Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2003 (08/04/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 8 de MORDAZA de 2003

o) Las demas funciones que le asigne el Viceministro de Transportes, de acuerdo al ambito de su competencia. Articulo 61º.- La Estructura Organica de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles es la siguiente: ORGANO DE DIRECCION - Direccion General de Caminos y Ferrocarriles. ORGANOS DE APOYO - Oficina de Apoyo Tecnologico. - Oficina de Emergencias Viales. - Oficina de Equipo Mecanico. ORGANOS DE LINEA - Direccion de Desarrollo Vial. - Direccion de Normatividad Vial. - Direccion de Fiscalizacion Vial." Articulo 2º.- Incorporacion del articulo 63-A en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones Incorporase el articulo 63-A en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002PCM, cuyo texto queda redactado de la siguiente forma: "Articulo 63-A.- La Oficina de Equipo Mecanico se encarga de administrar y garantizar la operatividad y el valor patrimonial del equipo mecanico, para facilitar el desarrollo de las actividades viales a cargo del Subsector Transportes o usuarios que los soliciten. Esta cargo de un Director. Tiene las funciones siguientes: a) Formular y ejecutar las politicas orientadas a promover y garantizar el servicio y mantenimiento del equipo mecanico a su cargo. b) Supervisar los procesos de mantenimiento y reparacion de los equipos mecanicos y el estado de operatividad de los mismos a nivel nacional, sobre la base de sus atribuciones y responsabilidades tecnicas. c) Dirigir y supervisar la instalacion, uso, mantenimiento y reparacion del equipo mecanico a su cargo, garantizando la oportuna disponibilidad del equipo para la ejecucion de las obras y conservacion de las redes viales en el MORDAZA y la atencion de emergencias. d) Coordinar con los organos de los Proyectos Especiales del Subsector Transportes y sus unidades desconcentradas la utilizacion del equipo mecanico. e) Formular y proponer la actualizacion de las tarifas referenciales correspondientes al uso del equipo, para cumplir con los objetivos y metas previstas. f) Garantizar la seguridad del equipo mecanico que recibe en MORDAZA y de los talleres que administra. g) Participar en el MORDAZA de seleccion para la obtencion del equipo mecanico y de los bienes y servicios de acuerdo a sus necesidades, a traves de los Comites Especiales que se designe. h) Administrar la actualizacion del inventario valorizado del equipo mecanico y del almacen a su cargo, responsabilizandose por su control fisico y cautelando su buen uso y operatividad. i) Supervisar al personal asignado a los Proyectos Especiales, para la adecuada operacion, control, mantenimiento y reparacion de equipos mecanicos, coordinando el desarrollo de sus funciones. j) Las demas funciones que le asigne el Director General de acuerdo al ambito de su competencia." Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 06838

VIVIENDA
Autorizan viaje de representantes del Ministerio y del Fondo MIVIVIENDA a Brasil para verificar experiencias en mejoramiento MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 083-2003-VIVIENDA
MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, con la finalidad de verificar y adoptar las politicas mas propicias para el desarrollo de la Cartera, asi como verificar las experiencias en mejoramiento MORDAZA de MORDAZA en Sao MORDAZA, Rio de Janeiro y Brasilia, se programo el viaje del Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento a la Republica Federativa de Brasil del 8 al 11 de MORDAZA de 2003; Que, en tal sentido, es necesario designar a los funcionarios que participaran de forma anticipada a las actividades que desarrollara el Ministro en el citado viaje, siendo estas de interes institucional; Que, de conformidad con lo prescrito en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, resulta necesario autorizar el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Vivienda y Urbanismo; del senor MORDAZA MORDAZA Fernandini Capurro, Miembro del Gabinete de Asesores; y del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario Ejecutivo del Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA, a la Republica Federativa de Brasil; los dos primeros desde el 7 al 12 de MORDAZA de 2003, mientras que el tercero del 7 al 11 del presente; Con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Vivienda y Urbanismo; del senor MORDAZA MORDAZA Fernandini Capurro, Miembro del Gabinete de Asesores; y del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario Ejecutivo del Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA, a la Republica Federativa de Brasil; los dos primeros desde el 7 al 12 de MORDAZA de 2003, mientras que el tercero del 7 al 11 del presente, para los fines senalados en la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que demande el viaje que se autoriza, seran con cargo al Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, excepto el que corresponde al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de acuerdo con el detalle siguiente: Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasaje Aereo : US$ 841,00 Viaticos : US$ 1 200,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,00 Total : US$ 2 069,00 Sr. MORDAZA MORDAZA Fernandini Capurro Pasaje Aereo : US$ 794,98 Viaticos : US$ 1 200,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,00 Total : US$ 2 022,98 Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasaje Aereo : US$ 1 180,00 Viaticos : US$ 1 000,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,00 Total : US$ 2 208,00 Articulo 3º.- Los funcionarios autorizados, en un lapso de quince (15) dias de su retorno al MORDAZA, informaran a este Despacho sobre las actividades desarrolladas durante su permanencia en el viaje que se autoriza. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial, no otorga derecho a la exoneracion de tributos, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 06837

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