de la Franja Electoral Regional, el mismo que como anexo for- ma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Poner en conocimiento del Jurado Nacio- nal de Elecciones, de las Oficinas Descentralizadas de Pro- cesos Electorales y de los Jurados Electorales Especiales el contenido de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO TUESTA SOLDEVILLA Jefe GERENCIA DE INFORMACIÓN Y EDUCACIÓN ELECTORAL PROCEDIMIENTO PARA EL SORTEO DE LA FRANJA ELECTORAL DIRECTIVA ESPECÍFICA ÍNDICE 1.Objetivo 2.Finalidad