TEXTO PAGINA: 8
PÆg. 242350 NORMAS LEGALES Lima, martes 8 de abril de 2003 o) Las demás funciones que le asigne el Viceministro de Transportes, de acuerdo al ámbito de su competencia. Artículo 61º.- La Estructura Orgánica de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles es la siguiente: ÓRGANO DE DIRECCIÓN - Dirección General de Caminos y Ferrocarriles. ÓRGANOS DE APOYO - Oficina de Apoyo Tecnológico. - Oficina de Emergencias Viales.- Oficina de Equipo Mecánico. ÓRGANOS DE LÍNEA - Dirección de Desarrollo Vial. - Dirección de Normatividad Vial.- Dirección de Fiscalización Vial." Artículo 2º.- Incorporación del artículo 63-A en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministe- rio de Transportes y Comunicaciones Incorpórase el artículo 63-A en el Reglamento de Orga- nización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comu-nicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-PCM, cuyo texto queda redactado de la siguiente forma: "Artículo 63-A.- La Oficina de Equipo Mecánico se encarga de administrar y garantizar la operatividad y elvalor patrimonial del equipo mecánico, para facilitar el de-sarrollo de las actividades viales a cargo del SubsectorTransportes o usuarios que los soliciten. Está cargo de un Director. Tiene las funciones siguientes: a) Formular y ejecutar las políticas orientadas a pro- mover y garantizar el servicio y mantenimiento del equipomecánico a su cargo. b) Supervisar los procesos de mantenimiento y repa- ración de los equipos mecánicos y el estado de operativi-dad de los mismos a nivel nacional, sobre la base de susatribuciones y responsabilidades técnicas. c) Dirigir y supervisar la instalación, uso, mantenimiento y reparación del equipo mecánico a su cargo, garantizando la oportuna disponibilidad del equipo para la ejecución de las obras y conservación de las redes viales en el país y laatención de emergencias. d) Coordinar con los órganos de los Proyectos Espe- ciales del Subsector Transportes y sus unidades descon-centradas la utilización del equipo mecánico. e) Formular y proponer la actualización de las tarifas referenciales correspondientes al uso del equipo, para cum-plir con los objetivos y metas previstas. f) Garantizar la seguridad del equipo mecánico que re- cibe en tránsito y de los talleres que administra. g) Participar en el proceso de selección para la obten- ción del equipo mecánico y de los bienes y servicios de acuerdo a sus necesidades, a través de los Comités Espe-ciales que se designe. h) Administrar la actualización del inventario valorizado del equipo mecánico y del almacén a su cargo, responsa-bilizándose por su control físico y cautelando su buen uso y operatividad. i) Supervisar al personal asignado a los Proyectos Espe- ciales, para la adecuada operación, control, mantenimientoy reparación de equipos mecánicos, coordinando el desa-rrollo de sus funciones. j) Las demás funciones que le asigne el Director Gene- ral de acuerdo al ámbito de su competencia." Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de abril del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 06838VIVIENDA Autorizan viaje de representantes del Ministerio y del Fondo MIVIVIENDA a Brasil para verificar experiencias en mejoramiento urbano RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 083-2003-VIVIENDA Lima, 4 de abril de 2003 CONSIDERANDO: Que, con la finalidad de verificar y adoptar las políticas más propicias para el desarrollo de la Cartera, así como veri-ficar las experiencias en mejoramiento urbano de barrios enSao Paulo, Río de Janeiro y Brasilia, se programó el viaje delMinistro de Vivienda, Construcción y Saneamiento a la Repú- blica Federativa de Brasil del 8 al 11 de abril de 2003; Que, en tal sentido, es necesario designar a los funcio- narios que participarán de forma anticipada a las activida-des que desarrollará el Ministro en el citado viaje, siendoéstas de interés institucional; Que, de conformidad con lo prescrito en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, resulta necesario autorizar el viaje de los señores Miguel Romero Sotelo,Viceministro de Vivienda y Urbanismo; del señor ManuelPablo Fernandini Capurro, Miembro del Gabinete de Ase-sores; y del señor René Cornejo Díaz, Secretario Ejecutivodel Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda - Fon- do MIVIVIENDA, a la República Federativa de Brasil; los dos primeros desde el 7 al 12 de abril de 2003, mientrasque el tercero del 7 al 11 del presente; Con la opinión favorable de la Oficina General de Ase- soría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Miguel Romero Sotelo, Viceministro de Vivienda y Urbanismo; del señor Manuel Pablo Fernandini Capurro, Miembro del Ga-binete de Asesores; y del señor René Cornejo Díaz, Secre-tario Ejecutivo del Fondo Hipotecario de Promoción de laVivienda - Fondo MIVIVIENDA, a la República Federativade Brasil; los dos primeros desde el 7 al 12 de abril de 2003, mientras que el tercero del 7 al 11 del presente, para los fines señalados en la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el viaje que se autori- za, serán con cargo al Presupuesto del Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento, excepto el que corresponde alseñor René Cornejo Díaz, de acuerdo con el detalle siguiente: Sr. Miguel Romero Sotelo Pasaje Aéreo : US$ 841,00 Viáticos : US$ 1 200,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,00 Total : US$ 2 069,00 Sr. Manuel Pablo Fernandini Capurro Pasaje Aéreo : US$ 794,98 Viáticos : US$ 1 200,00Tarifa CORPAC : US$ 28,00 Total : US$ 2 022,98 Sr. René Cornejo Díaz Pasaje Aéreo : US$ 1 180,00 Viáticos : US$ 1 000,00Tarifa CORPAC : US$ 28,00 Total : US$ 2 208,00 Artículo 3º.- Los funcionarios autorizados, en un lapso de quince (15) días de su retorno al país, informarán a esteDespacho sobre las actividades desarrolladas durante supermanencia en el viaje que se autoriza. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, no otor- ga derecho a la exoneración de tributos, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 06837