Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2003 (08/04/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 8 de MORDAZA de 2003

Articulo 30º.- Prohibicion de permitir el abandono de desecho de los canes en la via Publica.- Queda terminantemente prohibido que los canes que circulen en la via publica y parques y jardines de la jurisdiccion realicen sus necesidades fisiologicas, bajo apercibimiento de multa segun lo dispuesto por el Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas con una Multa administrativa. En caso de que el propietario o responsable no pueda evitar que su can realice las necesidades senaladas en el parrafo anterior, queda obligado bajo sancion de multa a recoger de inmediato los desechos y depositarlos en una bolsa. Articulo 31º.- Habilitacion de areas Publicas para necesidades de Canes. La Municipalidad, como una facilidad para los propietarios o responsables de los canes, a traves de la Direccion de Servicios Comunales, habilitara determinados espacios dentro de los parques para que los mismos puedan llevarlos y en dichos lugares los canes puedan realizar sus necesidades. IX. DE LAS SANCIONES Articulo 32º.- De las sanciones. Quienes provoquen danos, incumplan lo senalado en la presente Ordenanza, los deberes de titulares de mascotas, asi como los que practiquen actos de crueldad estaran sujetos a las sanciones administrativas establecidas en el Reglamento de Aplicacion de Sanciones (RAS) o a la prestacion de servicios comunitarios de 3 a 5 dias en labores que subsanen la infraccion cometida, y teniendo asimismo que asistir a charlas civico - educativas. Disposiciones Transitorias y Complementarias Primera.- Implementese en el distrito de San MORDAZA la Perrera Municipal, la cual estara a cargo de la Direccion de Servicios Comunales, cuya funciones seran las senaladas en la presente Ordenanza. Segunda.- Los propietarios o poseedores de canes, a partir de la vigencia de la presente Ordenanza tendran un plazo de 180 dias para realizar los tramites de Registro a que se refiere la presente Ordenanza, de manera gratuita. Tercera.- Los infracciones y montos de las multas producto de la ejecucion de la presente Ordenanza se incorporaran en el RAS, de acuerdo a la propuesta tecnica de la Direccion de Servicios Sociales. Cuarta.- Incorporese en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA el procedimiento de registro de canes de acuerdo a las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza, asi como la tasa por el tramite MORDAZA mencionado dentro del cuadro de Derechos y precios Publicos, cuyos requisitos y demas son parte integrante de la presente Ordenanza en cuadro anexo. Quinta.- Lo dispuesto por el Articulo 29º de la presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Sexta.- La acreditacion psicologica del propietario o tenedor, mediante Certificado otorgado por Psicologo Colegiado, se efectuara a partir de los 60 dias calendario posteriores a la publicacion de la presente norma. Disposiciones Finales Primera.- Las disposiciones que reglamentaran la presente MORDAZA se dictaran via Decreto de Alcaldia. Segunda.- Deroguese la Ordenanza Nº 15-99-MDSM y sus modificatorias, asi como cualquier disposicion municipal que se oponga a la presente Ordenanza Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia 180 dias calendario despues de la publicacion de la presente MORDAZA, con excepcion de lo senalado en las Disposiciones Transitorias y Complementarias MORDAZA y sexta. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 06772

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 017-2003-MDSA Mediante Oficio Nº 067-2003-SG/MDSA, la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 017-2003-MDSA, publicada en la edicion del 6 de MORDAZA de 2003, en la pagina 242297. DICE: "Articulo Segundo.- (...) Servicios de Recoleccion, Transportes y Disposicion Final de Residuos Solidos S/. 378,000.00." DEBE DECIR: "Articulo Segundo.- (...) Servicios de Recoleccion, Transportes y Disposicion Final de Residuos Solidos S/. 460,000.00." 06827

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Aprueban prorroga de declaratoria de urgencia de adquisicion de combustible para flota vehicular de la municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 016-2003-MDB
Bellavista, 29 de marzo de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Memorandum Nº 092-03-MDB de la Direccion de Servicios Comunales y sus anexos; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 006-2003-MDB del 24 de enero del 2003 se declaro en estado de urgencia la adquisicion de combustible para la flota vehicular de la Municipalidad Distrital de Bellavista; Que, mediante Memorandum Nº 092-03-MDB, la Direccion de Servicios Comunales da cuenta que efectuada la primera convocatoria a la Licitacion Publica Nacional Nº 001-2003-MDB/CE, el Comite Especial tuvo que declararla desierta, debido a que al termino del periodo de venta de bases solo fue adquirida una; Que, ante esta circunstancia resulta necesario realizar una MORDAZA convocatoria de la mencionada Licitacion Publica, MORDAZA que esta sujeto a una serie de formalidades y plazos durante los cuales se debe seguir garantizando el abastecimiento de combustible para las unidades de recoleccion de residuos solidos, parques y jardines y seguridad ciudadana, con la finalidad de no perjudicar el normal desarrollo de las labores de servicio a la comunidad;

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