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PÆg. 243325 NORMAS LEGALES Lima, domingo 27 de abril de 2003 SE DECRETA: Artículo Primero.- Autorizar la celebración del "I Ma- trimonio Civil Comunitario LURÍN - 2003" a llevarse acabo el día 17 de mayo, los contribuyentes deberáninscribirse desde el 24 de abril hasta el 12 de mayo del2003. Artículo Segundo.- Considérese como requisitos para los contrayentes que se acojan a este beneficio, lo que acontinuación se detalla: REQUISITOS:Pliego Matrimonial (S/. 10.00 nuevos soles). Partida original de ambos.Certificado domiciliario y certificado de salud de ambos.Constancia de consejería preventiva - E.T.S. SIDA.Dispensa Judicial de menores de edad otorgado por el juzgado competente. Documento de identidad (copia de ambos). Artículo Tercero.- Disponer la exoneración de los pla- zos legales para la referida celebración, Certificado de sol-tería de cada uno, pago por derecho de Matrimonio y ladispensa de la publicidad del Edicto Matrimonial por cuen-ta de la Municipalidad. Artículo Cuarto.- Fijar como pago único por concepto de Matrimonio Civil Comunitario la suma de S/. 10.00 nue-vos soles. Artículo Quinto.- Establecer como término para la pre- sentación de los expedientes el día 12 de mayo de 2003del presente año. Artículo Sexto.- Encargar a la Unidad de Registro Civil el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ LUIS AYLLÓN MINI Alcalde 08059 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Aprueban Reglamento de Juntas Veci- nales Zonales EDICTO Nº 03 Miraflores, 15 de abril del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Distrital de Miraflores, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, es política de la actual gestión municipal promo- ver la participación vecinal amplia y representativa dentrode nuestra jurisdicción; Que, siguiendo esta política, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0145 de fecha 19 de marzo del 2003, se apro-bó el Reglamento de Elecciones, el Comité Electoral y asi-mismo la Convocatoria a Elecciones de Juntas Vecinalesdel distrito de Miraflores; Que, de manera expresa la Ley Orgánica de Munici- palidades, Ley Nº 23853, en sus artículos 79º y 80º prevéla participación vecinal mediante junta de vecinos, los mis-mos que se encargarán de supervisar la prestación de losservicios públicos locales, el cumplimiento de las normasmunicipales y la ejecución de obras comunales; Que, de acuerdo a lo establecido en el último párrafo del artículo 80º de la norma acotada, es facultad del Con-cejo señalar las atribuciones de las juntas vecinales; En uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, el Concejo por Mayo-ría, y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, haemitido el siguiente:EDICTO Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de las Jun- tas Vecinales Zonales del distrito de Miraflores, el cual for-ma parte del presente Edicto. Artículo Segundo.- Encargar a la Unidad de Partici- pación Vecinal la difusión del Reglamento, a todas las Jun-tas Vecinales Zonales electas. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde REGLAMENTO DE LAS JUNTAS VECINALES ZONALES Artículo 1º.- Se constituyen las Juntas Vecinales Zona- les del distrito de Miraflores, de acuerdo a los artículos 79ºy 80º de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalida-des. Artículo 2º.- Las Juntas Vecinales Zonales se rigen por los Estatutos y Reglamentos de PARTICIPACIÓN VECI-NAL - LA CASA DEL VECINO y por sus disposiciones (Acuer-do de Concejo Nº 79-A, 1984). Artículo 3º.- Son objetivos de las Juntas Vecinales Zo- nales, constituirse como instrumentos de integración co-munal, con la finalidad de canalizar las acciones en apoyoy colaboración al Gobierno Municipal, dentro del ámbitogeográfico de sus respectivas competencias. Artículo 4º.- Las Juntas Directivas de cada una de las Juntas Vecinales Zonales, están constituidas por un míni-mo de cinco miembros: un Presidente, un Vicepresidente,un Secretario y dos Vocales; los mismos que son elegidosdemocráticamente por lista completa por el período de unaño, pudiendo designar vocales conforme a los requeri-mientos del sector. Artículo 5º.- Las Juntas Directivas tendrán las atribu- ciones y obligaciones que se mencionan en los siguientesartículos y que se resumen en los vocablos: Seguridad,Supervisión, Educación, Colaboración y Propuestas. Artículo 6º.- Son atribuciones y obligaciones en cuanto a Seguridad: a) Difundir, en concordancia con la Municipalidad, las medidas de seguridad y organizar sistemas de alarma co-mún en la zona, de acuerdo a las características de cadazona. b) Propiciar vínculos de acercamiento de la Junta Di- rectiva con las instituciones del sector, como la DelegaciónPolicial, para solicitar orientación y asesoría sobre seguri-dad, etc. Artículo 7º.- Son atribuciones y obligaciones en cuanto a Supervisión: a) Acoger y centralizar, a través de la Unidad de Parti- cipación Vecinal, la acción supervisora de los vecinos de lazona respecto de la prestación de los servicios públicoslocales, el cumplimiento de las normas municipales y laejecución de obras públicas y privadas que se efectúen ensu zona, según lo establece el artículo 80º de la Ley Orgá-nica de Municipalidades. b) Centralizar y canalizar ante la Unidad de Participación Vecinal - Casa del Vecino, las sugerencias y quejas formu-ladas por los vecinos de la zona. c) Difundir entre el vecindario los alcances de supervi- sión que le confiere la Ley de Municipalidades y orientarlospara lograr su participación real y efectiva en este aspecto. Artículo 8º.- Son atribuciones y obligaciones en cuanto a Educación: a) Preparar al vecindario para su participación activa y plena en las diversas acciones que deberá cumplir la JuntaVecinal Zonal en su jurisdicción. b) Promover y contribuir a la difusión y desarrollo en la zona de actitudes y acciones referidas al respeto mutuo,sociabilidad, urbanidad, buenas costumbres y civismo paralos vecinos. c) Coordinar, proponer y colaborar con los programas auspiciados por la Municipalidad, promoviendo la participa-ción activa de los vecinos de la zona. d) Fomentar el deporte dentro de su zona como un medio de propender a la integración comunal y a la difu-sión de las Juntas Vecinales Zonales.