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PÆg. 249251 NORMAS LEGALES Lima, lunes 4 de agosto de 2003 Cultura cualquier intervención a realizarse en el monu- mento a que se refiere el Artículo 1º de la presenteresolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 14439 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 522/INC Lima, 24 de julio de 2003Visto el Acuerdo Nº 06/18.02.2003 de la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectó- nicos y demás documentación sustentatoria; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 21º de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patri- monio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", faculta alInstituto Nacional de Cultura a proteger y declarar el Pa-trimonio Cultural arqueológico, histórico y artístico, así como también las manifestaciones culturales orales y tra- dicionales del país; Que, el Instituto Nacional de Cultura, en cumplimiento de la función que le asigna la ley, viene realizando unapermanente identificación y registro de inmuebles, espa-cios y áreas urbanas que por su valor histórico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Na- ción; Que, la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectónicos mediante Acuerdo Nº 06/18.02.2003 propuso se declare monumento al inmuebledonde vivió don Simón Rodríguez Carreño, ubicado en Calle Grau Nº 202, distrito de Amotape, provincia de Pai- ta, departamento de Piura; Estando a lo visado por la Dirección de Gestión, la Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico,la Dirección de Conservación y Restauración de Monu-mentos y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de laNación"; Ley Nº 27580 "Ley que dispone medidas deprotección que debe aplicar el Instituto Nacional deCultura para la Ejecución de Obras en Bienes Cultura-les Inmuebles", Decretos Supremos 039-70-VI y Nº 63- 70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED queaprueba el Reglamento de Organización y Funcionesdel Instituto Nacional de Cultura, Resolución Directo-ral Nacional Nº 350/INC que dispone las funciones dela Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio His- tórico, Decreto Supremo Nº 022-2002-ED, que aprue- ba el Texto Único de Procedimientos Administrativosdel Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN al inmue-ble donde vivió don Simón Rodríguez Carreño, ubicadoen Calle Grau Nº 202, distrito de Amotape, provincia dePaita, departamento de Piura. Artículo 2º.- Es obligación del propietario someter a la aprobación y supervisión del Instituto Nacional de Cul- tura cualquier intervención a realizarse en el monumentoa que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 14440PROMPEX Designan funcionarios responsables de brindar información al pœblico y de ac- tualizar el portal de internet, conforme a lo dispuesto en la Ley de Transparen-cia y Acceso a la Información Pœblica RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 022-2003-PROMPEX/DE San Isidro, 25 de julio de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, esta- blece en su artículo 1º que la misma tiene por finalidadpromover la transparencia de los actos del Estado y re- gular el derecho fundamental del acceso a la información consagrada en el numeral 5 artículo 2º de la ConstituciónPolítica del Perú; Que, de acuerdo a los artículos 3º y 8º de la preci- tada ley establece que el Estado adoptará medidasbásicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública así como tiene la obligación de entregar la in-formación que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad. Asimismo, establece que la entidad pública deberá designar al funcionario respon-sable de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad an- tes mencionado, bajo responsabilidad de su máximorepresentante; Que, asimismo, de acuerdo al literal a) del artículo 11º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, todasolicitud de información deberá ser dirigida al funciona- rio designado por la entidad de la Administración Pública para realizar esta labor; por lo que, resulta necesario efec-tuar dicha designación; Que, asimismo, el artículo 5º del Texto Único Orde- nado de la Ley Nº 27806 ha dispuesto que las entidadesde la Administración Pública establecerán progresiva- mente, de acuerdo a su presupuesto, la difusión a través del Internet de información relativa a los datos generalesde la entidad, que incluyan principalmente las disposicio- nes y comunicados emitidos, su organización, organigra- ma y procedimientos; las adquisiciones de bienes y ser-vicios que realicen, que incluirá el detalle de los montos comprometidos, los proveedores, la cantidad y calidad de bienes y servicios adquiridos; y, la información adicio-nal que la entidad considere pertinente; señalándose en su último párrafo que corresponde a la entidad pública identificar al funcionario responsable de la elaboraciónde los portales del Internet; De conformidad con las atribuciones contenidas en los artículos 8º y 15º del Reglamento de Organización yFunciones de la Comisión para la Promoción de Exporta- ciones - PROMPEX, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR, de conformidad con el TextoÚnico Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparen- cia y Acceso a la Información Pública; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al Gerente de la Oficina Central de Administración y Finanzas, como el funcionario respon-sable de brindar información requeridas por los ciudada- nos, en aplicación de lo establecido en los artículos 3º y 8º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Trans-parencia y Acceso a la Información Pública. Artículo 2º.- Designar al Gerente de la Gerencia de Servicios de Información y Comercio Electrónico, comoel funcionario responsable de la elaboración y actualiza- ción de la información institucional que se difunda a tra- vés del portal del Internet de la Comisión para la Promo-ción de Exportaciones - PROMPEX, en virtud a lo esta- blecido en el artículo 5º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806.