Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2002 (30/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, miercoles 30 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

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En la evaluacion que se lleve a cabo en el Pliego Ministerio de Economia y Finanzas, el representante del Ministerio de Economia, el que no actue como Secretario Tecnico, sera reemplazado por uno adicional de la Presidencia del Consejo de Ministros. Los representantes senalados en los parrafos precedentes, seran designados por resolucion del titular de la entidad respectiva, dentro de los quince (15) dias calendario de aprobado el presente Decreto Supremo. Articulo 4º.- Los costos que irrogue el trabajo efectuado por el Equipo Tecnico Multisectorial, seran atendidos con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas, entidad que queda facultada para que a traves de su Oficina General de Administracion, efectue las contrataciones y adquisiciones, a solicitud de la Secretaria Tecnica y de acuerdo a la normatividad vigente, que MORDAZA necesarias para el cumplimiento de la labor encomendada a este Equipo Tecnico. Articulo 5º.- Las entidades cuyos pliegos MORDAZA materia de evaluacion por parte del Equipo Tecnico Multisectorial, deberan prestar toda la colaboracion que sea necesaria en el MORDAZA de la tarea encomendada al Equipo, bajo responsabilidad del Titular de la entidad y del funcionario o servidor de la entidad involucrado en el MORDAZA de evaluacion. Articulo 6º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de octubre del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 19188

Aprueban donacion efectuada a favor del Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru - Ala Aerea Nº 3
RESOLUCION SUPREMA Nº 271-2002-EF
MORDAZA, 23 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, Kolpingsfamilie Abtsgmund de Alemania ha efectuado una donacion a favor del Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru - Ala Aerea Nº 3 consistente en diversos bienes; Que, el inciso k) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de entidades y dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar, la donacion efectuada por Kolpingsfamilie Abtsgmund de Alemania, a favor del Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru - Ala Aerea Nº 3 consistente en material para hospital, colchones y otros bienes con un valor aproximado de 10 000,00 (Diez Mil y 00/100 Euros), segun Certificado de Donacion de fecha 2 de enero de 2002. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF.

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