Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2003 (09/04/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, miercoles 9 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 242417

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PASCO
Aprueban convocatoria para concurso publico de seleccion de directores regionales sectoriales
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 120-2003 - G.R. PASCO/PRES Cerro de Pasco, 3 de marzo de 2003 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 012-CND-P2003, se aprobo la Directiva Nº 001-CND-P-2003, "Lineamientos Generales para el Concurso Publico de Seleccion de los Directores Regionales Sectoriales", modificado mediante Resolucion Presidencial Nº 025-CND-P-2003, los numerales 5.3.1 y 5.3.2 de dicha Directiva, establece que los Presidentes de los Gobiernos Regionales y los Titulares de los Sectores del Gobierno Nacional, en el MORDAZA de las coordinaciones intergubernamentales que realicen con arreglo al MORDAZA parrafo de la Duodecima Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, modificada por el Art. 8º de la Ley Nº 27902, realizaran la convocatoria mediante Resolucion Ejecutiva Regional; Que, con el proposito de garantizar el normal desarrollo del Gobierno Regional Pasco, es conveniente convocar a Concurso Publico de Seleccion de Directores Regionales Sectoriales, segun los Lineamientos Generales para el Concurso Publico de Seleccion de Directores Regionales Sectoriales establecido en la Directiva Nº 001-CND-P-2003, aprobado con Resolucion Presidencial Nº 012-CND-P-2003 y su modificatoria con Resolucion Presidencial Nº 025-CND-P-2003; En uso de las atribuciones conferidas mediante Ley Nº 27867 y demas normas vigentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR LA CONVOCATORIA PARA EL CONCURSO PUBLICO DE SELECCION DE LOS DIRECTORES REGIONALES SECTORIALES, en aplicacion al numeral 5.3.1, de la Directiva Nº 001-CND-P-2003, aprobado mediante Resolucion Presidencial Nº 012-CNDP-2003 y modificado con Resolucion Presidencial Nº 025CND-P-2003. Articulo Segundo.- Transcribase la presente Resolucion al Consejo Nacional de Descentralizacion y a los Organos competentes del Gobierno Regional Pasco. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente 06822

EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO: VISTO, el Informe Nº 40-03-OP-MDB sobre modificacion del MORDAZA en la Sesion de Concejo de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru reconoce la autonomia politica, economica y administrativa de las municipalidades en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 086-MDB, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA 2002, en el cual se establecen los Procedimientos que se requieren en la Municipalidad de Barranco, y los requisitos que se exigen para cada uno, asi como el respectivo Cuadro Tarifario 2002; Que, mediante Ordenanza Nº 095-MDB, de fecha 5 de junio del 2002, se aprobo el Reglamento General para la Obtencion de la Licencia de Apertura y Funcionamiento de Establecimientos en el distrito de Barranco; Que, la Municipalidad Distrital de Barranco tiene como proposito lograr el desarrollo economico y el crecimiento comercial del distrito, por lo que resulta necesario modificar el horario de funcionamiento de los establecimientos dedicados al esparcimiento, diversion y otros afines siempre y cuando cumpla con los requisitos determinados en el TUPA; Estando a lo informado y ejerciendo las facultades conferidas por la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades y con el MORDAZA unanime de sus miembros, el Concejo Distrital de Barranco ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA: Articulo Primero.- Modificar el Procedimiento del item 2. de la denominacion LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO de las AUTORIZACIONES MUNICIPALES DE APERTURA Y FUNCIONAMIENTO del Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA vigente, en lo siguiente: REQUISITOS 2. PARA ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS Y DEDICADOS A EXPENDER BEBIDAS ALCOHOLICAS (SALONES DE BAILE, SALSODROMOS, DISCOTECAS, BARES, PUBS, CAFE TEATROS, PENAS, CABARETS, CENTROS NOCTURNOS, BOITES, SIMILARES) Y QUE FUNCIONEN HASTA DESPUES DE LAS 23 HORAS Y HASTA LAS 03 HORAS DE LA MANANA SIGUIENTE. a. Lo indicado en el punto 1a y 1b. b. Acondicionamiento acustico. c. Acreditar numero de estacionamientos reglamentarios. d. Certificado positivo de Defensa Civil. e. Plano de distancia lineal segun corresponda. Articulo Segundo.- Incluir el Procedimiento como item 3 de la denominacion LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO de las AUTORIZACIONES MUNICIPALES DE APERTURA Y FUNCIONAMIENTO del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, lo siguiente: REQUISITOS 3. PARA ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS Y DEDICADOS A EXPENDER BEBIDAS ALCOHOLICAS (SALONES DE BAILE, SALSODROMOS, DISCOTECAS, BARES, PUBS, CAFE TEATROS, PENAS, CABARETS, CENTROS NOCTURNOS, BOITES, SIMILARES) Y QUE FUNCIONEN HASTA LAS 04 HORAS DE LA MANANA SIGUIENTE. a. Lo indicado en el punto 1a y 1b. b. Acondicionamiento acustico. c. Acreditar numero de estacionamientos reglamentarios. d. Certificado positivo de Defensa Civil. e. Plano de distancia legal segun corresponda.

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Modifican el MORDAZA de la municipalidad en lo referente a autorizaciones de apertura y funcionamiento de establecimientos dedicados a expender bebidas alcoholicas
ORDENANZA Nº 143-MDB Barranco, 4 de MORDAZA del 2003

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.