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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (30/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 28

Pág. 230726 NORMAS LEGALES Lima, lunes 30 de setiembre de 2002 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 254-2002-TR Lima, 27 de setiembre de 2002 VISTO: El Oficio Nº 559-PE-ESSALUD-2002 de la Presiden- cia Ejecutiva del Seguro Social de Salud - ESSALUD y el Oficio Nº 2167-2002/DE-FONAFE de la Directora Ejecu- tiva de FONAFE de fecha 19 de setiembre de 2002; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Barcelona, España, se llevará a cabo la PASANTÍA EN ONCOLOGÍA PEDIÁTRICA, or- ganizada por el Hospital Materno Infantil de Barcelona, del 01 de octubre al 30 de noviembre de 2002; Que, el Seguro Social de Salud (ESSALUD) ha deter- minado la conveniencia que la señora GLADYS LOAYZA ACOSTA, Enfermera del Servicio de Quimioterapia de la Consulta Externa Pediátrica del Hospital Nacional "Ed- gardo Rebagliati Martins", participe en el mencionado evento; Que, la participación de la Lic. Gladys Loayza Acosta a la pasantía en mención le permitirá intercambiar expe- riencias, conocer los nuevos adelantos tecnológicos en el tratamiento oncohematológico y los últimos estánda- res de protocolos de investigación en patologías oncoló- gicas y a su retorno propondrá estrategias para afrontar situaciones en cuanto a la atención de enfermería del paciente pediátrico oncológico, actividad que redundará en brindar una mejor calidad de atención; Que, mediante el Oficio Nº 2167-2002/DE-FONAFE la Dirección Ejecutiva de FONAFE precisa los alcances de la aplicación de las normas contenidas en la Directiva Nº 001-2002/FONAFE al procedimiento de autorización de viajes al extranjero de los servidores y funcionarios públicos de ESSALUD, especificando que toda vez que ESSALUD es un organismo público descentralizado, las autorizaciones para viajes al extranjero de su personal se rigen según el procedimiento establecido en la Ley Nº 27619 y su Reglamento, no siendo aplicable lo dispuesto en el numeral 1.4.3 de la Directiva Nº 001-2002/FONA- FE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servi- dores y funcionarios públicos y en su Reglamento, apro- bado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, así como en la Resolución Suprema Nº 015-2002-TR, la misma que establece excepciones a las medidas de austeridad y ra- cionalidad en el gasto público; y, Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Autorizar el viaje de la señora GLADYS LOAYZA ACOSTA, Enfermera del Servicio de Quimiote- rapia de la Consulta Externa Pediátrica del Hospital Na- cional "Edgardo Rebagliati Martins", del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la ciudad de Barcelona, España, del 01 de octubre al 30 de noviembre de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º .- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos : US$ 2,171.75 Pasajes : US$ 1,585.00 Tarifa CORP AC : US$ 25.00 Artículo 3º .- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 17376RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 255-2002-TR Lima, 27 de setiembre de 2002 VISTO: El Oficio Nº 559-PE-ESSALUD-2002 de la Presiden- cia Ejecutiva del Seguro Social de Salud - ESSALUD y el Oficio Nº 2167-2002/DE-FONAFE de la Directora Ejecu- tiva de FONAFE de fecha 19 de setiembre de 2002; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Santiago de Compostela, Espa- ña, se llevará a cabo la PASANTÍA EN ENFERMEDAD VASCULAR CEREBRAL, organizada por el Hospital Clí- nico Universitario, del 01 de octubre al 30 de noviembre de 2002; Que, el Seguro Social de Salud (ESSALUD) ha deter- minado la conveniencia que la señora RAQUEL ALDAVE SALAZAR, Médico del Servicio de Neurología del Hospi- tal Nacional Guillermo Almenara Irigoyen, participe en el mencionado evento; Que, según las estadísticas del Hospital Nacional Gui- llermo Almenara Irigoyen, las enfermedades vasculares cerebrales constituyen una causa frecuente de ingreso en los servicios de emergencia y es la primera causa de hospitalización en el servicio de neurología, por lo que resulta conveniente el entrenamiento del personal médi- co en el manejo de esta patología, lo que servirá para mejorar la calidad de vida del paciente y para elevar el nivel asistencial de este hospital con la implementación y funcionamiento de la primera unidad de ICTUS en el Perú; Que, mediante el Oficio Nº 2167-2002/DE-FONAFE la Dirección Ejecutiva de FONAFE precisa los alcances de la aplicación de las normas contenidas en la Directiva Nº 001-2002/FONAFE al procedimiento de autorización de viajes al extranjero de los servidores y funcionarios públicos de ESSALUD, especificando que toda vez que ESSALUD es un organismo público descentralizado, las autorizaciones para viajes al extranjero de su personal se rigen según el procedimiento establecido en la Ley Nº 27619 y su Reglamento, no siendo aplicable lo dispuesto en el numeral 1.4.3 de la Directiva Nº 001-2002/FONA- FE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servi- dores y funcionarios públicos y en su Reglamento, apro- bado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, así como en la Resolución Suprema Nº 015-2002-TR, la misma que establece excepciones a las medidas de austeridad y ra- cionalidad en el gasto público; y, Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Autorizar el viaje de la señora RAQUEL ALDAVE SALAZAR, Médico del Servicio de Neurología del Hospital Nacional Guillermo Almenara Irigoyen, del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la ciudad de San- tiago de Compostela, España, del 01 de octubre al 30 de noviembre de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º .- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos : US$ 2,494.05 Pasajes : US$ 1,438.00 Tarifa CORPAC : US$ 25.00 Artículo 3º .- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 17377