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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (30/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 30

Pág. 230728 NORMAS LEGALES Lima, lunes 30 de setiembre de 2002 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 258-2002-TR Lima, 27 de setiembre de 2002 VISTO: El Oficio Nº 559-PE-ESSALUD-2002 de la Presiden- cia Ejecutiva del Seguro Social de Salud - ESSALUD y el Oficio Nº 2167-2002/DE-FONAFE de la Directora Ejecu- tiva de FONAFE de fecha 19 de setiembre de 2002; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Miami, EE.UU., se llevará a cabo la PASANTÍA EN ACTUALIZACIÓN EN ANESTESIOLO- GÍA, organizada por el Hospital Jackson Memorial, del 01 al 31 de octubre de 2002; Que, el Seguro Social de Salud (ESSALUD) ha deter- minado la conveniencia que el señor VICTOR HUGO RO- SAS MARROQUIN, Médico Asistente del Servicio de Anestesiología Clínico Quirúrgico del Hospital Nacional "Guillermo Almenara Irigoyen", participe en el menciona- do evento; Que, en los últimos años, se ha incrementado la pro- ducción asistencial del Servicio de Anestesiología Clí- nico Quirúrgico del Hospital Nacional "Guillermo Alme- nara Irigoyen", ante el avance de los procedimientos qui- rúrgico de las especialidades médicas, lo que hace ne- cesario actualizar al personal del Centro Quirúrgico en técnicas y procedimientos anestésicos para las inter- venciones de cirugía laparoscópica y endoscópica, ma- nejo de pacientes inestables y críticos como en trauma y neuroquirúrgicos, entre otros, contribuyendo de esta manera al bienestar del asegurado; Que, mediante el Oficio Nº 2167-2002/DE-FONAFE la Dirección Ejecutiva de FONAFE precisa los alcances de la aplicación de las normas contenidas en la Directiva Nº 001- 2002/FONAFE al procedimiento de autorización de viajes al extranjero de los servidores y funcionarios públicos de ESSALUD, especificando que toda vez que ESSALUD es un organismo público descentralizado, las autorizaciones para viajes al extranjero de su personal se rigen según el procedimiento establecido en la Ley Nº 27619 y su Regla- mento, no siendo aplicable lo dispuesto en el numeral 1.4.3 de la Directiva Nº 001-2002/FONAFE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servi- dores y funcionarios públicos y en su Reglamento, apro- bado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, así como en la Resolución Suprema Nº 015-2002-TR, la misma que establece excepciones a las medidas de austeridad y ra- cionalidad en el gasto público; y, Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Autorizar el viaje del señor VICTOR HUGO ROSAS MARROQUIN, Médico Asistente del Ser- vicio de Anestesiología Clínico Quirúrgico del Hospital Nacional "Guillermo Almenara Irigoyen", del Seguro So- cial de Salud - ESSALUD, a la ciudad de Miami, EE.UU., del 01 al 31 de octubre de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º .- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos : US$ 1,041.64 Pasajes : US$ 660.92 Tarifa CORPAC : US$ 25.00 Artículo 3º .- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 17380RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 259-2002-TR Lima, 27 de setiembre de 2002 VISTO: El Oficio Nº 559-PE-ESSALUD-2002 de la Presiden- cia Ejecutiva del Seguro Social de Salud - ESSALUD y el Oficio Nº 2167-2002/DE-FONAFE de la Directora Ejecu- tiva de FONAFE de fecha 19 de setiembre de 2002; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Barcelona, España, se llevará a cabo la PASANTÍA EN TÉCNICAS DE TERAPIA DEL DOLOR, organizada por el Hospital de la Santa Creu I - Universitat Autónoma de Barcelona, del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2002; Que, el Seguro Social de Salud (ESSALUD) ha deter- minado la conveniencia que la señora LUZ AYDEE HE- REDIA MUÑOZ, Médico Asistente del Servicio de Anes- tesiología del Hospital Nacional "Almanzor Aguinaga Asenjo" de la Red Asistencial Lambayeque, participe en el mencionado evento; Que, la atención del paciente con dolor agudo y dolor crónico benigno o crónico maligno es una demanda real de los servicios de salud, por ello es necesario contar con personal capacitado con conocimientos y habilida- des en el tratamiento del dolor post-operatorio, que con- tribuya a la reducción de los costos hospitalarios y a la tasa de morbimortalidad; Que, mediante el Oficio Nº 2167-2002/DE-FONA- FE la Dirección Ejecutiva de FONAFE precisa los al- cances de la aplicación de las normas contenidas en la Directiva Nº 001-2002/FONAFE al procedimiento de autorización de viajes al extranjero de los servidores y funcionarios públicos de ESSALUD, especificando que toda vez que ESSALUD es un organismo público des- centralizado, las autorizaciones para viajes al extran- jero de su personal se rigen según el procedimiento establecido en la Ley Nº 27619 y su Reglamento, no siendo aplicable lo dispuesto en el numeral 1.4.3 de la Directiva Nº 001-2002/FONAFE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servi- dores y funcionarios públicos y en su Reglamento, apro- bado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, así como en la Resolución Suprema Nº 015-2002-TR, la misma que establece excepciones a las medidas de austeridad y racionalidad en el gasto público; y, Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora LUZ AYDEE HEREDIA MUÑOZ, Médico Asistente del Servicio de Anestesiología del Hospital Nacional "Almanzor Aguina- ga Asenjo" de la Red Asistencial Lambayeque, del Segu- ro Social de Salud - ESSALUD, a la ciudad de Barcelona, España, del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos : US$ 4,550.00 Pasajes : US$ 1,588.40 Tarifa CORP AC : US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 17381