Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (08/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 17

PÆg. 242359 NORMAS LEGALES Lima, martes 8 de abril de 2003 Que, para tal efecto, el último párrafo del Artículo 5º de la Ley Nº 27806, establece que la Entidad Pública deberáidentificar al funcionario responsable de la elaboración delos portales de Internet; Que, por lo antes señalado resulta necesario designar al funcionario responsable de la elaboración y actualiza-ción del Portal de Internet del Instituto Nacional de Conce-siones y Catastro Minero - INACC; De conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley Nº 27806 y la atribución esta- blecida en el inciso f) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Conce-siones y Catastro Minero, aprobado por Decreto SupremoNº 002-2003-EM; Con la visación del Director de la Oficina General de Administración y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la Dra. JESSICA GABRIE- LA ANGULO GARCÍA, como responsable de la elabora- ción y actualización del Portal de Internet del Instituto Na- cional de Concesiones y Catastro Minero - INACC; a que serefiere el Artículo 5º de la Ley Nº 27806. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS BARCELLOS M. Jefe Institucional 06725 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican Ordenanza de la Municipali- dad de Miraflores que aprueba dere-cho de emisión mecanizada, determi-nación y distribución del impuesto pre- dial y arbitrios ACUERDO DE CONCEJO Nº 034 Lima, 13 de marzo de 2003 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión de la fecha el Oficio Nº 029-2003-SG- MM de fecha 10 de febrero de 2003 de la Municipalidad Distrital de Miraflores sobre ratificación de la Ordenanza Nº 117 de 28 de febrero de 2003, que aprueba el Derechode Emisión Mecanizada y Distribución de DeclaracionesJuradas de Autoavalúo y Recibos de Pago del ImpuestoPredial, Arbitrios Municipales y otros tributos para el ejerci-cio 2003 en su jurisdicción; De acuerdo con la opinión favorable del Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitida mediante InformeNº 04-82-00000716 y Oficio Nº 01-90-00000463 de laJefatura del SAT; lo opinado por la Comisión de Econo- mía, Planificación y Presupuesto en su Dictamen Nº 016- 2003-MML/CEPP y de acuerdo a lo normado por el Edic-to Nº 020 y Edicto Nº 246, Reglamento Interior del Con-cejo y su modificatoria, y Ordenanza Nº 211, Procedi-miento de Ratificación de Ordenanzas de Carácter Tribu-tario de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima; ACORDÓ: Artículo Único.- Ratificar la Ordenanza de la Munici- palidad Distrital de Miraflores Nº 117, que aprueba el derecho de emisión mecanizada, determinación y distri- bución relativos al Impuesto Predial y Arbitrios, corres-pondientes al ejercicio 2003, que aplica los mismos im-portes cobrados por el referido derecho durante el año2002, que contempló la Ordenanza Nº 101; mantenien- do la excepción de ratificación de los artículos 4º y 5º,por contravenir con lo establecido en la Ley de Tributa-ción Municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 06776 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Establecen fecha de vencimiento de pago del Impuesto Predial y Arbitriospara el período 2003 y prorrogan benefi-cio de regularización tributaria y administrativa ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012-2003-A/MDC Carabayllo, 31 de marzo del 2003 El ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE CARABAYLLO EN SE- SIÓN ORDINARIA DE LA FECHA; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 74º y el Artículo 195º inciso 6) de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley deReforma Constitucional Nº 27680, establecen que las Mu- nicipalidades son competentes para Administrar sus Bie- nes y Rentas; Que, el Artículo 15º del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributación Municipal, señala que el Impuesto Predialpodrá cancelarse al contado hasta el último día hábil delmes de febrero de cada año o en forma fraccionada hastaen cuatro cuotas trimestrales, debiéndose pagar la primeracuota hasta el último día hábil del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre; Que, de acuerdo con el Artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado con el DecretoSupremo Nº 135-99-EF, establece en su último párrafo queel plazo para el pago de la deuda Tributaria podrá serprorrogado, con carácter general por la AdministraciónTributaria; Que, a la fecha los contribuyentes del distrito, vienen solicitando la ampliación de la fecha de pago para sus obligaciones tributarias correspondiente al ejercicio 2003, así como para años anteriores; Que, dada la actual situación económica del país, y las facilidades que viene otorgando esta Administración a losvecinos del distrito; Estando a lo dispuesto por el Artículo 109º y el numeral 3) del Artículo 36º de la Ley Orgánica de Municipalidades yel Artículo 15º del Decreto Legislativo Nº 776, el Pleno delConcejo por unanimidad, aprobó lo siguiente: ORDENANZA PRORROGAR LA FECHA DE VENCIMIENTO DEL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS PARA EL PERÍODO 2003, Y PRORROGAR EL BENEFICIO DE REGULARIZACIÓN TRIBUTARIA ADMINISTRATIVA Artículo Primero.- Establecer como nueva fecha de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios2003, de la siguiente manera: