Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2003 (08/04/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 8 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 242349

regularizacion del MORDAZA orden jerarquico de los tres organos de gobierno de la AMSP, con el objeto de alcanzar a partir de la eleccion de delegados a nivel nacional, una recomposicion definitiva de los organos de gobierno de la asociacion, no obstante lo cual, ello no se ha producido hasta la fecha; Que, asimismo mediante Oficio Nº 100-CEN-FENUTSSA/02 del Comite Ejecutivo Nacional de la Federacion Nacional Unificada de Trabajadores del Sector Salud (FENUTSSA), asi como Oficio PRES. Nº 029-03/C.A.-AMSP, suscrito por el Presidente del Consejo de Administracion y el Presidente del Consejo de Vigilancia de la Asociacion Mutualista Sanitaria del Peru, objeto de regularizacion en la Asamblea a que se alude en el parrafo precedente, solicitan al senor Ministro de Salud se sirva disponer la convocatoria a Asamblea de Delegados para la eleccion de los tres organos de gobierno de la Asociacion Mutualista Sanitaria del Peru; Que, el inciso d) del Articulo 3º del Decreto Ley Nº 20064 establece que corresponde al Titular del Sector convocar a Asamblea General si los organos de gobierno competentes para ello no lo hicieran; De conformidad con lo establecido en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657; SE RESUELVE: Articulo Primero.- CONVOCAR a Asamblea Nacional Extraordinaria de Delegados de la Asociacion Mutualista Sanitaria del Peru - AMSP, la misma que debera realizase en el local institucional de la Asociacion Mutualista Sanitaria del Peru, sito en MORDAZA MORDAZA Dagnino Nº 177, Cercado de MORDAZA, a los 30 dias calendario contados a partir de la publicacion de la presente resolucion, cuya agenda sera la siguiente: - Eleccion de la Junta Electoral Transitoria. - Aprobacion del Reglamento Electoral. - Eleccion de la Junta Directiva, Consejo de Vigilancia, y Junta Electoral Nacional de la Asociacion Mutualista Sanitaria del Peru (AMSP). Articulo Segundo.- DESIGNAR a un representante de la Alta Direccion del Ministerio de Salud, quien tendra a su cargo la instalacion y conduccion de la Asamblea objeto de convocatoria hasta que se verifique la eleccion de la Junta Electoral Transitoria. Una vez producida esta, la participacion de dicho representante sera en calidad de observador. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud 06781

funciones y estructura organica de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, las correspondientes a la Oficina de Equipo Mecanico; De conformidad con el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 27791; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion de los articulos 60º y 61º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones Modifiquese los articulos 60º y 61º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0412002-PCM, cuyos textos quedan redactados de la siguiente forma: "Articulo 60º.- Direccion General de Caminos y Ferrocarriles La Direccion General de Caminos y Ferrocarriles es un organo de linea del Viceministerio de Transportes que esta a cargo de dictar normas sobre el uso y desarrollo de la infraestructura de carreteras, puentes y ferrocarriles, asi como de fiscalizar su cumplimiento en las redes viales del MORDAZA, y administrar el equipo mecanico a su cargo y garantizar su estado de operatividad. Esta a cargo de un Director General, quien depende del Viceministro de Transportes. Tiene las funciones siguientes: a) Formular, proponer y ejecutar las politicas, estrategias y planes de desarrollo relativos a la gestion de las redes viales del MORDAZA, en lo relacionado con las carreteras y puentes asi como la actividad ferroviaria, fiscalizando la ejecucion delegada a los Proyectos Especiales, con excepcion de las vias concesionadas. b) Formular, y aprobar de ser el caso, la normatividad tecnica y administrativa relacionada con la ejecucion de la gestion de la infraestructura vial (carreteras, puentes y ferrocarriles), velando por su adecuado y oportuno cumplimiento, aplicacion y actualizacion, asi como por la preservacion del patrimonio vial del MORDAZA, incluyendo los derechos de via y area matriz de los ferrocarriles. c) Emitir opinion sobre las tarifas de precios y multas de los sistemas de peajes y pesajes, respectivamente, y sobre la propuesta de su ubicacion. d) Normar, autorizar y fiscalizar los permisos y licencias de operacion del servicio ferroviario, imponiendo las multas y sanciones administrativas que corresponda, de acuerdo a las facultades conferidas por Ley. e) Coordinar la formulacion de programas contingentes para atender las emergencias de las redes viales del MORDAZA, y su adecuada y oportuna ejecucion a traves de los Proyectos Especiales ejecutores de estudios y obras en las redes viales del pais. f) Coordinar con los entes ejecutores a fin de consolidar y mantener actualizado el inventario vial a nivel nacional. g) Aprobar y suscribir contratos, convenios, acuerdos internacionales, bases y terminos de referencia, cautelando el cumplimiento de las condiciones y especificaciones de los mismos, asi como participar por encargo en actividades y foros internacionales. h) Coordinar los asuntos relacionados con la politica, estrategia y planeamiento del desarrollo de la infraestructura de transporte intermodal con la Secretaria de Politica de Transportes, las direcciones generales de linea del subsector transportes y otras entidades relacionadas. i) Asesorar tecnicamente a otras entidades publicas y privadas en materia de infraestructura de transporte terrestre: carreteras, puentes y ferrocarriles. j) Administrar el equipo mecanico a su cargo y garantizar su estado de operatividad. k) Promover la investigacion y desarrollo en los aspectos relacionados con las tecnologias aplicables a la construccion, rehabilitacion, mejoramiento, mantenimiento y gestion de la infraestructura de carreteras, puentes y ferrocarriles. l) Normar y dirigir la ejecucion de pruebas de control de calidad de las obras de las redes viales y aprobar las tarifas aplicables a terceros. m) Organizar, establecer y mantener actualizado el Inventario Vial de Carreteras y Puentes, asi como el Registro Nacional de la Actividad Ferroviaria, incluyendo indicadores de operacion que permitan su evaluacion y seguimiento. n) Expedir Resoluciones Directorales que por atribucion y responsabilidad correspondan a la Direccion General.

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Modifican articulos del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
DECRETO SUPREMO Nº 017-2003-MTC
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones considera necesario contar con una Oficina de Equipo Mecanico a fin de que tenga a su cargo la administracion de los equipos mecanicos de su propiedad, garantizando la operatividad y el valor patrimonial de los mismos; Que, resulta necesario modificar el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con el objeto de incorporar dentro de las

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.