Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2002 (03/09/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 3 de setiembre de 2002

cuota inicial, la que la no sera inferior al 30% del monto de la deuda, el saldo podra ser fraccionado en partes iguales hasta en quince 15 cuotas como MORDAZA, la cuota inicial, asi como las cuotas restantes no podran ser inferiores a setenta y cinco nuevos soles (S/. 75.00). Articulo Octavo.- Condonense en un 100% las multas tributarias generadas por no pagar dentro de los plazos establecidos los tributos retenidos o percibidos por concepto del Impuesto a los Espectaculos Publicos No Deportivos. Articulo Noveno.- No se encuentran comprendidas dentro de los alcances del Beneficio Extraordinario, las deudas tributarias, multas tributarias, ni multas administrativas canceladas con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Articulo Decimo.- Con el acogimiento del contribuyente al Beneficio Extraordinario, se entendera que hace expreso reconocimiento de su deuda con la Municipalidad, por lo que no podra presentar futuras reclamaciones respecto de las deudas incluidas en dicho pago. Los contribuyentes que hayan formulado recursos de reclamacion, reconsideracion o apelacion con anterioridad al Beneficio Extraordinario, por los tributos o multas administrativas que son materia del mismo que se encuentren pendientes de resolucion, deberan desistirse de ellos en la forma prescrita por ley, haciendo referencia al expediente administrativo que dio merito al procedimiento, siendo este un requisito para acogerse a la presente Ordenanza. Articulo Decimoprimero.- El presente Beneficio Extraordinario no paraliza los Procedimientos de Cobranza Coactiva. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Para lo no previsto en el presente Beneficio Extraordinario sera de aplicacion lo estipulado en la Ordenanza Nº 012-MDB. Segunda.- Las personas que se acojan al beneficio de descuento establecido en el Articulo MORDAZA de la presente Ordenanza, no se encuentran dentro de los alcances del articulo 26º de la Ordenanza Nº 081-MDB. Tercera.- Facultese a la senora Alcaldesa para que mediante Decreto dicte las medidas reglamentarias y/o ampliatorias para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Cuarta.- Las Unidades que integran la Oficina de Administracion Tributaria, la Unidad de Tesoreria de la Oficina de Administracion y Finanzas, asi como la Unidad de Informatica y Estadistica de la Oficina de Planeamiento seran las responsables de velar por el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE CAPRIATA Alcaldesa 15684

ministrativa y, que en razon del tiempo y de la situacion economica se ven imposibilitados de acogerse a los beneficios contenidos en la Ordenanza Nº 09-2002-MDSM; Que, el plazo MORDAZA mediante el Decreto de Alcaldia Nº 08-2002-MDSM ha resultado insuficiente para que un gran numero de contribuyentes puedan regularizar su situacion administrativa y tributaria, esto debido a que la situacion economica no ha mejorado; Que, la Administracion Tributaria no puede estar ajena respecto de la situacion MORDAZA expuesta, por lo que se hace necesario establecer una prorroga del plazo establecido en la Ordenanza Nº 09-2002-MDSM y sus consecuentes beneficios establecidos en favor de los vecinos y/o contribuyentes de nuestro distrito; Que, el articulo 5º de la Ordenanza Nº 09-2002-MDSM establece que el plazo establecido puede ser prorrogado mediante Decreto de Alcaldia; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y el Articulo 5º de la Ordenanza Nº 09-2002-MDSM; SE DECRETA: Articulo Primero.- Prorrogar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 09-2002-MDSM hasta el dia 14 de setiembre del 2002 respecto al periodo de regularizacion tributaria y administrativa municipal - PERTAM. Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Rentas, Informatica, Administracion, Imagen Institucional y Ejecutoria Coactiva el cumplimiento del presente Decreto. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 15683

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Amplian plazo del Beneficio Especial de Regularizacion Tributaria, otorgado mediante Ordenanza Nº 137-MDSL
DECRETO DE ALCALDIA Nº 0005-MDSL San MORDAZA, 29 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 0137-MDSL publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de MORDAZA del 2002, se otorgo desde el 15 de MORDAZA al 5 de agosto del 2002, el Beneficio Especial de Regularizacion Tributaria y Administrativa a los contribuyentes del distrito de San MORDAZA para que regularicen sus obligaciones pendientes de pago; Que, la Ordenanza en mencion, en su articulo noveno establece otorgar facultades al senor MORDAZA para que mediante Decreto amplie el plazo establecido para el Beneficio Especial referido; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 0004-MDSL, se amplio hasta el 31 de agosto del ano en curso la vigencia del Beneficio Especial senalado y estando por vencerse el plazo del mismo, se hace necesario ampliarlo, toda vez que existe un gran numero de contribuyentes deudores que aun no se han acogido al mismo, y que expresan su voluntad de hacerlo; Estando a lo expuesto, con las facultades conferidas en la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades y de conformidad con el Decreto Supremo Nº 135-99-EF; DECRETA: Articulo Primero.- AMPLIAR hasta el 5 de octubre del ano en curso, el vencimiento del Beneficio Especial de Regularizacion Tributaria y Administrativa, otorgado mediante Ordenanza Nº 137-MDSL. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Finanzas en cuanto le corresponda. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 15685

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 09-2002-MDSM que establecio beneficio de regularizacion tributaria y administrativa municipal - PERTAM
DECRETO DE ALCALDIA Nº 09-2002-MDSM San MORDAZA, 2 de setiembre de 2002 LA ALCALDIA: Visto el informe de la Oficina de Rentas en el que solicita se amplie el plazo de vigencia del PERTAM de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 5º de la Ordenanza Nº 09-2002; CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Rentas ha senalado que existe un gran numero de contribuyentes que estan solicitando se amplie el plazo del PERTAM a fin de poder regularizar todas sus deudas pendientes de pago; Que, teniendo presente la peticion formulada por los vecinos del distrito de San MORDAZA, quienes demuestran su voluntad de regularizar sus deudas tributarias frente a la Administracion Tributaria, en base a los beneficios otorgados por el Periodo de Regularizacion Tributaria y Ad-

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