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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (06/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 69

PÆg. 242303 NORMAS LEGALES Lima, domingo 6 de abril de 2003 ACUERDO: Artículo 1º.- CONCEDER Autorización y Licencia al Sr. Ing. JOSÉ ELGAR MARREROS SAUCEDO, Alcaldede la Municipalidad Provincial de Barranca, del 26 de abril al 2 de mayo del presente año, para viajar a la ciudad de San Salvador (El Salvador), por las considera-ciones antes expuestas. Artículo 2º.- El egreso que demande el viaje autori- zado precedentemente será con cargo al presupuesto5.3.11.20 Viáticos y Asignación y 5.3.11.32 Gastos de Transporte, por un total de US$ 1,293.48 de acuerdo al siguiente detalle: VIÁTICOS POR: - Día 27-4-03 $ 200.00 - Día 1-5-03 $ 200.00 ------------- 400.00 - Impuesto Corpac $ 28.00 - Pasaje Aéreo $ 830.48 - Tarjeta Médica $ 35.00 NOTA: Los días 28, 29 y 30 de abril del 2003, los cubrirá el Programa URB-AL de la Unión Europea. Artículo 3º.- CONFORME a lo establecido por el Artículo 30º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, reemplazará al Alcalde Ing. José ElgarMarreros Saucedo, el Teniente Alcalde Lic. Jorge Córdova Espinoza, durante el período que dure la Licencia concedida. Artículo 4º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a las áreas pertinentes de esta Corporación Edil, con conocimiento de los interesa-dos. Dado en la Casa Municipal, a los veintiocho días del mes de marzo del dos mil tres. Regístrese, comuníquese y archívese.ELGAR MARREROS SAUCEDO Alcalde 06723 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZ CARRIÓN Crean el Instituto de Vialidad Provin- cial de la provincia de SÆnchez Carrión ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2003-MPSC Huamachuco, 21 de marzo del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZ CARRIÓN POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Sánchez Carrión en Sesión Extraordinaria de fecha 20 de marzo del 2003; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Artículo 191º de la Constitu- ción Política del Estado, en concordancia con el Artículo2º de la Ley Orgánica de Municipalidades, éstas tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 192º Inc. 4) de la Constitución, en concordancia con los Artículos 10º y 36º de la Ley Orgá- nica de Municipalidades, ha otorgado expresamente alConcejo Municipal el ejercicio de la función normativa; Que, por mandato del Artículo 192º incisos 4) y 5) de la Constitución Política, las Municipalidades tienen com-petencia para organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su jurisdicción, así como planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscrip- ciones, en concordancia con lo establecido en el Artícu-lo 65º inciso 13) de la Ley Nº 23853, que norma la fun- ción de procurar, conservar y administrar en su caso, los bienes de dominio público dentro de los cuales seincluye los caminos rurales; Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política, los gobiernos loca-les pueden asociarse o concertar entre ellos para la ejecución de obras y la prestación de servicios co- munes, en armonía con las políticas y planes nacio-nales y regionales de desarrollo, lo que es ratificado por los Artículos 31º y 32º de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Artículo 53º literal b) de la Ley Nº 27209, Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, contempla la po- sibilidad de ejecución presupuestaria indirecta, que seproduce cuando la ejecución física y/o financiera de las actividades y proyectos, así como de sus respectivos componentes, es realizado por una entidad distinta delpliego; Que, en tal sentido, la creación del Instituto de Viali- dad Provincial de Sánchez Carrión, como organismopúblico descentralizado, con personería jurídica de De- recho Público Interno y con autonomía administrativa, presupuestaria y financiera, integrado por el Alcalde Pro-vincial y los Alcaldes Distritales, constituye una manifes- tación de la potestad municipal, dirigida a viabilizar la construcción y mantenimiento de los caminos rurales enel ámbito de la jurisdicción de las Municipalidades Distri- tales del ámbito periférico de la provincia de Sánchez Carrión; Que, en Asamblea de Alcaldes de Municipalidades del ámbito periférico de la provincia de Sánchez Carrión, presidida por el Alcalde Provincial, realizada el 14 demarzo del presente año, se aprobó por unanimidad el proyecto de Estatutos del Instituto de Vialidad Provincial de Sánchez Carrión; En consecuencia, estando a todo lo anterior, y a lo establecido por el Artículo 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE CREA EL INSTITUTO DE VIALIDAD PROVINCIAL DE LA PROVINCIA DE SÁNCHEZ CARRIÓN Artículo Primero.- CRÉASE, el Instituto de Viali- dad Provincial de la provincia de Sánchez Carrión (IVP), como organismo público descentralizado de la Municipalidad Provincial de Sánchez Carrión, conpersonería de derecho público interno y con autono- mía administrativa, económica, presupuestaria y fi- nanciera. Artículo Segundo.- APRUÉBESE, el Estatuto del Instituto de Vialidad Provincial de la provincia de Sán- chez Carrión, conforme al proyecto aprobado en Asam-blea de Alcaldes de Municipalidades de la provincia de Sánchez Carrión. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Dispóngase la asignación de personal y los cambios presupuestarios que demande la crea-ción y funcionamiento del Instituto de Vialidad Provin- cial. Segunda.- Modifíquese la Estructura Orgánica Mu- nicipal y facúltese al Alcalde Provincial para dictar las Resoluciones que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Tercera.- Quedan derogadas o modificadas las dis- posiciones de la Municipalidad Provincial de Sánchez Carrión, que se opongan en todo o en parte a lo dispues-to por la presente Ordenanza. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.HÉCTOR RODRÍGUEZ BARBOZA Alcalde 06743