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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (08/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 23

PÆg. 242365 NORMAS LEGALES Lima, martes 8 de abril de 2003 Que, siendo así, resulta necesario prorrogar la de- claratoria de urgencia de la adquisición de combustiblepara la flota vehicular de la Municipalidad Distrital deBellavista, aprobada por Acuerdo de Concejo Nº 006-2003-MDB; Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Legal, expresada mediante Informe Legal Nº 053-2003/MDB.OAJ del 21 de marzo del 2003; con el voto mayoritario de sus integrantes, en ejercicio delas facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades leconfiere y con dispensa del trámite de aprobación de ac-tas; ACUERDA: Artículo 1º.- Aprobar la prórroga de la declaratoria de urgencia de la adquisición de combustible para la flota vehicular de la Municipalidad Distrital de Bellavista, apro-bada por Acuerdo de Concejo Nº 006-2003-MDB; prórrogaque se deberá mantener vigente sólo hasta la culminacióndel proceso de selección correspondiente, conforme a laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Artículo 2º.- Disponer la publicación del presente Acuer- do de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y remitir copiacertificada del mismo a la Contraloría General de la Repú-blica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, dentro del plazo de ley. Regístrese y comuníquese. JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 06771 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA Autorizan contratación mediante adjudicación directa de menor cuan- tía de servicios de fiscalización, co-branza y procuraduría de acreenciasde empresas de telefonía ACUERDO DE CONCEJO Nº 056-2003-AL/CPB EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 20 de marzo del 2003, el pedido del Regidor Provincial Lic. Jorge Marín Taboada Samanamud, sobre contratación de una Empre- sa Fiscalizadora; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los órganos de gobierno local. Son personas jurídicas de derecho público con auto-nomía, política económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante el Informe Nº 040-2003-DR-MPB la Gerencia de Rentas, se acredita la necesidad de contra-tar los servicios de una persona natural o jurídica espe- cializada en Fiscalización, Asesoría, Procuraduría y Cobranza para la recuperación de deuda no tributariaque tienen las Empresas de Telefonía, con la Municipali- dad; Que, el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobada por D.S. Nº 012-2001-PCMseñala en su artículo 19º que están exonerados de los procesos de Licitación Pública o Concurso Público o Ad- judicación Directa, según sea el caso, las adquisicioneso contrataciones que se realicen: h) para servicios per- sonalísimos, de acuerdo a lo que establezca el Regla- mento;Que, el artículo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señala quese encuentran exonerados del respectivo proceso de selección, los contratos de locación de servicios cele- brados con personas naturales o jurídicas para cuandodicha contratación se haya tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del Locador, ya sea por sus características inherentes particulares o especialeso por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio; Que, por su parte, el artículo 20º del mismo cuerpo legal señala que las adquisiciones y contrataciones antesreferidas, se realizarán mediante el proceso de Adjudica- ción de Menor Cuantía, debiendo aprobarse mediante Acuerdo de Concejo Municipal; Que, asimismo el Reglamento de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, señala en su artículo 105º que de producirse los supuestos señalados en el artículo 19º dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado que determinan la necesidad de efectuar procesos de Adjudicación de Menor Cuantía, la Municipalidad harálas adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtención, por cualquier medio de comunicación incluyendo el facsímil y el correoelectrónico, de una cotización que cumpla con los requisi- tos establecidos en las bases, con autorización expresa del titular del Pliego, debiendo indicarse en la resoluciónexoneración el Órgano encargado de realizar el proceso de contratación; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante In- forme Nº 266-2003/OAJ-MPB del visto, opina que losservicios de Fiscalización, Asesoría, Procuraduría y Co- branza de rentas municipales, que requiere la Munici- palidad ante las acreencias, tienen un carácter persona-lísimos; Que, la Municipalidad en la actualidad no cuenta con los recursos económicos suficientes, así como el personal técnicamente especializado para realizar la recuperaciónde las acreencias que tengan las empresas de Telefonía con la Municipalidad; Que, visto y analizado el tema en Sesión Ordinaria de Concejo, se acordó aprobar las recomendaciones plantea-das por la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 266-2003/OAJ-MPB; y, Estando a las consideraciones expuestas, con el voto unánime de los Regidores presentes, y con dispensa delectura de acta, se: ACUERDO: Artículo 1º.- APROBAR la exoneración del proceso de selección correspondiente a la contratación de los servicios de la Empresa J.J. & W.S.R.L. para la Fiscali-zación, Cobranza y Procuraduría de las acreencias que tienen las Empresas de Telefonía a la Municipalidad. Artículo 2º.- AUTORIZAR a la Dirección Municipal, efectuar la contratación referida mediante el proceso de selección de Adjudicación Directa de Menor Cuan- tía. Artículo 3º.- DISPONER que la Oficina de Secretaría General, remita copia del acuerdo correspondiente y del informe que sustenta esta exoneración a la ContraloríaGeneral de la República, dentro de los DIEZ DÍAS hábiles siguientes a su emisión, así como la publicación en el Dia- rio Oficial El Peruano. Artículo 4º.- La Unidad de Logística y Control Patrimo- nial, queda encargada de la publicación del presente acuer- do en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la Casa Municipal, a los treintiún días del mes de marzo del dos mil tres. Regístrese, comuníquese y archívese. ELGAR MARREROS SAUCEDO Alcalde 06775