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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (27/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 18

PÆg. 243316 NORMAS LEGALES Lima, domingo 27 de abril de 2003 Estando a lo expuesto y, a lo dispuesto en el artículo 11º inciso h) del Reglamento de Organización y Funcionesde RENIEC aprobado por Resolución Jefatural Nº 869-2002-JEF/RENIEC del 27 de diciembre del 2002; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Exonerar del proceso de adjudicación de menor cuantía la contratación para prorrogar el plazodel Contrato de Arrendamiento Nº 2113-2001-05-00-01para el funcionamiento del Núcleo Registral de Camaná,departamento de Arequipa. Artículo Segundo.- Autorizar, la prórroga del con- trato de arrendamiento, citado en el artículo precedente,por el período de un año contado a partir del primerode junio de dos mil tres, por un monto total de S/.5,940.00 (Cinco mil novecientos cuarenta y 00/100 nue-vos soles). Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Adminis- tración, poner la presente resolución en conocimiento de laContraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 08019 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 160-2003-JEF/RENIEC Lima, 24 de abril de 2003 VISTO: El Informe Nº 441-2003/GAJ/RENIEC, de fecha 11 de abril del 2003, y lo demás que contiene; CONSIDERANDO: Que, a través de Informe Nº 320-2003/GAD-DLG, de fecha 2 de abril del presente año, la División de Logísticade la Gerencia de Administración hace saber la necesidadde la prórroga del contrato de arrendamiento Nº 2109-2001-05-00-01, del local de la Agencia del distrito de Cho-ta, provincia de Chota, departamento de Cajamarca, de laJefatura Regional de Piura, por el período de un año,contado a partir del 1 de junio del 2003 y a un monto totalde Cuatro Mil seiscientos ochenta y 00/100 Nuevos Soles,S/. 4,680.00; Que mediante carta s/n de fecha 20 de marzo del 2003, la sociedad conyugal propietarios del inmueble, compuestapor don Manuel Mario Lozada Valladolid y doña Anna Mer-cedes Domínguez Raffo de Lozada, manifiestan su volun-tad de renovar el contrato de arrendamiento en los térmi-nos y condiciones vigentes; Que, a través de Memo Nº 380-2003-RENIEC/GPP, de fecha 7 de abril del presente Año, la Gerencia dePlanificación y Presupuesto, informa que existe disponi-bilidad presupuestal para la prórroga del contrato dearrendamiento del local para la Agencia del distrito deChota, provincia de Chota, departamento de Cajamar-ca, de la Jefatura Regional de Piura, por el período deun año, contado a partir del 1 de junio del 2003 y a unmonto total de Cuatro Mil seiscientos ochenta y 00/100Nuevos Soles, S/. 4,680.00; Que, de acuerdo con el Artículo 12º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, la dependencia encargada de lasAdquisiciones y contrataciones de la entidad deberádefinir con precisión la cantidad y características de losbienes, servicios y obras que se van adquirir o contra-tar, para tal efecto antes de iniciar los procesos deselección que correspondan, coordinara con las depen-dencias de las cuales provienen los requerimientos yefectuara los estudios de las posibilidades que ofreceel mercado, de modo que se cuente con la informaciónsuficiente para la descripción y especificaciones de losbienes, servicios u obras; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado,, en su artículo 19º inci-so g) prescribe lo siguiente "...se exonera del proceso deselección....para prorrogar el plazo de contratos de arren-damiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siemprey cuando la renta no se incremente en una tasa mayor alcrecimiento del índice general de precios al por mayor"; y elartículo 20º del mismo cuerpo legal agrega que en el casoreferido, la adquisición o contratación se realizará median- te el proceso de menor cuantía; Que, de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Regla-mento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM;y, En uso de las facultades conferidas en el artículo 11º de la Ley Orgánica del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, y el artículo 11º inciso g)del Reglamento de Organización y Funciones de la Ins-titución; SE RESUELVE:Artículo Primero.- EXONERAR del proceso de selec- ción para la prórroga del contrato de arrendamiento Nº2109-2001-05-00-01, del local de la Agencia del distrito deChota, provincia de Chota, departamento de Cajamarca,de la Jefatura Regional de Piura. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Gerencia de Ad- ministración la prórroga del contrato de arrendamiento Nº2109-2001-05-00-01, del local de la Agencia del distrito deChota, provincia de Chota, departamento de Cajamarca,de la Jefatura Regional de Piura, por el período de un año,contado a partir del 1 de junio del 2003 y a un monto totalde Cuatro Mil seiscientos ochenta y 00/100 Nuevos Soles,S/. 4,680.00, con cargo a la fuente de recursos directa-mente recaudados. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Admi- nistración el cumplimiento de la presente resolución asícomo comunicar su contenido y sustento a la Contralo-ría General de la República; asimismo publicar la pre-sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano en elplazo legal, y en la página web de la entidad en coordi-nación con la Gerencia de Tecnología de la Información. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 08020 Autorizan adquisición de huelleros para la identificación de ciudadanos mediante proceso de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 161-2003-JEF/RENIEC Lima, 24 de abril de 2003 VISTO:Los Informes Nºs. 104-2003-GAD/RENIEC y 131-2003- GAD-RENIEC de fechas 25 de marzo y 23 de abril de 2003respectivamente, emitido por la Gerencia de Administra-ción, el informe técnico Nº 085-2003/GO de la Gerencia deOperaciones, e Informe Nº 372-2003-GAJ/RENIEC de laGerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 085-2003/GO emitido por la Gerencia de Operaciones de fecha 20 de marzo de 2003,se informa la ausencia de huelleros o tampones en dichaGerencia así como la necesidad de contar con aproxima-damente 600 de dichos suministros, debido al incrementode trámites de obtención del DNI, como consecuencia delcanje de la libreta electoral por el DNI, así como la renova-ción del DNI, situación que ha incrementado de 5,000 a9,000 trámites diarios; Que, mediante Informe Nº 104-2003/GAD de fecha 25 de marzo del 2003, la Gerencia de Administracióninforma que efectivamente la ausencia de los huelleroscompromete en forma directa e inminente la continui-dad de un servicio imprescindible y propio de RENIEC,resultando viable declarar la urgencia de la adquisiciónde huelleros; Que, asimismo mediante Informe Nº 131-2003-GAD/ RENIEC de fecha 23 de abril de 2003, la Gerencia deAdministración comunica que el valor referencial determi-nado por la División de Logística asciende a US$ 19,800.00