Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2003 (27/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, MORDAZA 27 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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(diecinueve mil ochocientos y 00/100 dolares americanos), los mismos que cuentan con disponibilidad presupuestaria por la fuente de financiamiento de Recursos directamente recaudados; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica, mediante informe 372-2003-GAJ/RENIEC, de fecha 26 de marzo de 2003, ha concluido que al haberse configurado los presupuestos de la situacion de urgencia, resulta procedente declararla a fin de exonerar temporalmente del MORDAZA respectivo, por el plazo de 2 meses hasta mientras se concluya con el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, el articulo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que se considera situacion de urgencia a la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio que compromete en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo; Que, asimismo el articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones; Que, del analisis del presente caso, se advierte claramente que la ausencia de los huelleros comprometen en forma directa e inminente la continuidad de un servicio imprescindible y propio de RENIEC, cual es la identificacion de los ciudadanos peruanos a traves de la toma de huellas digitales fidedignas y seguras, toda vez que su ausencia imposibilitaria identificar a las personas que deseen canjear su documento de identidad; Que, asimismo, se debe precisar que la mayor demanda de tramites que conlleva a la necesidad de contar en forma urgente e indispensable con los huelleros constituye un hecho imprevisible y extraordinario en razon de que recien mediante Resolucion Jefatural Nº 058-2003-JEF/RENIC de fecha 21 de febrero ultimo, se determino la caducidad de las libretas electorales manuales dando un plazo de vigencia hasta el dia 31 de MORDAZA del ano en curso, estableciendose para el canje respectivo cronogramas en funcion a los apellidos de las personas que necesiten efectuar dicho tramite, razon por la que la demora en la adquisicion de huelleros perjudicaria el MORDAZA de identificacion de los ciudadanos peruanos en forma oportuna; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y con el visto MORDAZA de las Gerencias de Administracion y de Asesoria Juridica y los informes tecnico y legal de la Gerencia de Operaciones y de Asesoria Juridica respectivamente; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en situacion de urgencia por el plazo de 2 meses la adquisicion de huelleros para la identificacion de los ciudadanos a traves de la toma de sus huellas digitales respectivas. Articulo Segundo.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de adjudicacion directa para la adquisicion de 600 huelleros por un valor referencial de US$ 19,800.00 (diecinueve mil ochocientos y 00/100 dolares americanos), con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados, disponiendo que la contratacion se efectue mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolucion a la Division de Logistica de la Gerencia de Administracion en cuanto les corresponda, debiendo comunicar su contenido y sustento a la Contraloria General de la Republica; asimismo publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial el Peruano en el plazo legal, y en la pagina web de la entidad en coordinacion con la Gerencia de Tecnologia de la Informacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 08021

SBS
Autorizan viaje de funcionarios de la SBS a Brasil para participar en el VIII Congreso Iberolatinoamericano de Derecho de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 510-2003
MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2003 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, la Asociacion Internacional de Derecho de Seguros - Seccion Brasil, ha organizado el VIII Congreso Iberolatinoamericano de Derecho de Seguros, el mismo que se llevara a cabo del 30 de MORDAZA al 2 de MORDAZA de 2003 en la MORDAZA de Rio de Janeiro, Brasil; Que, en el citado congreso se desarrollaran temas de importancia vinculados a las actividades realizadas por este organismo de regulacion, supervision y control, orientados a fortalecer el conocimiento tecnico de nuestros profesionales sobre aspectos relacionados con el fraude en los seguros, la problematica juridica de los seguros de accidente laboral, las nuevas formas de expansion de los seguros de MORDAZA, la mediacion y arbitraje en el seguro y en el reaseguro, entre otros; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-03, ha dictado una serie de Medidas de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2003, estableciendose en el Numeral 6.1. que no se encuentran comprendidas en las restricciones de la citada Directiva, las actividades de capacitacion aprobadas para el ejercicio 2003; Que, por ser de interes para la Institucion, se ha considerado conveniente designar en esta oportunidad, al senor MORDAZA MORDAZA Bouroncle MORDAZA, Asesor de la Plataforma de Atencion al Usuario de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica y la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Analista del Departamento de Analisis y Supervision de la Conducta en el MORDAZA de Seguros de la Superintendencia Adjunta de Seguros, para que participen en el referido evento; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios, solo por el tiempo necesario para el cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos con cargo al Convenio de Prestamo de Cooperacion BID 1196/OC-PE conforme a lo solicitado mediante Oficio SBS Nº 6987-2003 y comunicacion de no objecion del Banco Interamericano de Desarrollo, remitida por la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales - MEF, debiendo asumir esta Superintendencia los gastos por concepto de impuestos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2003; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2003, Nº SBS-DIR-ADM-085-03; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Bouroncle MORDAZA, Asesor de la Plataforma de Atencion al Usuario de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica y la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Analista del Departamento de Analisis y Supervision de la Conducta en el MORDAZA de Seguros de la Superintendencia Adjunta de Seguros, a la MORDAZA de Rio de Janeiro, Brasil, del 28 de MORDAZA al 3 de MORDAZA de 2003, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar ante el Superintendente de Banca y Seguros un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

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